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Ventajas de la Mediación


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2013  •  Trabajos  •  875 Palabras (4 Páginas)  •  221 Visitas

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LA MEDIACIÓN

LA MEDIACIÓN ES EL PROCEDIMIENTO por el cual las partes en conflicto, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, resuelven inteligente y creativamente sus controversias, arribando a una solución mutuamente satisfactoria.

La mediación es ante todo un procedimiento no obligatorio. Ello significa que, aun cuando las partes hayan convenido en someter una controversia a la mediación, no están obligadas a continuar el procedimiento de mediación después de la primera reunión. En este sentido, las partes controlan siempre la mediación. La continuación del procedimiento depende de que éstas sigan aceptándolo.

El carácter no obligatorio de la mediación también significa que no se puede imponer una decisión a las partes. Para poder llegar a una solución, las partes deben aceptarla voluntariamente.

Por consiguiente, contrariamente a un juez o a un árbitro, el mediador no es una persona que toma decisiones. La función del mediador consiste más bien en ayudar a que las partes lleguen a tomar una decisión propia sobre la solución de la controversia.

Hay dos formas principales en que los mediadores ayudan a las partes a tomar su propia decisión y éstas corresponden a dos tipos o modelos de mediación practicados en el mundo entero. Con arreglo al primer modelo, la mediación-facilitación, el mediador se esfuerza por facilitar la comunicación entre las partes y por ayudar a cada una de ellas a comprender la perspectiva, posición e intereses de la otra en relación con la controversia. Con arreglo al segundo modelo, la mediación–evaluación , el mediador realiza una evaluación no vinculante de la controversia que luego las partes están libres de aceptar o rechazar como solución de la controversia. Son ellas las que deciden cuál de los dos modelos de mediación desean seguir. El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI ("el Centro") les ayudará a encontrar un mediador apropiado para el modelo que deseen adoptar.

La mediación es un procedimiento confidencial. La confidencialidad sirve para fomentar la franqueza y la apertura en el procedimiento, garantizando a las partes que las declaraciones, propuestas u ofertas de solución no tendrán ninguna consecuencia más allá del procedimiento de mediación. Por regla general, éstas no podrán utilizarse en litigios o arbitrajes ulteriores. El Reglamento de Mediación de la OMPI contiene también disposiciones detalladas destinadas a preservar la confidencialidad en cuanto a la existencia y el resultado de la mediación.

Como parte de su naturaleza, la Defensoría del Pueblo creó, dentro de su esquema jurídico, la Dirección Nacional de Mediación, con el objetivo de construir una verdadera cultura de paz.

Cómo acceder a la Mediación

Se inicia por solicitud de las partes o por propia iniciativa de la Defensoría del Pueblo.

La solicitud de mediación se dirigirá, por escrito, al Defensor del Pueblo, solicitando su intervención para lograr un acuerdo, en los términos de la ley, respecto de una diferencia determinada.

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