Anteproyecto De Propuesta De Pena De Muerte Para El Delito De Secuestro En Mexico.
Maniako23 de Noviembre de 2011
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Índice.
Titulo tentativo………………………………….. Pág. 2
Antecedentes……………………………………. Pág. 3
Problema…………………………………………. Pág. 7
• Límite Temporal y Espacial…………… Pág. 9
Justificación……………………………………... Pág. 10
Objetivo…………………………………………... Pág. 12
Hipótesis……………………..…………………… Pág. 13
Esquema de Fundamentos……………………. Pág. 14
Método…………………………………………….. Pág. 17
Propuesta de pena de muerte para el delito de secuestro en México.
ANTECEDENTES.
Para poder tener una perspectiva más concreta sobre el tema, desde el punto de vista jurídico la pena está relacionada con el delito y para poder entenderla hay que hacer una pausa entre una y otra.
La palabra delito proviene del vocablo delinquere que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley. En cuanto a la pena, ésta se deriva del vocablo latín Poenas y esta a su vez del griego Poine que significa dolor en relación con la expresión Ponos que quiere decir trabajo, fatiga, o sufrimiento. La relación que existe entre ambas es que sin la comisión de un delito que perseguir efectuado por un infractor de la ley, no podrá imponerse una pena.
Ya entendiendo los conceptos de delito y pena, en México actualmente se comprende por el delito de secuestro según el artículo 364, fracción I del Código Penal Federal vigente, el particular que prive a otro de su libertad. La pena relativa al secuestro según el artículo 366, fracción I del mismo código, de quince a cuarenta años de prisión y de quinientos a dos mil días de multa.
Hoy en día en nuestro país la seguridad pública se encuentra en niveles mínimos. Se ha insistido en aplicar medidas, sin contar con diagnósticos confiables que sirvan de sustento para el diseño de políticas públicas acordes con la realidad, con lo cual los resultados han sido poco eficaces.
Hemos visto que aumentar el número de policías, incrementar el gasto para su equipamiento, aumentar las penas o contratar asesores externos no han servido para disminuir los altos índices de inseguridad y de violencia que padecemos. Según datos de la empresa británica de seguros Hiscox, después de Colombia, México ocupa el segundo lugar en el mundo en este delito.
Detrás aparecen otras naciones del continente como Brasil, Venezuela, Ecuador, Guatemala, El Salvador, Argentina, Perú y, a continuación países de otras latitudes como Rusia, Filipinas, Nigeria, India y Sudáfrica.
Hiscox calcula como "la estimación más realista" que se cometen entre "20.000 a 30.000 secuestros por año en el mundo". Quizás lo más desalentador es que 9 de cada 10 secuestros en el mundo se cometen en tan solo 10 países y, de éstos, las tres cuartas partes en Latinoamérica, convirtiéndola en la región de más alto riesgo.
Asimismo el incremento de penas privativas de libertad no han conseguido disminuir la comisión de delitos, en otras palabras, la gran impunidad que existe en México es una de las causas más importantes del incremento de la criminalidad lo que anima al delincuente a continuar, no radica en la cantidad de años en prisión sino en la falta de aplicación de la ley.
Algunas tesis demuestran que el efecto intimidatorio que genera la pena capital se comprueba en casos donde los criminales han admitido que esta sanción fue la amenaza específica que les detuvo a cometer un secuestro, por temor a ser ejecutados.
El secuestro se ha convertido en un negocio altamente rentable, es cierto que el rechazo a este delito ha aumentado e incluso ha generado que se formen grupos especiales antisecuestros -como ocurrió en el caso de Sinaloa,- organizaciones no gubernamentales que luchan por su combate, pero hasta el momento no ha habido una solución eficaz por parte de nuestras autoridades a este terrible delito.
