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Codigo De Etica De Un Banco


Enviado por   •  23 de Enero de 2013  •  3.422 Palabras (14 Páginas)  •  894 Visitas

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INTRODUCCION

El presente Código de Ética tiene por objeto establecer los valores institucionales, principios, derechos, deberes y prohibiciones éticos que deben regir el desempeño de todo empleado, funcionario, de algún banco, sus locadores de servicios y practicantes, así como el régimen disciplinario en caso de infracción al Código.

La ética y la moral tienen en común el hecho de guardar un sentido eminentemente práctico; sin embargo, la ética es un concepto más amplio y rico que la palabra moral. De esta manera, puede entenderse por moral cualquier conjunto de reglas, valores, prohibiciones y tabúes procedentes desde fuera del hombre, es decir, que le son inculcados o impuestos, mientas que la ética siempre implica una reflexión teórica sobre cualquier moral, una revisión racional y crítica sobre la validez de la conducta humana

Por lo tanto, el comportamiento ético es la base fundamental para el ejercicio de las actividades inherente a la prestación de un buen servicio y en el trabajo orienta conductas profesionalmente correctas, lo que debo hacer y como lo debo hacer, en busca de un bien común.

Con el ánimo de generar un mecanismo de autorregulación, adoptamos un código de ética, como instrumento que permita ser guía de conducta, orientando el eficaz desempeño de los servidores públicos en el ejercicio de servir a los demás.

Basados en los principios, valores y perfil profesional antes descritos, hemos desarrollado un listado básico de preceptos que reflejan nuestro compromiso a todo nivel, es decir, el marco ético dentro del cual desarrollamos nuestro trabajo: con nosotros mismos, con nuestros compañeros de trabajo, con nuestros clientes, con las autoridades y terceros y, finalmente, con la sociedad.

CÓDIGO DE ETICA

Un banco tiene muchas responsabilidades ante la sociedad y al país, se debe comprometer en liderar en forma permanente una política empresarial seria y transparente, guiada por principios de rectitud y honestidad, comprometida con el desarrollo económico bajo un estricto respeto por la ley.

Por eso, el siguiente Código de Ética declara los principios y normas de conducta que buscan guiar la actitud y el comportamiento de los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores de un banco, para que puedan mantener unas excelentes relaciones, con un personal comprometido con el crecimiento y el desarrollo de la institución y del país, mediante la promoción de los principios y el entusiasmo de los valores que hacen engrandecen la persona y nuestra organización.

I. A QUIEN VA DIRIGIDO EL SIGUIENTE CÓDIGO DE ETICA

Este Código de Ética se aplica a todos los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores de cualquier banco.

II. INSTRUCCIONES GENERALES

• VALORES DE LA INSTITUCIÓN

Los valores corporativos de la institución son:

-Integridad: debemos actuar dentro de los más rigurosos principios éticos y legales.

-Transparencia: debemos actuar de manera clara, consistente y oportuna.

-Respeto por las personas: todo el personal debe dar un trato digno a las personas y valorar las diferencias.

-Responsabilidad Social: tenemos que ser un factor de desarrollo de las comunidades en donde estamos presentes.

-Actitud de servicio: todos deben ser amables, oportunos y eficaces en la prestación de nuestros servicios.

-Trabajo en equipo: valoramos y fomentamos el aporte de las personas para el logro de los objetivos comunes.

-Alto desempeño: superamos continuamente nuestras metas y optimizamos el uso de recursos, para crear valor.

-Orientación al cliente: construimos relaciones de largo plazo con nuestros clientes, que son nuestra razón de ser.

-Actitud positiva: disfrutamos de lo que hacemos y estamos en una búsqueda permanente de posibilidades.

-Confianza: generamos credibilidad y manejamos responsablemente la información de nuestros clientes.

• PRINCIPIOS GENERALES

Las reglas de conducta, los códigos y los manuales, no sustituyen el buen criterio, la responsabilidad, el sentido común y la prudencia indispensable para el mejor desempeño de sus funcionarios en la actividad que desarrollan, pero obviamente sus disposiciones son de obligatorio cumplimiento.

Todos los negocios, operaciones y actividades que realicen los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores del banco en su nombre, deberán estar regidos por los principios éticos establecidos en el presente código.

