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Violencia De Genero


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2014  •  1.445 Palabras (6 Páginas)  •  188 Visitas

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EL DERECHO

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta del hombre en sociedad, y establecen penas ante su incumplimiento.

La concepción del derecho transciende al ineludible deber de acatar aun sus disposiciones y organizarse de sus supuestos de conducta, porque en las sociedades políticamente formadas, esta la presencia de hombres y mujeres que de acuerdo al rol social que le corresponde, dictan, ejecutan, y aplican normas.

LA VIOLACIÓN DE GÉNERO

Se refiere a todo acto de violencia sexista que tiene como resultado posible o real un daño de naturaleza física, sexual o psicológica, incluyendo las amenazas, la coerción o privación arbitraria de libertad para las mujeres, ya se produzca en la vida pública o privada.

¿CUANDO FUE PROMULGADA?

La ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, fue promulgada en fecha de 03 de septiembre de 1998, publicada en gaceta oficial N.º 36.531, siendo derogada por la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en fecha 19 de marzo de 2007, publicada en gaceta oficial N.º 38.647

¿EN QUÉ AÑO?

La primera ley en el año 1998 y la segunda ley en el año 2007.

¿BAJO QUE MANDATO?

La primera ley por el extinto Presidente de la Republica de Venezuela Rafael Caldera y la segunda por el hoy fallecido Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela Hugo Rafael Chávez Frías.

¿POR QUIÉN FUE PROMULGADA?

La primera ley por extinto Presidente de la Republica de Venezuela Rafael Caldera, en el Palacio de Miraflores, Caracas, a los tres días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho (1998) y la segunda por el hoy fallecido Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela Hugo Rafael Chávez Frías, en el palacio de Miraflores, caracas a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil siete (2007)

ANALISIS SOBRE LA LEY ORGANICA DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

Articulo N. º 1: Esta ley tiene como objetivo principal, garantizar en todas sus instancias el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Articulo N. º 2: Se interrelaciona con los poderes públicos, para dotarlos de los instrumentos necesarios, porque ellos no pueden ser ajenos a la vinculación de género donde involucran a los principios como la libertad, la igualdad, la vida, seguridad etc.

Articulo N. º 3: Trata primeramente de la protección integral de los derechos del género femenino que son víctimas de violencia de cualquier instancia tradicional. Como el derecho a la vida, la dignidad, integridad física, sicológica etc.

Articulo N. º 4: Hace mención de las garantías que concede esta ley al género femenino e indica las directrices que deben tomar los entes nacionales, regionales y municipales, dirigida a las mujeres víctimas de la violencia.

Articulo N. º 5: Expresa la obligación indeclinable del estado, donde lo involucra directamente para que adopte todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole para asegurar su cumplimiento.

Articulo N. º6: Establece el derecho y el deber de la sociedad de participar de manera protagónica para garantizar el cumplimiento efectivo de la ley. La sensibilización con el prójimo y apoyo a este género.

Articulo N. º 7: Garantiza el ejercicio pleno al estado que el inexorablemente y articulado con la participación de la sociedad garantice programas permanentes de educación y prevención sobre la violencia de géneros.

Articulo N. º 8: Estipula los principios que deben ser tomado en cuenta en el proceso por los funcionarios actuantes en esta materia, como lo es la gratuidad, celeridad, inmediación, confidencialidad, oralidad, concentración etc.

Articulo N. º 9: hace énfasis en las medidas de seguridad y protección y las medidas cautelares, señalando que son de suma importancia para que la mujer se sientan seguras que hay una ley que la ampara.

Articulo N. º 10: A través de este artículo se determina el establecimiento eficaz de un sistema integral en el género, para que se valoren los derechos de la mujer.

Articulo N. º 11: Consagra que en los delitos que prevé esta ley no se reconocerá fuero especial, ni gozaran de privilegios por ser

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