Bolilla 1: Constitucion (derechos y garantias de los habitantes y organización del poder)
Claudia ChristensenDocumentos de Investigación21 de Octubre de 2015
5.195 Palabras (21 Páginas)180 Visitas
Bolilla 1:
Constitucion (derechos y garantias de los habitantes y organización del poder)
Clases:
→ Escritas (const codificadas) de otros libros, reunidas.
→ No escritas (const dispersas) no juntas, o no escritas
→ Rigidas (no se puede modificar mediante procedimientos comunes, tiene un proceso de reforma lento) Art. 30.- La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto.
→ Flexibles (tiene el mismo mecanismo que una ley comun)
→ Americanas (constitucionalidad a cargo del poder judicial)
→ Europeas (organo controlador de la constitucionalidad, organismos politicos (ejecutivo)
Tipológicas (origenes)
Historicistas: aquellas const que tuvieran en cuenta la historia del pais en que van a regir. Responde a la idea de tradición de una sociedad determinada
Racional-Normativa: aquellas const en las cuales en un pais se modifian sin tener en cuanta los antecedentes, y se toma lo mejor de c/pais.
Art. 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.
Sociológica: aquellas const que tienen en cuenta en el pais que rigen, según su momento actual.
Const Real (es la que rige en un momento determinado de la historia) / Const Formal (la que se ejerce ahora, escrita)
Desde la Rev. De Mayo a Caseros:
25 de mayo de 1810: Primer Gobierno Patrio.
Las asambleas de 1813: propusieron 5 proyectos que no tuvieron aceptaciones.
Se creo un directorio que gobernó hasta 1820.
Se declaro la independencia y una constitución (no se cumplen)
Se utiliza una moneda en comun, y se aceptan los símbolos patrios.
9 de julio de 1816 se declara la Independencia (Tucuman).
1819: La constitución aprobada por el Congreso (unitario), las provincias se revelan contra Bs As y esta fue rechazada.
1820: No hay mas autoridad, y no mas congreso. Rosas y M.Rodriguez se hacen cargo de Bs As. (cuando tenia facultades extraordinarias. Rosas del 29 al 32 y del 35 al 52)
Art. 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.
1826: se sanciona una nueva Constitución que es rechazada.
4 de enero de 1831: Pacto Federal. (objetivo un pais federal)
Buenos Aires-ERios-SFe, luego se une Corrientes, y todas las restantes (son 14)
Jose de Urquiza, aliado de Rosas quería una constitución a la que este ultimo se le oponia, porque ya no tendría mas facultades extraordinarias sino.
Urquiza, pronuncia que debia a los años que tiene hay que sacar a Rosas como ministro de Relaciones Exteriores, y lo sacan.
Reunidos con Brasil, Uruguay, marchan a Buenos Aires y se apoderan de la ciudad. (Batalla de Caseros 3/febrero/1852)
Rosas huye a Inglaterra.
Urquiza, solo tiene a su mando, a ERios y BsAs, entonces envía a Bernardo de Irigoyen a convocar a todas las provincias a una reunion.
29/30 de Mayo de 1852: Acuerdo de San Nicolas de los Arroyos
Es la primer reunión de gobernadores / Al no haber autoridad nacional se designa a Urquiza. / Se integra una convencion constituyente (c/pcia 2 representantes con decision autonoma)/ Se aprueba una que halla una Constitucion Federal, regular el comercio exte e int, soberania y autonomia de las pcias, ect.
Pactos Preexistentes: al federal y de San Nicolás, son aquellos en los cuales se hace mencion a la Constitución y un Estado Federal.
25 de mayo de 1853 se promulga la Constitucion y el 9 de julio de jura.
Reformas Constitucionales:
1860 – 1866 – 1898 – 1949 (no vigencia) – 1957 – 1972 (no vigencia) – 1994
Bs As desde el 11/septiembre/1852 se habia separado de las restantes 13 pcias, por ese tiempo Vicente Lopez Planes (gobernador) rechaza el acuerdo de San Nicolas.
Crean su propia consitucion como estado, en 1854 (Artículo 1.- Buenos Aires es un Estado con el libre ejercicio de su soberanía interior y exterior, mientras no la delegue expresamente en un Gobierno federal.)
En 1859, Urquiza ataca y gana contra Mitre, interviene el presidente de Paraguay, y es cuando Bs As se une a las demas pcias por el Pacto de SJose de Flores.
1860:
Se le dio el poder de que BsAs revisara la constitución y lo que no le gustara lo podria reformar. (esta no esta tomada en cuenta como reforma ya que sino seria insconstitucional ya que decia que la primer reforma era pasado los 10 años de su existencia, solo habian pasado 7)
Clausulas Reformadas:
- Capital del pais sera elegida por todos.
- Tesoro Nacional (art 4)
Las exportaciones se cobraran hasta 1866
- Provincias (art 5)
- Autonomia Pcial (art 6)
- Las constituciones pciales ahora no deben ser aprobadas por el congreso.
- (art 53) Juicio Politico, antes se nombraba a los gobernadores.
- (art 33)
1861, Batalla de Pavon, Mitre le gana a Urquiza.
1866:
Guerra de la Triple Alianza.
Se hace solo la modificacion del derecho de exportacion ya mencionado en la primer reforma, y queda el art 4 como esta actualmente.
1898:
No tiene gran importancia ideologia, solo son cambios en cuanto a lo numerico en la camara de senadores, diputados, y en cuanto al censo. Ya que el pais vivio un gran ola migratoria.
1949: (NO VIGENCIA)
Durante la primer presidencia de Peron.
Aparece un intento de reelecion, pero este se ve destituido por la Revolucion Libertadora (1955 / 1958) que llamo a la primer convecino para la reforma constitucional que fue declarada nula en el 56.
A esta reforma se suma los derechos sociales (los que el estado debe garantizar)
1957:
Se hace una reforma sin intervención del Congreso. Se llama Convencion Constituyente, no habia una mayoria. El Congreso de la Nacion es quien debe dictar el codigo de trabajo, de seguridad social, etc (Art 75, inc 12)
Tambien se reforma el art 14 bis.
1972: (NO VGENCIA)
Dictadura Ongania, Levingston, Lanusse.
Modifican los mandatos presidenciales a 4 años, cantidad de senadores, elegir al presidente Directamente.
1994:
Pacto de Olivos (Menem – Alfonsin)
El primero renuncia, debido a la alta inflación, y el segundo adelanta las elecciones.
Estaba en vigencia la const del 53 y surge la necesidad de reformarla, principalmente por la duracion del mandato (que era de 6 años). Tambien se propone que se reglamente el art 30. Firman el pacto de Olivos, se comprometen a reformar la constitución y junto con la ley 24309 se autoriza. Apartir del 94 el voto es popular, obligatorio (art 37), se debe votar en cojunto pres y vice. Tienen que tener el 45%, pero si tiene entre 40% y 45% y el segundo partido esta a menos de 10 estos seran elegidos igual. Si no se votara una segunda vez. El poder ejecutivo tiene mas atribuciones.
Bolilla 2:
Supremacía Constitucional: significa que dicha constitución es el fundamento y la base de todo el orden juridico-politico de un estado.
Hasta 1993 en Argentina habia dualismo. El trat internacional no entra en vigencia hasta que el poder legislativo no dicte una ley común donde este incorporado.
Los tratados Internacionales estaban por debajo de la Constitución. Supremacía.
Pero en 1994, se crea el Bloque Federal de Constitucionalidad
(que pone a todos los tratados inter. referidos a los ddhh por encima de la const.)
...