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Validacion Y Eficacia De La Norma


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2013  •  775 Palabras (4 Páginas)  •  421 Visitas

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Validez" "eficacia" y "vigencia" de la norma penal

La norma jurídica penal puede estar válidamente emitida por los representantes del pueblo, pero ello no garantiza que esta tenga vigencia, el garantismo penal le pone énfasis en estos dos términos de "validez" y "vigencia" para evidenciar lo irreal de la concepción penal; Luigi Ferrajoli señalaba que es fundamental diferenciar no sólo entre "validez" y "eficacia" de las normas, sino también entre "validez" y "vigencia" o "mera existencia" de las normas.

El garantismo penal, mediante el principio de estricta legalidad reviste una función garantista consistente en que los delitos estén predeterminados por la ley de manera taxativa, sin reenvío, a fin de que sean determinados por el juez mediante aserciones refutables y no mediante juicios de valor autónomos. Este principio es una regla metalegal de formación del lenguaje penal que a tal fin prescribe al legislador el uso de términos de extensión determinada en la definición de las figuras delictivas, para que sea posible su aplicación en el lenguaje judicial como predicados "verdaderos" de los hechos procesalmente comprobados.

Únicamente la ley penal, en cuanto puede afectar la libertad personal de los ciudadanos, está obligada a vincular a sí misma no sólo las formas, sino también, a través de la verdad jurídica exigida a las motivaciones judiciales, la sustancia o los contenidos de los actos que la aplican. Ésta es la garantía estructural que diferencia al derecho penal en el estado "de derecho", del derecho penal en los estados simplemente "legales" en los que el legislador es omnipotente y por tanto son válidas todas las leyes vigentes sin ningún límite sustancial a la primacía de la ley. De este principio se sigue, en términos más generales, el deber de interpretación restrictiva y la prohibición de interpretación extensiva de las leyes penales. Así, Ferrajoli expresa conjuntamente el principio de mera legalidad y de estricta legalidad a través de la máxima "nulla poena, nullum crimen sine lege valida".[4]

A través de la crítica simultánea de las normas penales ineficaces y de las prácticas penales inválidas, tiende a reducir la brecha entre el plano normativo y lo que acontece en la realidad, entre el "deber ser" y el "ser" en el ámbito de la penalidad.

Es así que "derecho penal vigente" no coincide con "derecho penal válido", está vigente, aunque sea inválida, una norma penal efectiva que no cumple con el ámbito de validez sustancial, es decir, cuyo contenido contradice o es contrario al contenido de una norma o principios constitucionales. "Derecho penal vigente", a su vez, no coincide con "derecho

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