En la medida en que todos los destinatarios del código sean conscientes de sus responsabilidades y de sus obligaciones morales, legales y laborales, y las practiquen, se puede afirmar que se estará cumpliendo con los deberes frente a la comunidad, la empresa y el país, y la única forma de hacerlo será guiándose por el camino de un negocio honesto y transparente.

Los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores del banco estarán obligados en todas sus actuaciones a:

a. Obrar con buena fe, con lealtad y con diligencia y cuidado, velando permanentemente por el respeto de las personas y el cumplimiento de la ley, y dando prioridad en sus decisiones a los principios y valores del banco.

b. No intervenir en situaciones que permitan o faciliten actos incorrectos, incluyendo aquellos que puedan utilizarse para confundir o sorprender la buena fe de terceros o usarse en forma contraria a los intereses del banco, tales como publicidad tendenciosa, espionaje industrial, incumplimiento de obligaciones laborales, comerciales, sociales y demás (no ser cómplice de un acto incorrecto)

c. Comunicar inmediatamente a sus superiores todo el hecho, falta o irregularidad cometida por parte de otra persona, que afecte incorrectamente los intereses del banco, de sus clientes y sus clientes. Si el empleado prefiere conservar el anonimato para comunicar dicho hecho, puede hacerlo a través de una línea especial creada por el banco.

• Cuando se presenten conflictos de interés u opiniones, se debe evitar:

a. Participar en actividades que vayan en contra de la ley, los intereses del Banco o que puedan perjudicar el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades o afectar la reputación de la institución.

b. Aprovecharse de su puesto de directivo, empleado, funcionario o colaborador del banco para obtener beneficios, para el mismo o para otros, relacionados con los productos o servicios que presta el banco, ni para obtener beneficios personales de proveedores, contratistas, clientes o usuarios.

d. Participar en actividades externas que interfieran con el horario de trabajo, con su rendimiento o con el cumplimiento de sus labores (solo si es autorizado por el banco).

• Prevenir y Controlar el Lavado de Activos

Deberán asegurar el cumplimiento de las normas encaminadas a prevenir y controlar el lavado de activos, por lo que tienen que tener claro que deben:

a. Cuidar que todos los clientes vinculados al banco reúnan requisitos de calidad y carácter tales que haya siempre una integridad moral reconocida y una actividad transparente (que la capacidad de dinero que tengan los clientes en el banco tiene que ser concordante con su actividad y con los movimientos u operaciones que realicen en la institución).

b. Cuando se conozca información sobre la actividad sospechosa de un cliente o usuario, la persona que se dio cuenta de esto debe avisar inmediatamente a supervisores o funcionarios de mayor nivel con el fin de unificar el criterio, prevenir consecuencias perjudiciales y enviar los reportes del caso a la autoridad que se debe.

c. Anteponer la observancia de los principios éticos al logro de las metas comerciales, considerando que es primordial generar una cultura orientada a cumplir y hacer cumplir las normas establecidas para la prevención y detección del lavado de activos.

(Los empleados, funcionarios y colaboradores del Banco que intervengan en la autorización, ejecución y revisión de las operaciones deberán utilizar los mecanismos e instrumentos establecidos por el banco para esos casos, por lo que no podrán juzgar la situación de forma personal)

• Confidencialidad

a) Deberán mantener la debida reserva sobre los documentos de trabajo y la información confidencial que esté a su cuidado. Por lo tanto, se debe controlar y evitar que en cualquiera de las peticiones del banco se haga uso indebido de la información o que la misma sea conocida por personas que no tengan autorización para ello.

b) No revelarán ni transferirán a personas que no se deben las tecnologías, metodologías, y secretos de la institución, comerciales o estratégicos del banco, sus clientes o proveedores, a los que haya tenido acceso con ocasión de su cargo.

• Uso Adecuado de Recursos

Deben de dar el uso adecuado y racional el tiempo (ya que el tiempo es dinero), los muebles, las herramientas, los equipos y demás elementos de trabajo propiedad del banco.

• Divulgación de la Información

Toda la divulgación de información a clientes y usuarios, autoridades y accionistas, incluidos los resultados, la situación financiera, la composición accionaria, así como la información de cuentas y operaciones de clientes, deberá realizarse de manera oportuna, completa, precisa y clara.

