ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tratamiento fiscal de pagos anticipados


Enviado por   •  12 de Mayo de 2016  •  Prácticas o problemas  •  1.074 Palabras (5 Páginas)  •  987 Visitas

Página 1 de 5

Tratamiento fiscal.

Caso:

  • Se compra un automóvil del día 28/junio/2015, por la cantidad de $230,000.00
  • Pagamos un enganche por $30,000.00 en efectivo.
  • Cada mes se pagan $10,000.00 más 8% de intereses sobre saldo insoluto

*tratamiento contable y fiscal de inversión,

*tratamiento de IVA e intereses.

CAPÍTULO II

DE LAS DEDUCCIONES

SECCIÓN I DE LAS DEDUCCIONES EN GENERAL

Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:

IV. Las inversiones.

VII. Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno. En el caso de los intereses moratorios, a partir del cuarto mes se deducirán únicamente los efectivamente pagados. Para estos efectos, se considera que los pagos por intereses moratorios que se realicen con posterioridad al tercer mes siguiente a aquél en el que se incurrió en mora cubren, en primer término, los intereses moratorios devengados en los tres meses siguientes a aquél en el que se incurrió en mora, hasta que el monto pagado exceda al monto de los intereses moratorios devengados deducidos correspondientes al último periodo citado

Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

II. Que cuando esta Ley permita la deducción de inversiones se proceda en los términos de la Sección II de este Capítulo.

IV. Estar debidamente registradas en contabilidad y que sean restadas una sola vez.

VII. Que en el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, éstos se hayan invertido en los fines del negocio. Cuando el contribuyente otorgue préstamos a terceros, a sus trabajadores o a sus funcionarios, o a sus socios o accionistas, sólo serán deducibles los intereses que se devenguen de capitales tomados en préstamos hasta por el monto de la tasa más baja de los intereses estipulados en los préstamos a terceros, a sus trabajadores o a sus socios o accionistas, en la porción del préstamo que se hubiera hecho a éstos y expida y entregue comprobante fiscal a quienes haya otorgado el préstamo; los cuales podrán utilizarse como constancia de recibo si en alguna de estas operaciones no se estipularan intereses, no procederá la deducción respecto al monto proporcional de los préstamos hechos a las personas citadas.

Estas últimas limitaciones no rigen para instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas u organizaciones auxiliares del crédito, en la realización de las operaciones propias de su objeto.

En el caso de capitales tomados en préstamo para la adquisición de inversiones o para la realización de gastos o cuando las inversiones o los gastos se efectúen a crédito, y para los efectos de esta Ley dichas inversiones o gastos no sean deducibles o lo sean parcialmente, los intereses que se deriven de los capitales tomados en préstamo o de las operaciones a crédito, sólo serán deducibles en la misma proporción en la que las inversiones o gastos lo sean. 

Tratándose de los intereses derivados de los préstamos a que se refiere la fracción III del artículo 143 de la presente Ley, éstos se deducirán hasta que se paguen en efectivo, en bienes o en servicios.

Como ya sabemos las inversiones en activos fijos pueden deducirse mes con mes bajo los porcientos máximos establecidos por la ley del ISR en el artículo 34, así como también entendemos el fundamento de la deducción de inversiones en este caso es un automóvil lo cual es deducible solo por $130,000.00 como lo establece la citada ley en el artículo 36.

En materia contable el tratamiento que debe hacerse de acuerdo a lo estudiado anteriormente como un activo fijo cualquiera, registrar en cuentas contables la adquisición del automóvil sin importar la forma de pago. Por lo que en balanza de comprobación se verá la deducción aplicada calculada sobre   $230,000 puesto que este valor es el monto original de la inversión (MOI).

Suponiendo que el auto es otorgado por la agencia, por esta razón el IVA causado por la operación aun no es acreditable, solo lo es conforme se vayan realizando los pagos.

Asiento contable de la compra.

Concepto

Parcial

Debe

Haber

Activo fijo

$198,275.86

  Automóvil

$198,275.86

IVA acreditable

2,338.75

No deducibles

1,799.17

  IVA no acreditable

1,799.17

IVA por acreditar

27,586.22

          Acreedores diversos

$200,000.00

           Caja

30,000.00

Por la compra de un automóvil con un enganche de $30,000.00

Sumas iguales.

$230,000.00

$230,000.00

         

 

Como ya lo sabemos el porcentaje de máximo para deducir en el ejercicio completo para el automóvil es de 25%.

Artículo 104. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección determinarán la deducción por inversiones aplicando lo dispuesto en la Sección II del Capítulo II del Título II de esta Ley.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7.2 Kb)   pdf (86.6 Kb)   docx (13.6 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com