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Vinculacion a proceso


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2021  •  Apuntes  •  666 Palabras (3 Páginas)  •  59 Visitas

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vinculación a proceso

I.-Nociones previas

        La fase inicial de la etapa de investigación se ha llevado a cabo. Se asume que el ministerio publico ha reunido los datos de prueba necesarios para tomar la decisión de ejercer la acción penal, en el entendido que la información obtenida se ha registrado y que los mencionados registros se han integrado a la carpeta de investigación. Los registros  de la investigación que realiza la policía y el MP se documentan por cualquier medio que permita garantizar que la información  recabada sea completa, integra y exacta, cada acto de investigación se registra por separado y será firmado por quienes hayan intervenido, y el registro de cada actuación deberá contener por lo menos la indicación de la fecha, hora y lugar en que se haya efectuado, identificación de los servidores públicos y demás personas que hayan intervenido y una breve descripción de la actuación y en su caso, de sus resultados. (art.217 CNPP)

No debe olvidarse que para lograr el equilibrio entre la realización y preservación de las investigaciones iniciales y el derecho de defensa, los actos y registros de la investigación inicial son reservados, salvo que el imputado este detenido, sea citado para comparecer como imputado y se pretenda recibir su entrevista (art. 218 CNPP). Asimismo, debe tener en cuenta que antes de su primera comparecencia ante el juez, el imputado tendrá derecho de consultar los registros de investigación, incluso a que sele entreguen copia de los mismo con la oportunidad necesaria para preparar una defensa adecuada.

Sobre la base de los registros de investigación, las partes exponen en la audiencia a través del lenguaje oral, los planteamientos necesarios para lograr resolución judicial acorde a sus intereses. La lógica de las audiencias orales respeta las formalidades del procedimiento, asegura la presencia del juez la igualdad entre las partes y dota de trasparencia a las actuaciones, a fin de obtener resoluciones justas, imparciales, objetivas y totalmente apegada a derecho.

II.- LA VINCULACION O NO A PROCESO

Una vez que el juez de control abrió la audiencia inicial, identifico a los intervinientes, verifico que se nombraran o designaran al asesor jurídico y al defensor, tutelo los derechos de la victima u ofendido y el imputado, y en su caso (flagrancia o caso urgente) califico de legal la detención, permitirá al agente del MP que formule imputación y posteriormente, otorgara la oportunidad al imputado para que declare o guarde silencio.

Después de que el imputado haya emitido su declaración, o manifestado su deseo de guardar silencio. El agente del MP solicitara al juez de control la oportunidad para discutir medidas cautelares, en su caso y posteriormente solicitar la vinculación a proceso. Antes de escuchar al agente del MP, el Juez de control se dirigirá al imputado y le explicará los momentos en los cuales puede resolver sobre la solicitud que desea plantear el MP.

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