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Caso Schuler


Enviado por   •  22 de Junio de 2021  •  Documentos de Investigación  •  1.458 Palabras (6 Páginas)  •  88 Visitas

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CASO SCHULER

Raúl Schuler Gatica es descrito en las noticias como un anticuario. Su fundo ubicado en la comuna de Mostazal es descrito como “un museo” y fue mostrado en revistas de jardines y decoración, incluso fue grabada una película en el lugar.

En el año 2018 se hizo una publicación en un diario de la quinta región, en la que se acompañaban dos fotos de una estatua que había sido robada en Valparaíso, una de antes, y otra del lugar en el que se encontraba actualmente “en manos de desconocidos”

A raíz de esto, se realiza una investigación de meses que desemboca en una solicitud del ministerio público al Juzgado de Garantía de Graneros para realizar una incautación de objetos y documentos en el Fundo Las Casa de la Punta, del cual es propietario Schuler. Esta gestión es autorizada el 23 de noviembre del 2018 y se lleva a cabo el día 25 del mismo mes por parte de la Brigada de Delitos Medioambientales Metropolitana (BRIDEMA). Según los medios, esta gestión se hizo en conjunto con en conjunto con la Fiscalía de Alta Complejidad de Rancagua.

En la incautación fueron encontradas diversas especies, 21 esculturas, 1 cofre de plata, 1 arquilla de plata, 2 candelabros de plata, 3 armas de colección cargadas, 1 rehue, 3 wampo, 20 piezas paleontológicas y 102 objetos de diversas materialidades (cerámica, metal, lítico, textil, madera y osteofauna) de los cuales 65 corresponden a piezas arqueológicas, de las cuales se destacan principalmente 11 estatuas del Cementerio General, del Cerro Santa Lucía y de la Municipalidad de Valparaíso. Además, se destacan piezas de la Iglesia de San Francisco.

El día 21 de diciembre del mismo año se realiza la audiencia de formalización por los hechos constatados en la incautación del Fundo. Se presentan como querellantes el CDE, el Museo de Arte Colonial de San Francisco, el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, la Municipalidad de Valparaíso y la Municipalidad de Santiago. Se excluye al Servicio Nacional de Patrimonio cultural y posteriormente se agrega a la Municipalidad de Recoleta.

Se le formaliza por los delitos de Formalización: delito de los artículos 38 y 38 bis de la ley de monumentos nacionales; 456 bis A del Código Penal y Art. 9° en relación al artículo 2 b) y c) de la Ley N° 17.798 en calidad de autor y en grado consumado, además, se fijan las medidas de arresto domiciliario total y arraigo nacional. Además, se decreta el plazo de investigación por 180 días, que posteriormente es ampliada en 120 días adicionales.

El abogado defensor en dos oportunidades solicita modificar la medida cautelar, en ambas es negada por el JG, ambas son apeladas y en la segunda apelación se concede la solicitud de la defensa y se deja la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno, manteniendo el arresto domiciliario. Cuando se decreta el aumento del plazo de la investigación en el 24 de junio del 2019, se modifican las medidas cautelares a firma quincenal, manteniendo el arraigo nacional

fíjese audiencia de Reformalización de la investigación y Procedimiento Abreviado, el día 27 de noviembre de 2019 a las  10:30 horas. En este, únicamente se agrega el delito de daño patrimonial a blablablá.

Posterior a ello se solicita una audiencia para revisar las medidas cautelares, esta es realizada el 30 de diciembre de 2019 y se modifica la medida cautelar de firma quincenal a firma mensual, en esta audiencia también se desiste de la querella el Museo de Arte Colonial de San Francisco, ya que llega a un acuerdo (se declara nulidad de todo lo obrado). Esto fue muy bullado por la prensa, ya que se comentó mucho en los medios que se había llegado a un acuerdo reparatorio por todas las partes, en la que había devolución de las especies y una compensación de por medio. El ministerio público salió a dar declaraciones al respecto, aclarando que no todas las partes estuvieron de acuerdo y que el proceso seguía su curso.

Con fecha 28 de febrero, se lleva a cabo otra audiencia de reformalización en donde el CDE realiza la solicitud de ampliación de querella, por ñlo tanto, se lleva a cabo una audiencia de reformalización de la investigación con fecha 2 de marzo del año 2020, además, se amplía el plazo de la investigación en 30 días. La reformalización de la investigación es únicamente para una readecuación de los hechos relativos a los cofres de la iglesia. el delito de daños a monumentos nacionales contemplado en el artículo 38 de la Ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

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