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Analizar el implemento de tributos para el medio ambiente en la normativa ecuatoriana


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2019  •  Documentos de Investigación  •  5.208 Palabras (21 Páginas)  •  121 Visitas

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Pontificia Universidad Católica del Ecuador

    Facultad de Jurisprudencia

 

Nombres: Steven Montero

Paralelo: 3

Proyecto integrador III

Tema: Analizar el implemento de tributos para el medio ambiente en la normativa ecuatoriana

En los últimos años y con la constitución del 2008 se empezó a dar una mayor importancia al medio ambiente, por lo cual se empiezan a crear políticas e impuestos que favorezcan la conservación del ecosistema. En la investigación se planteará conocer los diferentes factores que han logrado poner al medio ambiente como un elemento de suma importancia en la sociedad, por lo cual necesita una política especial, la cual ayude en su cuidado y restauración.

En el presente trabajo será de vital ayuda la política comparada, con la cual responderemos las diferentes dudas que se presenten en la investigación, la diferente normativa tanto nacional como internacional servirá para responder el papel importante del medio ambiente y su conservación en el Ecuador.

OBJETIVOS

  • General
  1. Documentar si los implementos de impuestos ambientales en nuestra legislación son eficaces y eficientes para la conservación del medio ambiente.  
  • Específicos
  1. Explicar cómo en la actualidad se implementan y crean las políticas para la conservación y protección del medio ambiente.
  2. Priorizar si los diferentes instrumentos fiscales son viables y logran su objetivo con el medio ambiente.

Capítulo I

El ambiente como sujeto de derecho

El medio ambiente en la constitución

Estado como garante del medio ambiente

Capitulo II

Que es un tributo ambiental

Pros y contras de los impuestos ambientales

Responsabilidad en la y reparación del medio ambiente

Instrumentos fiscales que protegen el medio ambiente en Ecuador

Elementos importantes para una correcta aplicación del impuesto ambiental

Capitulo III

Recomendaciones

Conclusiones

Libros

Citas

  1. Libro Instrumentos de política ambiental: casos de aplicación

Autores: José Francisco López y María Gloria López Gordo

Editorial: Universidad de Granada

2014

  1. Si un tributo es capaz de generar una señal capaz de modificar la conducta de los agentes económicos hacia comportamientos más respetuosos con el medio ambiente.
  2. El tributo deberá ejercer presión sobre los precios para que incorporen el coste social medioambiental, lo que elevara el precio de los bienes que de alguna manera inciden negativamente sobre el medio ambiente e inducirá a las empresas a cambiar su forma de producir.
  3. En definitiva, los impuestos verdes o ecotasas son impuestos que gravan aquellas actividades económicas que provocan externalidades medio ambientales negativas.
  4. En primer lugar busca incidir en la conducta del individuo o agentes que contaminan (produce un incentivo en base al ahorro fiscal que se produce si se limita el proceso contaminante).
  5. Un impuesto ambiental debe influir directamente en el comportamiento de los agentes económicos, por lo que la base imponible debe estar estrechamente relacionada con el problema ambiental que se pretende resolver.

Pro y contra

  1. Contribuyen a la puesta en práctica del principio quien contamina paga 43
  2. Incrementan las recaudaciones fiscales, que pueden dirigirse a gastos medioambientales o a la rebaja de la presión fiscal de otros impuestos sobre el trabajo, el capital y el ahorro 43
  3. No puede olvidarse que concurren otras consideraciones a la hora de aplicar los tributos ambientales, ya que el precio no es el único factor que afecta al comportamiento. En mercados donde no existen sustitutivos apropiados para el bien (demandas muy inelásticas) o formas alternativas de obtener la producción, la inclusión del impuesto puede no llevar a una reducción, la inclusión del impuesto puede no llevar a una reducción en el consumo. 44

  1. Derecho sancionatorio ambiental

  1. Indudablemente, la efectividad del derecho depende de la creación de las condiciones para su aplicación, aunque también el formato de las normas ayuda o dificulta su aplicación concreta 98
  2. El concepto más difundido del riesgo ambiental es su consideración como la probabilidad de ocurrencia de un fenómeno que afecta directa o indirectamente el medio ambiente, y se encuentra relacionado con la exposición al peligro, que puede ser voluntario o involuntario. 148
  3. Ante la magnitud de los riesgos generados con los adelantos tecnológicos se hace necesario una respuesta del Estado para garantizar a los asociados el derecho constitucional a disfrutar de un medio ambiente sano y la posibilidad de disponer de adecuadas condiciones de vida en el marco de un entorno seguro. 178
  4. Primum non nocere ó primum nil nocere (lo primero es no hacer daño), es quizá uno de los principios más antiguos recogidos en el juramento hipocrático, ancestro del principio de precaución, que encierra el concepto de no menoscabar los derechos de otros, señalando que los actos realizados con las mejores intenciones pueden tener consecuencias indeseables, además de las buscadas. 186
  5. La primera consagración positiva e un ordenamiento legal de principio de precaución esta argumentaba que ‘‘Una política ambiental precautoria exige, más allá de eso, que los fundamentos de la naturaleza sean apropiadamente valorados y conservados’’ 187
  1. Propuesta de desarrollo conceptual y legislativo de mecanismos constitucionales de justicia ambiental

