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Aborto, Sentencia C-355 De 2006


Enviado por   •  1 de Febrero de 2015  •  3.414 Palabras (14 Páginas)  •  739 Visitas

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IMPLICACIONES DEL FALLO DE SENTENCIA C355/ 2006, FRENTE A LOS DERECHOS DE LA MUJER EN ESTADO DE EMBARAZO.

¿Es realmente la penalización del aborto, el obstáculo más grande para que las mujeres gestantes hagan valer su derecho a la vida?

En Colombia, el aborto ha llegado a ser uno de los temas más controversiales que a diario se debaten por legisladores, juristas, religiosos, científicos, entre otros. Razón por la cual personas como los actores de la sentencia C-355 de 2006, decidieron dar a conocer su punto de vista y hacer valer sus derechos como titulares de derechos y capaces de hacer valer y ejercer los mismos.

Para ellos, la penalización del aborto no es más que una grave vulneración de los derechos de las mujeres que se encuentran gestando y de las personas en general, ya que se está prohibiendo decidir por cuantos miembros estará conformada su familia, o por otro lugar el Estado colombiano está obligando a unos padres a cargar toda una vida con un ser humano que debido a sus condiciones físicas jamás llegará a convertirse en una verdadera persona o peor aun obligando a una mujer que ha sido abusada sexualmente a cargar por el resto de su vida con el fruto de su desgracia.

Con la penalización del aborto, atribuyen los actores que se violan derechos fundamentales y constitucionales tales como estos:

• “El derecho a la igualdad y a la no discriminación (art. 13, de la C.P.): por la criminalización de una práctica médica que únicamente las mujeres necesitan

• Derecho a la vida, a la salud y a la integridad (Art. 11, 12, 43 y 49, de la C.P.): por falta de reconocimiento de los efectos que la total penalización del aborto tiene en la vida, la salud y la integridad de las mujeres.

• Derecho a la dignidad, la autonomía reproductiva y el libre desarrollo de la personalidad (preámbulo y Art 1, 16 y 42 de la C.P.): porque se está obligando a las mujeres a llevar a cabo embarazos no deseados, desde el comienzo del embarazo como en el caso de violación, o en el transcurso del mismo, cuando se diagnostica que el feto presenta graves malformaciones.

• El derecho a la igualdad en la aplicación del derecho internacional al tema del aborto (Art, 13 y 93 de la C.P.) porque la inaplicación de los claros lineamientos internacionales, cuyo valor jurídico se ha reconocido en otras decisiones, implica una violación del derecho a la igualdad y para el Estado colombiano un incumplimiento de las obligaciones internacionales adquiridas con la ratificación de tratados de derechos humanos por parte del estado colombiano” .

Razón por la cual, después de un gran debate entre Entes estatales y organizaciones encargadas del caso en particular, la Corte Constitucional llegó a una conclusión que no llenó completamente las expectativas de los demandantes ya que al decidir despenalizar parcialmente, en tres situaciones extremas y específicas, no dejan de vulnerarse tanto el derecho a la vida digna como aquellos que dignifican la vida diaria de las mujeres.

Con la sentencia C-355 de 2006 la historia de la punibilidad del aborto tuvo una gran transformación, pues el fallo dado por el Magistrado Ponente Doctor Jaime Araujo Renterìa, por fin exalta que la vida de la persona ya nacida, titular de derechos y deberes, con capacidad de ejercicio y goce, está sobre la expectativa que se tiene de vida de un nuevo ser, asimismo se realizó un examen armónico y proporcional entre las normas del Código Penal, la Constitución Política y los tratados de derechos humanos firmados y ratificados por Colombia, y concluyó que “penalizar en forma absoluta el aborto sería una carga desproporcional para las mujeres y una violación sistemática a los derechos fundamentales a la dignidad, a la vida, a la integridad, la autonomía y el libre desarrollo de la personalidad”

Además de las normas Penales, Constitucionales y de derechos Humanos, los temas tratados tanto por los accionantes como por los demás intervinientes que fueron materia de estudio, para llegar a una conclusión final, fueron los siguientes:

El aborto como problema de la salud pública del Estado : dentro del cual se expresó que la penalización del aborto, trae consigo los abortos clandestinos que generan inseguridad para la mujer, asimismo se encuentran marcos donde, quienes realizan estos procedimientos son personas sin ningún tipo de capacitación, los lugares son poco higiénicos y carentes de cumplir con las normas sanitarias que deben cumplir lugares donde se llevan a cabo procedimientos quirúrgicos como estos, según la oms y la página del centro de los derechos reproductivos, en Colombia el aborto inseguro es la tercera causa de mortalidad materna ya que más de 300.000 abortos se realizan anualmente en la clandestinidad dentro del territorio colombiano, dentro de los cuales el 30% presentan complicaciones y el 10% resultan en muerte.

Aborto inducido o interrupción Voluntaria del embarazo (ive) es aquel que se provoca con el fin de eliminar al feto que se está formando en el ovulo de la madre gestante, en este aparte, se estudió tanto la posibilidad de despenalizar totalmente el aborto, como los casos extremos y únicos en los cuales se debería legalizar dicho acto.

Para esto se tuvieron en cuenta los conceptos e intervenciones dadas desde la Conferencia Episcopal Colombiana, hasta los estudios realizados por Academia Nacional de Medicina, las cuales discordaban totalmente ya que mientras la iglesia pretendía que se declarara la asequibilidad de todos los artículos del código penal que penalizan la realización del aborto tanto a la mujer como a quien le realice el aborto a la misma, por su parte la Academia Nacional de Medicina propuso la despenalización del aborto en 3 situaciones específicas y además de eso la concientización e inversión que debe hacer el Estado Colombiano en educación sexual y acerca del aborto inducido, legal y seguro.

El aborto desde la perspectiva de los derechos: de acuerdo a argumentos presentados por los demandantes, aplicando el derecho internacional de los derechos humanos se tuvo en cuenta lo siguiente:

1. Que las leyes restrictivas contra el aborto que tienen países como Colombia violan inminentemente el derecho a la vida de las mujeres en estado de embarazo.

2. La penalización y criminalización a quienes realizan prácticasmédicas que solo requieren las mujeres como el aborto, viola el derecho a la igualdad.

3. Las leyes penales que tipifican el aborto en Colombia, constituyen violación a los derechos a la salud y vida de las mujeres.

La objeción de conciencia de las entidades prestadoras de la salud

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