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Autoridades De Trabajo

karialias27 de Abril de 2015

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE TUXTLA GUTIÉRREZ

AUTORIDADES DEL TRABAJO

INGENIERÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL

SEGUNDO SEMESTRE

LEGISLACIÓN LABORAL

EQUIPO 3

ESPINOSA BARRAZA ITALIA

GUZMAN LAZOS JOSÉ DANIEL

LÓPEZ GORDILLO JOSÉ ENRIQUE

RILEY ALIAS KARLA

TRUJILLO DÍAZ CARLOS YORDAN

Profesor:

JORGE GONZALO GONZALEZ ARANDA

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 23 de Febrero del 2015.

Secretaria del trabajo y previsión social.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como dependencia del Poder Ejecutivo Federal, tiene a su cargo el desempeño de las facultades que le atribuyen la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal del Trabajo, otras leyes y tratados, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por conducto de sus servidores públicos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, realizará sus actividades en forma programada, conforme a los objetivos nacionales, estrategias, prioridades y programas contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo, el programa sectorial respectivo y a las políticas que para el despacho de los asuntos establezca el Presidente de la República, en coordinación, en su caso, con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Para el despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social contará con los siguientes servidores públicos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados:

MISIÓN

Fortalecer la política laboral, a partir de cuatro ejes rectores dirigidos a lograr que los mexicanos tengan acceso a empleos formales y de calidad, con prestaciones y derechos plenos, a través de la democratización de la productividad, la plena salvaguarda de sus derechos y el de las personas en situación de vulnerabilidad, además de que les asegure el acceso a la justicia laboral. Todo ello, privilegiando el diálogo social con responsabilidad, madurez y voluntad para alcanzar soluciones y acuerdos, que den continuidad a los procesos productivos y a las fuentes de empleo, para fomentar el crecimiento económico del país y preservar la paz laboral.

VISIÓN

Ser la Dependencia del Gobierno Federal que contribuya en el ámbito de sus funciones a que más mexicanos se incorporen de manera formal a un trabajo decente y digno, con mejores remuneraciones y prestaciones de Ley, para construir una sociedad más igualitaria, incluyente y con justicia social, consolidando una relación armónica entre los trabajadores y los empleadores de México.

Por lo manifestado en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde el despacho, entre otras, de las siguientes funciones:

• Vigilar la observación y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el artículo 123 y demás de la Constitución Federal, en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos.

• Coordinar la formulación y promulgación de los contratos de la ley de trabajo.

• Promover el incremento de la productividad del trabajo.

• Promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo, así como realizar investigaciones, prestar servicios de asesoría e impartir cursos de capacitación que para incrementar la productividad en el trabajo requieran los sectores productivos del país, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública.

• Establecer y dirigir el servicio nacional de empleo y vigilar su funcionamiento.

• Coordinar la integración y establecimiento de las Juntas Federales de Conciliación, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y de las comisiones que se formen para regular las relaciones obrero-patronales que sean de jurisdicción federal, así como vigilar su funcionamiento.

• Llevar el registro de las asociaciones obreras, patronales y profesionales de jurisdicción federal que se ajusten a las leyes.

• Dirigir y coordinar la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

• Establecer la política y coordinar los servicios de seguridad social de la administración pública federal, así como intervenir en los asuntos relacionados con el seguro social en los términos de la ley.

• Estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación en el país.

Normatividad

La secretaría del trabajo es la encargada de vigilar el cumplimiento de la normatividad en Seguridad y Salud en el trabajo en todo el territorio mexicano, todas estas disposiciones tienen como fundamento al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Reglamentos

• Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio ambiente de trabajo

Normas Oficiales Mexicanas

• Normas de Seguridad

• Normas de Salud

• Normas de Organización

• Normas específicas

• Normas de producto

ÁREAS DE ATENCIÓN

SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO

• Dirección General de Inspección Federal del Trabajo

• Dirección General de Registro de Asociaciones

• Dirección General de Asuntos Jurídicos

• Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo

• Unidad de Funcionarios Conciliadores

SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y PRODUCTIVIDAD LABORAL

• Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo

• Dirección General de Productividad Laboral

• Dirección General de Investigación y Estadísticas del Trabajo

• Dirección General de Fomento de la Empleabilidad

SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL

• Dirección General de Inclusión Laboral y Trabajo de Menores

• Dirección General de Capacitación

• Dirección General para la Innovación Laboral

OFICIALIA MAYOR

• Dirección General de Recursos Humanos

• Dirección General de Programación y Presupuesto

• Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

• Dirección General de Tecnologías de la Información

JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

• Consulta de información sobre Contratos Colectivos

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DEL ESTADO DE CHIAPAS.

Visión

Ser una Institución vanguardista, eficiente y altamente productiva en el manejo y la administración de las finanzas públicas, que participe en la construcción de un país sólido donde cada familia mexicana logre una mejor calidad de vida.

Misión

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene como misión proponer, dirigir y controlar la política económica del Gobierno Federal en materia financiera, fiscal, de gasto, de ingresos y deuda pública, con el propósito de consolidar un país con crecimiento económico de calidad, equitativo, incluyente y sostenido, que fortalezca el bienestar de las y los mexicanos.

SERVICIOS

Impuestos

Principales Informes Gubernamentales

Tesorería de la Federación

Cartelera Cultural

Convocatoria a Todos los Artistas en General

Pago de derechos, productos y aprovechamientos (e5cinco)

Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE)

Registro en línea de solicitudes de estímulo fiscal EFITEATRO

Registro en línea de Solicitudes de estímulo fiscal EFICINE

ARTICULO 12L. El derecho de los trabajadores para formular objeciones a la declaración que presente el patrón a la secretaria de hacienda y crédito público, se ajustara a las normas siguientes:

i. el patrón, dentro de un término de diez días contado a partir de la fecha de la presentación de su declaración anual, entregara a los trabajadores copia de la misma. Los anexos que de conformidad con las disposiciones fiscales debe presentar a la secretaria de hacienda y crédito público quedaran a disposición de los trabajadores durante el término de treinta días en las oficinas de la empresa y en la propia secretaria.

Los trabajadores no podrán poner en conocimiento de terceras personas los datos contenidos en la declaración y en sus anexos;

ii. dentro de los treinta días siguientes, el sindicato titular del contrato colectivo o la mayoría de los trabajadores de la empresa, podrá formular ante la secretaria de hacienda y crédito público las observaciones que juzgue conveniente;

iii. la resolución definitiva dictada por la misma secretaria no podrá ser recurrida por los trabajadores; y

iv. dentro de los treinta días siguientes a la resolución dictada por la secretaria de hacienda y crédito público, el patrón dará cumplimiento a la misma independientemente de que la impugne. si como resultado de la impugnación variara a su favor el sentido de la resolución, los pagos hechos podrán deducirse de las utilidades correspondientes a los trabajadores en el siguiente

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