Hay crímenes que suelen aparecer sólo cuando la delincuencia es alta y las autoridades no consiguen descubrir y aprehender a un número razonable de delincuentes. El más típico de todos es precisamente el secuestro, que sólo florece cabalmente cuando impera el desorden, las autoridades están rebasadas por el resto de la delincuencia y la ley no cuenta con el apoyo, ni el respeto colectivos.
El secuestro es uno de los delitos más crueles y devastadores, las secuelas psíquicas que sufren el ofendido y sus familiares son graves y permanentes. La noticia de que una persona fue secuestrada provoca temor general; desde luego, ahuyenta inversionistas y desestimula posibles nuevas inversiones.
Se estima que el índice de secuestros que concluyó en asesinatos se ha incrementado en un 80% en los últimos años, y son cada vez más aquellos que terminan en mutilaciones de las víctimas.
El hecho de que el secuestro requiera de un peculiar entorno delictivo, apunta claramente a la estrategia que debe seguirse para controlarlo, además de pensar en medidas específicas, conviene diseñar programas para abatir el crimen en general y conseguir que la gente recupere la confianza en la ley y en sus instituciones. Si se abaten los demás delitos, el secuestro tenderá a decrecer.
El secuestro, tanto el tradicional como el exprés, es un delito con una alta tasa de cifra negra, por lo que podría suponerse que por cada caso denunciado existen al menos otros 9 no reportados.
Todo lo anterior radica en el deteriorado sistema de justicia en el que nuestro país ha caído. En él tiene su asiento al abuso de poder, la deficiente preparación personal y sobre todo la impunidad, esta ha alcanzado índices desmedidos que fomentan la actividad delictiva y, lo más grave cancela la justicia.
Me parece que el secuestro en México ah llegado bastante lejos, ya que tengo varios conocidos que han sido víctimas de este acto delictivo, es por eso que este tema es de importancia para mí.
PROBLEMA.
El problema en materia Penal, inicia con la pena que se impone a los individuos que cometen delitos graves, dentro de los cuales está envuelto el secuestro.
Procederemos a realizar un análisis de la tipificación, con respecto al mencionado delito, que en estos mementos encontramos en el Código Penal Federal. De la misma manera se mencionaran cuales son las causas por las que se realiza el delito y las consecuencias que se presentan conforme a la manera en que éste se ejecutó.
Ahora la interrogante, ¿Cual es la perspectiva de la sociedad ante las sanciones establecidas por la ley para los criminales que cometen secuestro?, ya que la incertidumbre legal que genera la impunidad debido a la corrupción existente en nuestras autoridades judiciales ha incrementado el número de estos eventos.
Los delitos graves, como el secuestro, son una violación flagrante a los derechos humanos fundamentales como sería la libertad en un sentido más amplio. En México los postulados de una expedita y pronta justicia, contemplados en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, generan una enorme incertidumbre entre la población común como también lo hacen dentro de las Instituciones Jurídicas, ya que en la mayoría de las ocasiones la verdadera justicia no es impartida debidamente por el Estado Mexicano como también en las distintas legislaciones del orden jurídico vigente y esto ha llevado a que en el Estado de Nuevo León, se materialice en los procesos penales y por consecuencia que los mismos es sus sentencias respectivas, estén totalmente carentes de credibilidad social. Tan común se ha vuelto lo anterior que la verdadera esencia de aplicar penas funcionales en el derecho mexicano se convierten en un simple oficio de quienes son los encargados de administrar e impartir la justicia que tanto se esfuerza el estado por defender. Es por ello que debemos buscar otras alternativas para castigar este delito grave, muy recurrente en la actualidad mexicana.
LÍMITE TEMPORAL Y ESPACIAL.
Límite Temporal.
La presente investigación se delimita temporalmente desde el momento en que la pena de muerte adquirió el rango de Derecho Positivo, es decir, a partir de 1917, fecha en la cual se promulgó la actual ley Suprema de nuestro País.
Tomaremos en consideración el Código Penal Federal vigente y el Código Penal para el Estado de Nuevo León
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