RELACIONES CON TERCEROS

• Relación con las Autoridades

Las relaciones del banco con el gobierno y con las demás autoridades públicas deberán conducirse dentro del marco de la ley y bajo los principios descritos en el presente código de ética.

• Relación con los Clientes

Los destinatarios de este código NO pueden realizar negocios con personas de las cuales se tenga conocimiento que observan un comportamiento contra las leyes. Al igual deberán expresar claramente a los clientes las condiciones de las operaciones, así se hace posible que los clientes conozcan en su integridad los productos y servicios, así como las obligaciones recíprocas que se generan en toda actividad comercial.

• Relación con los Proveedores

Deberá fundamentarse la elección y contratación de proveedores en criterios técnicos, profesionales, éticos y en las necesidades del banco, conduciéndolas por medio de procesos que garanticen la mejor relación costo beneficio, tales como el conocimiento del proveedor, la evaluación del mismo y la cotización de precios.

• Relación con los Competidores

Se mantendrá una competencia leal como elemento básico en todas las operaciones y relaciones con otros bancos e instituciones del mercado financiero de acuerdo con los principios de la sana competencia. En ningún caso deberán hacer comentarios que puedan afectar la imagen de los competidores o contribuir para la divulgación de rumores sobre los mismos.

• Relaciones en el Ambiente de Trabajo

Las relaciones en el ambiente de trabajo deberán enmarcarse bajo la cortesía y el respeto. Así mismo, deberán buscar que predomine el espíritu de colaboración, trabajo en equipo y lealtad, dando estricto cumplimiento a las normas señaladas por el presente código de ética.

• Regalos e Invitaciones

Los intereses comerciales del banco serán mejor servidos cuando sus decisiones comerciales estén basadas en criterios comerciales y profesionales, pero no influidos por factores tales como regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos tendientes a obtener resultados para los trabajadores, amigos o familiares.

En consecuencia, los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores del banco no pueden dar, ofrecer o aceptar, regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos en desarrollo de las actividades realizadas en el banco que puedan influir en sus decisiones para facilitar negocios u operaciones en beneficio propio o de terceros.

(Solo se puede cuando son regalos o invitaciones publicitarias que hagan parte del giro ordinario de los negocios y que tengan un objetivo comercial definido, tales como lapiceros, agendas, discos, etc., por valores de mínimo costo, o atenciones (comidas de negocios) de costos moderados.)

IV. CONTROL INTERNO Y PREVENCIÓN DE ACTOS INCORRECTOS

El banco tiene el propósito de mejorar sus utilidades mediante la administración proactiva de todos los tipos de riesgos al que está expuesto el banco. Por eso, los empleados, directivos, funcionarios y colaboradores deben tener una actitud preventiva, identificando los riesgos en los procesos a su cargo.

Por eso, deben realizar los esfuerzos necesarios para ejercer control en la totalidad de las operaciones y negocios a su cargo, de acuerdo con la ley y las mejores prácticas administrativas y comerciales. Estos procedimientos deben ser revisados de manera permanente a la luz de los cambios en el medio y en el ambiente de trabajo.

Los empleados, directivos, funcionarios y colaboradores deben velar porque los controles definidos por el banco sean cumplidos a todos momentos.

Los empleados, directivos, funcionarios y colaboradores tienen el deber de comunicar a al área de riesgos y a la auditoría interna, cualquier debilidad en los controles o potencial falla del sistema de control, tales como la indebida segregación de funciones y la instalación de nuevos sistemas y programas que no cumplen con los estándares de seguridad.

A las personas que se le aplican este código deben comprender la legislación, la regulación concordante y en general la normatividad externa e interna que están obligados a cumplir en sus áreas de trabajo.

Adicionalmente, deben asumir su responsabilidad por los bienes, recursos y procesos que son encomendados bajo su cargo.

Cualquier sospecha de actos incorrectos deben reportarse inmediatamente por los canales dispuestos para ello por el banco, y debe colaborarse con las eventuales investigaciones del banco y de las autoridades, contestando sus requerimientos con la totalidad de los hechos y la verdad, en cumplimiento del deber legal que compete a todo ciudadano.

¿QUE ES UN ACTO INCORRECTO?

