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Parcial 1 de derecho constitucional ubp.


Enviado por   •  29 de Agosto de 2016  •  Trabajos  •  4.943 Palabras (20 Páginas)  •  980 Visitas

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PARCIAL I DE DERECHO CONSTITUCIONAL

ALUMNO: DUARTE CARLOS

LEGAJO: 75861

CASO 1

En un estado de derecho el deber primordial del estado y sus autoridades o representantes es proteger,  respetar y fomentar los derechos humanos.

Esto significa que el estado tiene el deber de asegurar y controlar  que  las leyes estén adaptadas a la protección de los derechos humanos y estén en conformidad con las normas constitucionales  tanto en lo que se refiere a las relaciones entre el estado y el individuo como a las relaciones entre los propios individuos.
Además, cualquier conflicto en relación con estos derechos debe ser presentado
 ante un órgano  judicial competente, imparcial e independiente.

Esta ley promulgada por el Congreso es inconstitucional porque no respeta los derechos fundamentales de las personas establecidos en los diferentes  tratados y convenios internacionales de derechos humanos y garantizados en la Constitución Nacional. En esta ley se ponen en riesgo los siguientes derechos fundamentales:

  1. Derecho a la defensa y al debido proceso
  2. Derecho a la vida
  3. Derecho a un ambiente sano y equilibrado.

El  artículo 1 de la ley promulgada en el Congreso establece: “todos  las  personas  que  hayan  evadido supuestamente  algún  tributo  serán  condenadas  por  tribunales  especiales  y  sin derecho  a  defensa  cuando  el  hecho  de  que  se  les  imputa  esté  relacionado,  de manera  directa  o  indirecta, con  la  evasión  fiscal

En este artículo se produce una violación al derecho a la defensa y a la garantía del debido proceso que son inherentes a todas las personas. En un Estado de Derecho, sólo resulta válido enjuiciar y penar a ciudadanos, en tanto estos tengan una verdadera oportunidad de defenderse de la imputación que los agentes oficiales sostienen en su perjuicio.

Como todas las garantías constitucionales, el derecho a la defensa se erige como una limitación al poder del Estado, y su objetivo  es proteger al individuo sometido a una persecución penal en el caso en que el Estado utilice esa facultad en forma arbitraria.

 

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que “toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”.  

Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha determinado  que el derecho a ser juzgado por tribunales de justicia ordinarios con arreglo a procedimientos legalmente previstos, constituye un principio básico del debido proceso.

El derecho a la defensa también constituye una garantía constitucional estipulada en el artículo 18 de la Constitución Nacional que establece la inviolabilidad de la defensa y el debido proceso. Garantiza la seguridad individual entendiendo como tal la situación de la persona que tiene protegida su libertad frente al poder del estado y frente al accionar de los demás.

El artículo 18 de la Constitución Nacional establece las siguientes garantías:

Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice”

 Por tanto este artículo 1 de la ley promulgada por el Congreso es inconstitucional dado que según el artículo 18 de la Constitución Nacional nadie puede ser penado sin juicio previo, es decir, tiene que haber un debido proceso y todo individuo debe tener la oportunidad de ser oído y juzgado por los jueces establecidos por la ley (Juez natural)

El debido proceso  es la garantía que tienen las personas de acceder a la justicia y obtener de ella una decisión justa y oportuna. Las condiciones necesarias para la validez de la misma son: que sea dictada por un tribunal habilitado para el tema que se debate y que esté garantizada en el proceso la defensa en juicio.

El estado no puede crear tribunales que no apliquen normas procesales debidamente establecidas para sustituir la jurisdicción que corresponda normalmente a los tribunales ordinarios. El debido proceso implica la intervención de un órgano judicial, independiente e imparcial.

Este artículo prohíbe los llamados "tribunales de excepción" o las comisiones especiales; para la Constitución Nacional los ciudadanos deben ser juzgados por el juez natural que es aquel que se encontraba legalmente designado con anterioridad a que ocurrieran los hechos a juzgar (juez de turno).Por lo tanto, la decisión del Congreso en este caso de aplicar una ley que juzgue los delitos de evasión fiscal por tribunales especiales es inconstitucional ya que la Constitución Nacional prohíbe que las personas sean juzgadas por este tipo de medios  sino que deben comparecer ante los sujetos procesales previamente establecidos.

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