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Cafes La Virginia


Enviado por   •  7 de Abril de 2014  •  811 Palabras (4 Páginas)  •  822 Visitas

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Derecho Internacional Privado Trabajo Practico: Jerarquia de los Tratados Internacionales y normativa interna en el Ordenamiento Juridico Argentino: Fallo "Cafes La Virginia S.A."

1. Seleccione algun considerando del fallo en que se evidencie la posicion doctrinaria en materia de fuentes. Sobre fuentes, la posicion doctrinaria primigenia de la Corte se ve en los Considerandos 19 y 20 del fallo del voto del Doctor Boggiano, en los cuales sostiene con base en el art. 31 de la Constitucion Nacional, que los tratados poseen igual jerarquia normativa que las leyes nacionales y que, por lo tanto, el país puede modificar unilateralmente los tratados internacionales de los que sea parte, mediante una ley del Congreso. Ademas sostuvo que la tesitura adoptada por la cámara fue sostenida por la Corte donde se afirmó allí que: “ni el art. 31 ni el 100 de la Constitución Nacional atribuyen prelación o superioridad a los tratados respecto de las leyes válidamente dictadas por el Congreso de la Nación. Ambos –leyes y tratados– son igualmente calificados como Ley Suprema de la Nación, y no existe fundamento normativo para acordar prioridad de rango a ninguno”, “Se sigue de lo dicho que rige respecto de ambas clases de normas, en cuanto integrantes del ordenamiento jurídico interno de la República, el principio con arreglo al cual las posteriores derogan a las anteriores". Todo esto fundado tradicionalmente en la doctrina y jurisprudencia norteamericana. En cambio, se evidencia la posicion doctrinaria en el art. 11, que manifiesta textualmente lo siguiente: “Que lo anterior significa que es irrelevante discutir el alcance de la limitación contenida en el art. 665 del Cod. Aduanero pues es un principio implícito que todas las facultades que delega el legislador deberán ejercerse “respetando los convenios internacionales vigentes”. Visto desde otra óptica, la participación del Congreso en el acto complejo fedral que culmina con la aprobación y ratificación de un tratado (art. 75, inc. 22; art. 99, inc. 11, Ley Fundamental), comporta siempre la existencia de una directiva política que queda incorporada en todo acto de delegación y en el ejercicio de la facultad delegada. En conclusión, la res. Ministerial 174/86 constituye en este orden de ideas un acto ilegitimo de ejercicio de atribuciones fuera del marco jurídico de la delegación y ello es definitivo para fundar el rechazo del recurso del Fisco nacional”. 2. En materia de fuentes, ¿cual le parece que es holding del caso "Cafes la Virginia"? 3.¿Cuál de los argumentos planteados le parece más sólido para defender la posición teórica del monismo con preeminencia del derecho internacional? Si tomamos en cuenta que la teoria monista es contraria a la dualista, en cuanto esta sosotiene qe nada tienen en comun los sistemas juridicos nacionales y el orden internacional, es prudente puntualizar que el argumento mas solido para defender

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