Se entiende por acto incorrecto el incumplimiento de las normas legales y de las disposiciones generales y particulares de este código, así como cualquier intento o actuación de un empleado, directivo, funcionario o colaborador del banco de obtener un provecho indebido para sí mismo o para otras personas, abusando de su posición, y aquellos que puedan utilizarse para confundir o sorprender la buena fe de terceros o usarse en forma contraria a los intereses legítimos del banco. Los actos incorrectos pueden involucrar a clientes, proveedores, representantes, competidores, empleados, ex empleados y directivos.

• Usurpación indebida de recursos, incluida la propiedad intelectual y la información. En esta categoría se incluyen, entre otros:

o Hurto en sus distintas clasificaciones

o Abuso de confianza

o Desviación o uso indebido de información privilegiada

o Defraudación de diferente de recursos

• Defraudación de activos: se define como el acto intencional de disponer de los activos de la institución o aquellos por los cuales ésta persona sea responsable, en beneficio de el mismo o de otras personas; y que cause una distorsión de los estados financieros

o Apropiación física de bienes, sin la respectiva autorización

o Apropiación de dinero, títulos representativos de valor o similares (así sea de manera temporal).

o Realización de gastos no autorizados (ya sea para la persona, familiares o amigos).

(En general, toda apropiación, desviación o uso de los bienes de propiedad o bajo responsabilidad de la entidad para ser destinados a fines diferentes de aquellos para los cuales hayan sido específicamente adquiridos o recibidos.)

• Corrupción: definida como el requerimiento o aceptación, ofrecimiento u otorgamiento, por o hacia un empleado, directivo, funcionario o colaborador del banco, de cualquier objeto de valor u otros beneficios como favores, promesas o ventajas de cualquier clase para sí mismo o para otra persona, a cambio de la realización u omisión de cualquier acto relacionado con su trabajo como:

o Aceptar un beneficio personal o para terceros y que influencie alguna decisión administrativa.

o Cualquier pago hecho a un empleado de parte de un proveedor a cambio de un tratamiento favorable.

o Aceptación de dádivas, regalos e invitaciones de cualquier manera con personas con las que el banco este haciendo negocios.

o Sobornos a empleados por realizar una determinada acción u omitir una actuación.

• Falsos reportes o reportes incorrectos: normalmente distorsionan la realidad del desempeño del trabajo. Incluye la supresión de información material y otros casos como:

o Suministro de información falsa para encubrir desempeño deficiente o para acceder a bonificaciones.

o Utilizar falsos reportes para engañar a inversionistas, entidades financieras o terceros en general.

o Manipulación de estados financieros.

• Manipulación de estados financieros: se define como la producción, alteración o supresión deliberada de registros, hechos de tal forma que se distorsionen los estados financieros.

Dicha manipulación comprende:

o El acto de diferir el registro de ingresos, para disminuir los resultados de un período.

o El acto de diferir o registrar un egreso, en fecha diferente al de su causación, con el propósito de mejorar los resultados de un período.

o La creación de transacciones con proveedores o acreedores falsos.

o La manipulación de saldos de cuentas del activo y pasivo.

o El traslado periódico de obligaciones reales o ficticias, de un acreedor o deudor a otro, real o ficticio, con el propósito de falsear la realidad de los saldos de cartera, cuentas por cobrar, cuentas por pagar y otros activos o pasivos.

En general, toda manipulación contable de la realidad financiera de la entidad.

• Incumplimiento de obligaciones legales. Por ejemplo:

o Presentación de falsos reportes de cumplimiento de regulaciones legales

o Ocultamiento deliberado de violaciones legales

o Ocultamiento de errores contables

• Abuso tecnológico, incluyendo el acceso no autorizado a sistemas de cómputo, violación de licencias de software, implantación de virus u otro código dañino, o cualquier tipo de sabotaje, como:

o Acceso o divulgación no autorizado de archivos electrónicos

o Uso indebido de él internet

o Destruir o distorsionar información clave o confidencial para el banco

Todos los empleados, incluyendo los de las empresas que contrata el banco, tienen la obligación de reportar cualquier sospecha o evidencia de la realización de un acto incorrecto, inmediatamente.

