CASO DE DERECHO PENAL – ABUSO INFANTIL EN EL ESTADO DE PUEBLA
alejandroap1eApuntes15 de Diciembre de 2021
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TRABAJO DE INVESTIGACIÓN.
CASO DE DERECHO PENAL – ABUSO INFANTIL EN EL ESTAD DE PUEBLA.
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INDICE …………………………………………………………………………………………………………………………………… 1
Delimitación ………………………………………………………………………………………………………………………….. 2
(¿Por qué es importante hablar del tema) …………………………………………………………………………….. 2
(Planteamiento) ……………………………………………………………………………………………………………………. 3
(Justificación) …………………………………………………………………………………………………………………….……. 3
(Hipótesis) ……………………………………………………………………………………………………………………………… 4
(Creación de un organismo o norma, modificación) ………………………………………………………………… 4
(Marco teórico) …………………………………………………………………………………………….………………………... 5
(Marco teórico) …………………………………………………………………………………………….…………………………. 6
(Metodología) ………………………………………………………………………………………………….………….………….. 7
(Introducción) ……………………………………………………………………………………………….……………….………. 7
(Capítulos) ……………………………………………………………………………………………………….…………………….. 8
(Conclusiones) ……………………………………………………………………………………………….……………………… 9
(Fuentes) ……………………………………………………………………………………………………….………………………. 10
(Delimitación)
La presente investigación se analizará con una delimitación temporal de:
3 años, es decir 2018 – 2021.
Una delimitación espacial a nivel estatal, PUEBLA.
(¿Por qué es importante hablar del tema)
Considero importante el abordar este tema de derecho penal ya que tengo interés propio por saber si el castigo es un tanto justo para aquel victimario, además de saber el proceso legal al cual es sometido el agresor.
A nivel estatal este tema de igual manera es relevante ya que el estado de Puebla se conforma por el 31 % de la población total, Los 1 799 744 niños y niñas de 0 a 14 años residen en el estado libre y soberano de Puebla, estos menores de manera conflictiva e injusta de entender son propenso s a sufrir algún abuso sexual, sabemos que los factores los cuales dan pauta y abren posibilidades de que el menor sea abusado, no lo controlan ellos mismos, es decir, ellos no piden estar ahí, en una zona de riesgo o propensa a sufrir algún abuso de este tipo. Por consiguiente, con toda seguridad se convierten en victimas en caso de presentarse un caso de abuso sexual.
(Planteamiento)
Iniciamos la investigación con el siguiente planteamiento, ¿CUÁL ES LA PENA POR EL DELITO DE VIOLACION INFANTIL EN EL ESTADO DE PUEBLA?
(Justificación)
El tema es desarrollado teniendo una base de interés por el saber si los castigos son justos para aquellos que arremetan contra un menor de edad de esta manera.
(Hipótesis)
¿Dónde se origina?
La violación es un hecho aislado, por obvias razones algunas zonas de carácter social pueden ser más propensas a que estos casos se originen.
También depende de un círculo social algunos de estos tienen más riesgo de que alguno de estos Crímenes surja. No hay algún sitio específico donde tengan lugar, incluso pueden darse en su propio hogar escuela o lugares de trabajo de los tutores.
¿Dónde se denuncia?
Se puede denunciar guía telefónica al (55) 30032200.
Se proporcionan los datos necesarios para registrar el trámite y dar seguimiento al mismo cómo datos de investigación del usuario del servicio, Breve relato de la petición o reporte o denuncia que vayas a hacer y ubicación de los hechos
¿Cuáles son las penas o sentenciasen Puebla?
Se castiga con tiempo de reformación al agresor en el estado de Puebla aquellos que comentan hostigamiento sexual a menores de 18 años.
Las nuevas penas señalan de 6 a 8 años de prisión y multas de 1 737 pesos a 43 440 pesos.
Se pretende duplicar está pena para estos casos de delito, Se busca en el estado implementar el extenderlas pena máxima a 20 años de cárcel y de 14 a quién sepa un delito y no denuncie.
Cómo iniciativa de igual manera se pretende imponer multas de $37 752 y $86 880. Además del castigo de prisión.
(Creación de un organismo o norma, modificación)
Para esto se plantea derogar el artículo 201 II Del Código Penal del Estado, si en el crimen se comete violencia física o moral se impone una pena de unos 8 años de prisión mínima.
(Objetivos generales y especifico)
Como objetivo especifico se busca el exigir una pena justa para “intimidar” a los posibles siguientes victimarios, que antes de cometer un crimen como este se ven obligados a afligirse.
El agresor es una persona peligrosa y se busca penar con el suficiente tiempo de corrección para que esta persona sea reformada de manera escruta, siempre tomando en cuenta para el castigo, los antecedentes del agresor.
Como objetivo general se pretende implementar una pena justa para todo aquel agresor de esta índole, además de una reparación de daños digna para la víctima.
(Marco teórico)
- El Congreso del estado de Puebla planteó una reforma al Código Penal para que se permita la castración química contra aquellos que abusen sexualmente de menores de edad.
Para este nuevo proceso, se deberá de reformar los artículos 37, 67, 68, 217 y 272 del Código Penal de Puebla con el fin de castigar la violencia social contra todos los niños.
El diputado Espinosa Torres sugirió que sea la Secretaría de Salud de Puebla quien se ocupe de administrar el tratamiento a los acusados de actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos y sexuales; sin importar si son reales o simulados.
Además de la castración, también se le impondría al responsable de cometer dicho delito de entre siete y 12 años de prisión junto a una multa de 800 a dos mil 500 días de salario mínimo.
Un legislador del PT también propuso que si la persona es familiar del menor se deberá de sancionar con castración química, una condena de cinco a 10 años y una multa de 8 mil 688 a 30 mil 408 pesos, de acuerdo con el artículo 265.
A su vez, para el artículo 272, la iniciativa propuesta por Espinosa Torres señaló que si el abuso se hace a una persona privada de la razón o de sentido, y además, menor de 12 años, se impondrá un tratamiento de inhibición sexual, una condena de 10 a 40 años y una multa de 120 a 200 mil pesos.
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