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Bienes Y Sucesiones


Enviado por   •  1 de Julio de 2014  •  5.309 Palabras (22 Páginas)  •  342 Visitas

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ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN

II. OBJETIVO GENERAL

FIGURAS JURÍDICAS DEL DERECHO HEREDITARIO

REQUISITOS PARA DENUNCIAR UNA SERVIDUMBRE DE PASO

CONTRATO DE COMPRAVENTA Y ARRENDAMIENTO.

FUNCIONES DEL INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL Y DE LA NOTARIA EN EL ESTADO DE MÉXICO

CONCLUSIONES

FUENTES DE INFORMACIÓN

ANEXOS

I. INTRODUCCIÓN

El patrimonio es una parte muy importante para las personas y las familias, es la base de su estabilidad económica, lo cual es necesario cuidar, esa misma importancia le da el derecho y lo integra a su estudio de una forma básica como representante de los derecho reales y la transmisión de bienes, garantizando su formalidad y su validez jurídica para que las personas puedan gozar de ese derecho.

La herencia es una forma de transmitir los derechos y de la misma forma las obligaciones sobre los bienes, cualquiera que sea su naturaleza. La creación del testamento permite facilitar el uso y goce de los bienes que fueron de una persona que ya falleció, dicha persona podrá hacerlo en vida, se lleva a cabo con la ayuda de personas que suelen ser figuras jurídicas del derecho hereditario, presentaremos cada una de ellas.

Los predios y bienes inmuebles tienen como característica fundamental para su buen funcionamiento el uso de una servidumbre de paso es un gravamen de tierra que permite el paso de servicios que beneficia a las dos partes o dueños de los predios; para lo cual mencionaremos los requisitos para denunciar dicha servidumbre.

Las personas pueden transmitir sus bienes o el uso de estos siempre que cuenten con título de propiedad, no solo lo podrán hacerlo por sucesión testamentaria sino también por venderlos, arrendarlos, donarlos, etc. Lo importante es hacer el trámite correspondiente como lo son los contratos, estos deberán tener validez jurídica, en este trabajo se presentan dos uno de compraventa y otro de arrendamiento.

Por último se hace mención de las funciones que sus respectivas dependencias del Instituto de la Función Registral y también de la notaria en el Estado de México.

II. OBJETIVO GENERAL

FIGURAS JURÍDICAS DEL DERECHO HEREDITARIO

REQUISITOS PARA DENUNCIAR UNA SERVIDUMBRE DE PASO

La servidumbre de paso es un gravamen real impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro que pertenece a distinto dueño, con la finalidad de exigir el paso de servicios.

Puede ser temporal, es decir solo para la recolección de frutos o cosechas, si el predio de donde se pretende generar la servidumbre se encuentra en territorio ejidal se tendrá que presentar la denuncia ante el tribunal agrario, si no es ejido entonces se realiza ante un juez de distrito correspondiente.

En el código civil federal se establece en el Art. 1097. El propietario de una finca o heredad encabada entre otras sin salida a la vía pública, tiene derecho a exigir el paso, para el aprovechamiento de esta, por las heredades vecinas, sin que sus respectivos dueños puedan reclamarles otra cosa que una indemnización equivale al prejuicio que les ocasione este gravamen.

Para la petición de servidumbre de paso principalmente si se trata de servicios de luz o teléfono es necesario que cuente con tres características fundamentales.

• Predio dominante

• Predio sirviente

• Gravamen

Para el código civil del estado de México; establece lo siguiente con respecto al registro público de propiedad.

Para la exigencia de certificado de gravámenes

Artículo 8.23.- Cuando vaya a otorgarse una escritura en la que se declare, reconozca, adquiera, transmita, modifique, limite o grave, la propiedad o posesión de bienes inmuebles o cualquier derecho real sobre los mismos o que sin serlo sea inscribible, el Notario Público deberá solicitar al Registro, certificado sobre la existencia o inexistencia de gravámenes o anotaciones.

Requisitos de la solicitud de certificado de gravámenes

Artículo 8.24.- En la solicitud a que se refiere el artículo anterior, y que surtirá efectos de aviso

Preventivo, deberán mencionarse:

I. Ubicación del inmueble, señalando lote, manzana, sección, colonia, municipio y nombre, en su caso;

II. Medidas, colindancias y superficie en su caso, del inmueble;

III. Nombre del o de algunos de los titulares,

IV. Nombre del o de los adquirentes o titulares del derecho real a anotarse;

V. El acto o actos jurídicos a otorgarse;

VI. Clave catastral del inmueble, en su caso;

VII. Antecedentes registrales; y

VIII. Nombre y firma del Notario Público solicitante.

Una vez que se obtiene el certificado de gravamen, se denotan los siguientes requisitos para las personas que desean reclamar la indemnización.

• Presentar un escrito con tus datos personales acompañando el título de propiedad.

• Certificado de libertad de gravamen.

• Copia del último pago de predial.

• Croquis de localización del terreno y el lugar en donde están las líneas.

• Se tramitar el avaluó correspondiente, que fijara el manto de la indemnización de conformidad a la ley General de bienes nacionales.

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