Este reporte deberá entregarse a la gente encargada tales como a la auditoría interna, o al área de gestión humana, o utilizando la línea directa de reporte creada por el banco (Línea Ética), en la que podrá conservarse el anonimato. Lo anterior, sin daño del derecho de formular las denuncias de sospechas de actos ilegales ante las autoridades. El banco estará agradecido y respaldará a los empleados que de buena fe hagan estos reportes.

La gente encargada investigara cuidadosamente estos hecho denunciados para poder tomar acción contra las personas responsables de estos actos incorrectos, sin importar que cargo tengan.

El resultado de la investigación será trasladado a personas encargadas internas, para que se tomen las acciones que correspondan, incluyendo el despido y las denuncias a las autoridades cuando sea del caso, y la recuperación de los daños y perjuicios a través de los procesos legales, y cuando sea posible, reteniendo su valor de las prestaciones y beneficios a su favor.

Responsabilidades

Corresponde al presidente del banco estar al tanto de las cifras de cada uno de los productos o procesos, y evaluar los planes de acción para aminorar los riesgos identificados.

El banco tiene una junta directiva que hará seguimiento periódico del estado de la siniestralidad y de los actos incorrectos, y las acciones tomadas para su prevención, mitigación y control, e incluirá el informe correspondiente en su reporte anual a los accionistas.

Adicionalmente, cualquier persona en cualquier circunstancia que considere que el Banco no actúa respecto de una denuncia conforme a lo aquí expresado, deberá indicarlo a un comité especial para ese tipo de casos.

V.SANCIONES

Todo los directivos, empleados, funcionarios o colaboradores del banco que voluntariamente o con culpa grave incurran en conductas que violen los principios éticos y las normas consagradas en el presente código, serán sancionados de acuerdo con lo previsto en la ley y en el reglamento interno de trabajo del banco.

Ello incluye el comportamiento incorrecto en el tratamiento de situaciones de riesgo y debilidades en el sistema de control, así como el encubrimiento de cualquier señal de acto incorrecto, obstaculización de procesos investigativos, denuncias falsas, temerarias o malintencionadas, o aquellas hechas para obtener beneficio personal o a favor de terceros, malos tratos o censura a compañeros de trabajo que cumplan con su deber de reporte, y omisiones graves en la implementación de los planes de mitigación de actos incorrectos.

VI. COMITÉ DE ETICA

El Banco contará con un comité de ética que estará conformado por una secretaria general, la vicepresidencia de gestión humana y la vicepresidencia administrativa. El Comité tendrá la finalidad de evaluar la aplicación de este código, así como determinar las acciones necesarias para la divulgación y fortalecimiento de los más elevados estándares de conducta ética dentro del banco, velando por la actualización del presente Código de Ética.

VII. ACTUACIÓN DEL COMITÉ DE ETICA

Este Código contiene unos lineamientos generales que permitirán evaluar gran parte de las situaciones a las que se podría enfrentar los destinatarios del presente código, pero no detalla necesariamente todos los problemas que pueden surgir en su día a día. De este modo, eventualmente, podrán surgir dudas sobre cuál es la conducta más correcta que debe ser adoptada, casos en los cuales se deberá comunicar al superior jerárquico o al Comité de Ética antes de tomar cualquier decisión.

Conclusion

El presente Código de Ética Profesional se aplica a todos los miembros del Estudio, sin importar su posición o función. En tal sentido, promovemos su aplicación en nuestra actividad diaria. Si algún miembro del Estudio tienen una duda sobre la aplicación o interpretación del Código, debe acudir a algún compañero debidamente calificado para su solución o remitir su consulta al Comité de Ética. Es de esperar, pues, que los miembros del Estudio cumplan lo dispuesto en el presente documento, advirtiendo que su incumplimiento, especialmente en temas que involucren actos inmorales o ilegales, puede acarrear la justa separación del infractor, en concordancia con las leyes laborales peruanas. Finalmente, el Estudio se compromete a no discriminar ni a sancionar a quien denuncie la comisión de actos inmorales o ilegales dentro de la firma, el cual puede recurrir para estos efectos al Comité de Ética, a cada Jefe de Equipo, a alguno de los socios del Estudio o al Administrador. Quien reciba la denuncia, a su vez, se encuentra obligado a transmitirla al Comité de Ética.

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