ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Títulos Valores


Enviado por   •  21 de Febrero de 2015  •  3.404 Palabras (14 Páginas)  •  188 Visitas

Página 1 de 14

TITULOS VALORES:

Son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora.

Es un documento que presta mérito ejecutivo. Es un bien mercantil.

Clases:

1.- De contenido crediticio

a. Letra de cambio

b. Cheque

c. Pagaré

2.- Corporativos o de participación

Acción

Bonos

3.- Representativos de mercaderías:

Carta de porte

Reconocimiento de embarque

Atributos de los Títulos Valores:

1. Incorporación

2. Literalidad

3. Autonomía

4. Principio de circulación

5. Legitimación

6. Tipicidad cambiaria

1. Incorporación: El titulo valor incorpora un derecho que puede ser de contenido crediticio; de participación o representativo de mercaderías.

a. La incorporación tiene como consecuencia que el derecho se confunde con el título. Esto quiere decir que yo solo puedo ejercer ese derecho a través del titulo.

b. La incorporación como tal no es un atributo del titulo valor, ya que si no hay un derecho incorporado, no hay titulo valor.

Una de las consecuencias de la incorporación es la necesariedad; la cual implica que es necesario el titulo valor para el ejercicio del derecho.

Ejemplo: si a alguien se le pierde un titulo valor a la orden puede pedir su cancelación a quien lo expidió. Pero si es al portador quien lo tenga puede ejercer el derecho en el incorporado.

2. Literalidad: El suscriptor de un título valor queda obligado conforme al tenor literal del mismo, esto quiere decir que no se puede interpretar más allá:

La literalidad determina el contenido del titulo valor. Esto quiere decir que determina la obligación del obligado cambiario.

Los endosatorios del titulo valor son obligados cambiarios

En el titulo valor debe constar:

a. Mención del derecho en el titulo valor incorporado

b. Firma de quien lo crea:

3. Autonomía: Cada persona que adquiere el titulo valor tiene un derecho propio, independiente del que tenga el poseedor del documento.

Consecuencias de la autonomía:

a. La transferencia de un titulo valor no genera derechos derivados sino autónomos.

b. La acción cambiario puede ejercerse respecto del tenedor del título o frente a cualquier endosante.

c. Cualquier legitimario por pasivo puede interponer frente al titulo cualquier excepción real del título mas no excepciones personales relacionadas con la relación que causo el titulo valor.

Que tipo de acciones reales hay?

a. Prescripción

b. Caducidad

c. Pago del título valor

Conclusión: Se crean obligaciones según el número de intervinientes en la circulación del título valor.

d. Legitimación del endoso del titulo: En titulo valor, la legitimación pasiva la tiene el obligado cambiario (avalista, otorgante, aceptante o endosante).

e. Circulación: Si no se cumple con la ley de circulación no hay tenencia legítima del título valor.

4. Ley de Circulación: Hace referencia legitima del título (o sea tener la legitimación por activa).

La ley prevé tres clases de circulación:

a. Titulo valor al portador: Se transfieren con la entrega.

b. Titulo valor a la orden: Se transfieren mediante entrega y endoso. Son espedido a favor de determinada persona en las cuales se agregan las clausura “a la orden”, consistente normalmente en la firma impuesta al reverso del titulo con un hoja adherida a él.

c. Titulo valor nominativo: Se transfiere mediante entrega, endoso e inscripción. Solamente será tenedor legitimo quien simultáneamente en el texto del documento y en registro esté como tal. Su transferencia por endoso dará al adquirente el derecho para obtener su inscripción.

No es suficiente ser tenedor del titulo valor, ya que es necesario cumplir con la ley de circulación.

5. Tipicidad Cambiaria:

Hace referencia o no a la regulación de un titulo valor en la ley, y también a

una serie de requisitos que la ley dispone para la producción de efectos del titulo valor.

La tipicidad cambiaria mira:

1. si un titulo valor esta regulado o no

2. si un titulo valor regulado por la ley cumple los requisitos que para ese titulo valor consagra la ley.

Enfoques de la tipicidad:

a. Solo se consideran titulo valor los que están regulados en la ley. Hoy en día la tipicidad no se restringe al CCO.

ii. Tipicidad según el contenido: la tipicidad cambiaria hace referencia para que un titulo valor produzca efectos como tal, requiere que cumpla con los requisitos señalado por la ley.

h) Indivisibilidad cambiaria:

Si bien un titulo valor puede ser divisible en cuanto al derecho en que en el se encuentra incorporado. El derecho es indivisible en cuanto a su ejercicio y no en cuanto a su pago.

REQUISITOS DEL TITULO VALOR

b. Generales:

1. Intrínsecos:

a.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (22.2 Kb)  
Leer 13 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com