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Titulo De Valor


Enviado por   •  8 de Abril de 2013  •  1.688 Palabras (7 Páginas)  •  287 Visitas

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ERECHO COMERCIAL: ¿DERECHO EXCEPCIONAL O DERECHO ESPECIAL?

Carlos Andrés Arcila-Salazar

RESUMEN

Para quienes sostienen que el derecho comercial es un derecho excepcional, ante una laguna de la ley comercial, hay que acudir a las normas del derecho civil, puesto que lo excepcional debe aplicarse estrictamente. Para quienes entienden que el derecho comercial es un derecho especial, la laguna legal se debe integrar con el agotamiento en primer término del sistema de fuentes formales que integran el derecho comercial, por lo cual se acudirá al derecho civil como última ratio, pues este no puede ser considerado como fuente del derecho comercial en la medida en que no lo crea, sino que es un ordenamiento común a todas las relaciones de carácter privado que carecen de reglamentación.

Palabras clave: derecho civil, derecho comercial, derecho excepcional, derecho especial.

COMERCIAL LAW: EXCEPCIONAL OR SPECIAL LAW

ABSTRACT

For those who assert that Commercial Law is an exceptional law, because of the gaps within the commercial law, there is a need to refer to the Civil Law to strictly apply its exceptional elements. For those who understand the commercial law as a special law, legal gaps need compose the Commercial Law and the referral to the Civil Law should constitute the ultimate ratio; the former cannot be understood as a source of the latter because Civil Law does not create Commercial Law. Instead, it should be considered as a common body of law to every private relationship lacking of any regulation.

Key words: civil law, commercial law, exceptional law, special law.

INTRODUCCIÓN

De antaño se ha discutido si el derecho comercial es o no es autónomo frente al derecho civil, toda vez que ambos derechos hacen parte del derecho privado, máxime que en nuestro país existen regímenes legislativos separados, pues contamos tanto con un Código de Comercio como con un Código Civil.

La importancia de este tema puede concretarse en la aplicación, por parte de la administración de justicia, del derecho comercial o del derecho civil a la solución es un derecho especial, no es una rama jerárquicamente inferior al derecho civil y la solución a sus lagunas se adelantará a través de su sistema de fuentes formales. Por el contrario, si se le considera como un derecho excepcional, ante un vacío en la normativa comercial, deberá acudirse inexorablemente al derecho civil a través del principio de integración normativa.

apretada síntesis de lo expuesto sobre el tema, pues además de ser presuntuoso, sería imposible de hacer. Por el contrario, expondremos la opinión que nos merece este tema, que respaldaremos en un análisis de nuestro ordenamiento jurídico mercantil vigente, que haremos de forma inductiva, así: en primer término ubicaremos el derecho comercial o mercantil dentro del marco general del derecho positivo, para lo cual recurriremos a la socorrida división de este en derecho público y derecho y haremos una breve mención con respecto a su núcleo esencial, su contenido y sus con la exposición. Hecho lo anterior, en tercer término expondremos las posiciones concepciones doctrinarias, expondremos nuestra posición, la cual argumentaremos que nos permitan terminar los comentarios hechos.

señalar que el valor de los comentarios contenidos en este documento estará en la crítica y el debate que generen, pues ese será su verdadero aporte.

1. DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO

Dentro de la teoría general del derecho existe multiplicidad de divisiones, pero para efectos de este escrito recurriremos a la bipartición tradicional del mismo entre derecho público y derecho privado, advirtiendo desde ya, que basta para lo pretendido referir una noción básica (ii) a las relaciones de sus órganos y organismos y, (iii) en principio, a las normas que regulan (i) las relaciones entre particulares y, por excepción, particula. De la anterior división del derecho, nos interesa el derecho privado como género regulador de las relaciones jurídicas entre particulares. Siendo el derecho privado el género, encontramos el derecho civil y el derecho comercial como sus especies.

Con respecto al derecho civil, la doctrina enseña que es el “conjunto de normas jurídicas que regulan en forma especial las instituciones de la personalidad, de la propiedad y de la familia” 5 . Decimos nosotros que es un conjunto de normas que regulan (i) a la persona en sus manifestaciones primarias, (ii) a la persona como ser social (familia), (iii) su patrimonio (soporte económico) y (iv) la transmisión de ese patrimonio a los miembros de su familia con ocasión de su muerte.

2. DERECHO COMERCIAL

comercial o mercantil. Teniendo en cuenta lo anterior, más que entrar a hacer una breve reseña histórica sobre el derecho comercial, consideramos más relevante referirnos someramente con respecto a los siguientes puntos: (i) concepto histórico y económico del comercio, (ii) contenido del derecho comercial, (iii) características del histórica del derecho comercial en general y, particularmente en Colombia, puede ser consultada, entre otras, en las obras de los maestros José Ignacio Narváez García y Jairo Medina Vergara .

2.1. Concepto histórico y económico de comercio

condición individualista para poder integrarse a un grupo, pues el sentido gregario del ser humano

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