Patricio Hernández abril 2011

  1. La evolución del derecho ambiental se ha dado de la mano con las grandes reivindicaciones de orden social, cultual y del ambiente suscitando en las últimas décadas. 5
  2. Los principios constitucionales al igual que los principios generales del derecho cumplen fundamentalmente una función interpretativa e integradora de las normas jurídicas, esto es, coadyuvan a la adecuada comprensión y aplicación de estas últimas.12
  3. Indubio pro natura, en el derecho y en diversas legislaciones a nivel mundial, para el caso de duda en la aplicación de dos o más normas jurídicas que versan sobre un mismo objeto, existe el principio de aplicación de la norma que sea más favorable al encausado o sentenciado en un juicio penal (indubio pro reo). 15
  4. Principio de subsidiaridad, deriva del criterio de intervención supletoria del Estado nacional en los asuntos que no pueden ser atendidos por los gobiernos locales. 18
  5. Es necesario resaltar que la propia Constitución desagrega varias garantías normativas, sin duda las más importantes, para la tutela de los derechos sobre el ambiente y la naturaleza. Esto no implica que sean las únicas posibles a implementar, sino que trascienden por su jerarquía, pero deben ser acompañadas de otras que puedan aportar los cuerpos legales y las políticas públicas a cargo de la Función Ejecutiva y de los distintos niveles de gobierno del territorio. 30

  1. Manual de vías legales para exigir la responsabilidad ambiental Alexandra Anchundia Ávila – Mélida Pumalpa Iza
  1. La contaminación es un cambio indeseable en las características físicas, químicas o biológicas de nuestro aire, nuestra tierra y nuestra agua, que afectan la vida humana y a las demás especies de nuestro planeta, a consecuencia de los desechos o residuos lanzados al medio ambiente, luego de haber sido utilizados, sin el debido control y conciencia de parte de quienes nos beneficiamos de ellos.21
  2. La responsabilidad por los daños ambientales se encuentra específicamente en la ley, y para sus efectos hay que cumplirla, por cuanto no solo dispone la obligación de restaurar íntegramente el ecosistema sino indemnizar a todos quienes hayan sido afectados por sus actividades y que éstas han ocasionado alguna alteración al medio. 27
  3. Cuando hablamos de responsabilidad subjetiva, es necesario probar que se ha producido el daño ambiental, identificar el actor del daño, y el nexo o relación que existe entre el actor y el daño; 30
  4. Para poder exigir la sanción, reparación e indemnización por la vía judicial, debemos de presentar la demanda ante uno de los jueces de lo civil; en lo penal, como son delitos de acción pública debemos presentar la denuncia ante el fiscal; 34
  5. Y no habiendo más acciones que presentar podemos ir ante organismos internacionales como la comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos para exigir que el Estado cumpla con su obligación de respetar los derechos y protegernos frente a un grave daño. 34

 

  1. Derecho ambiental ecuatoriano

Efraín Pérez

2013

  1. Equidad y justicia: Las actuales generaciones están limitadas respecto del ambiente por las necesidades de las futuras generaciones. 21
  2. Principio el que contamina paga ocurre cunado el Gobierno de un Estado asume por su cuenta los costos o externalidades ambientales de la producción de mercaderías determinadas. 77  
  3. El estudio de la normativa jurídica relativa al aprovechamiento y la explotación de los recursos naturales y los procesos productivos como la actividad agraria, forestal, la industria, la construcción de la infraestructura, la transportación releva del Derecho del Desarrollo Sustentable, que estudia las normas jurídicas aplicables a los indicados procesos. 91
  4. El derecho ambiental abarca todas las materias legislativas y doctrinales aplicables al desarrollo humano, la producción de bienes, y el uso y aprovechamiento de los recursos, en cuanto se desenvuelvan en el contexto del mejoramiento de la calidad de vida. 93
  5. El resultado de los excesos reglamentarios es una abundancia de normas ambientales que disponen sobre todos los temas pero que no tienen aplicación alguna. 107

  1. Teoría del Derecho Ambiental

Ricardo Luis Lorenzetti

2008

México

  1. Vivimos una era de verdades implacables, en la que la naturaleza está mostrando sus límites, y en la que nos acercamos a las fronteras de los modelos que han sido la base de nuestro desarrollo. 1

Pag 51

  1. El uso sustentable tiene que ver con el ejercicio que hace cada individuo de las facultades inherentes a su derecho real de propiedad o usufructo sobre un bien (ya sea natural cultural). La actividad propiamente dicha se agota en la satisfacción de quien lo ejerce, cualquiera sea el motivo que la inspire (ganar el sustento, necesidad de abastecimiento, recreación, placer, etc.); y con el único límite de no hacerlo de modo anti-funcional

Pag 71

  1. la calidad de vida tiene un arraigado trasfondo ambiental puesto que sin mínimas condiciones en el entorno físico no hay calidad de vida posible. El medio ambiente, entonces, funciona como condición necesaria previa de la calidad de vida.

Pag 80

  1. En el estadio actual del "paradigma ambiental", estimamos que debe aceptarse el principio precautorio, pero debemos avanzar en la fase de implementación, para hacer de ello una realidad posible y no una mera declaración políticamente correcta, pero inaplicable.

Pag 86

  1. En el dominio de las políticas públicas existe un campo de discrecionalidad dentro del cual la administración puede decidir si actúa de un modo u otro. En este aspecto, se sostiene que la precaución es una opción: el funcionario puede, dentro del ejercicio de una actividad discrecional, dar una autorización o no, regular naciones disponibles en el momento de hacerlo. En este sentido, es una directiva política para anticipar, evitar y mitigar amenazas al ambiente. o no, conforme a las informaciones disponibles en el momento de hacerlo. En este sentido, es una directiva política para anticipar, evitar y mitigar amenazas al ambiente.

  1. ¿Derecho ecológico?

Jorge Luis Esquivel Zubiri

México 2014

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