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Codigo De Etica De Un Banco

23 de Enero de 2013

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INTRODUCCION

El presente Código de Ética tiene por objeto establecer los valores institucionales, principios, derechos, deberes y prohibiciones éticos que deben regir el desempeño de todo empleado, funcionario, de algún banco, sus locadores de servicios y practicantes, así como el régimen disciplinario en caso de infracción al Código.

La ética y la moral tienen en común el hecho de guardar un sentido eminentemente práctico; sin embargo, la ética es un concepto más amplio y rico que la palabra moral. De esta manera, puede entenderse por moral cualquier conjunto de reglas, valores, prohibiciones y tabúes procedentes desde fuera del hombre, es decir, que le son inculcados o impuestos, mientas que la ética siempre implica una reflexión teórica sobre cualquier moral, una revisión racional y crítica sobre la validez de la conducta humana

Por lo tanto, el comportamiento ético es la base fundamental para el ejercicio de las actividades inherente a la prestación de un buen servicio y en el trabajo orienta conductas profesionalmente correctas, lo que debo hacer y como lo debo hacer, en busca de un bien común.

Con el ánimo de generar un mecanismo de autorregulación, adoptamos un código de ética, como instrumento que permita ser guía de conducta, orientando el eficaz desempeño de los servidores públicos en el ejercicio de servir a los demás.

Basados en los principios, valores y perfil profesional antes descritos, hemos desarrollado un listado básico de preceptos que reflejan nuestro compromiso a todo nivel, es decir, el marco ético dentro del cual desarrollamos nuestro trabajo: con nosotros mismos, con nuestros compañeros de trabajo, con nuestros clientes, con las autoridades y terceros y, finalmente, con la sociedad.

CÓDIGO DE ETICA

Un banco tiene muchas responsabilidades ante la sociedad y al país, se debe comprometer en liderar en forma permanente una política empresarial seria y transparente, guiada por principios de rectitud y honestidad, comprometida con el desarrollo económico bajo un estricto respeto por la ley.

Por eso, el siguiente Código de Ética declara los principios y normas de conducta que buscan guiar la actitud y el comportamiento de los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores de un banco, para que puedan mantener unas excelentes relaciones, con un personal comprometido con el crecimiento y el desarrollo de la institución y del país, mediante la promoción de los principios y el entusiasmo de los valores que hacen engrandecen la persona y nuestra organización.

I. A QUIEN VA DIRIGIDO EL SIGUIENTE CÓDIGO DE ETICA

Este Código de Ética se aplica a todos los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores de cualquier banco.

II. INSTRUCCIONES GENERALES

• VALORES DE LA INSTITUCIÓN

Los valores corporativos de la institución son:

-Integridad: debemos actuar dentro de los más rigurosos principios éticos y legales.

-Transparencia: debemos actuar de manera clara, consistente y oportuna.

-Respeto por las personas: todo el personal debe dar un trato digno a las personas y valorar las diferencias.

-Responsabilidad Social: tenemos que ser un factor de desarrollo de las comunidades en donde estamos presentes.

-Actitud de servicio: todos deben ser amables, oportunos y eficaces en la prestación de nuestros servicios.

-Trabajo en equipo: valoramos y fomentamos el aporte de las personas para el logro de los objetivos comunes.

-Alto desempeño: superamos continuamente nuestras metas y optimizamos el uso de recursos, para crear valor.

-Orientación al cliente: construimos relaciones de largo plazo con nuestros clientes, que son nuestra razón de ser.

-Actitud positiva: disfrutamos de lo que hacemos y estamos en una búsqueda permanente de posibilidades.

-Confianza: generamos credibilidad y manejamos responsablemente la información de nuestros clientes.

• PRINCIPIOS GENERALES

Las reglas de conducta, los códigos y los manuales, no sustituyen el buen criterio, la responsabilidad, el sentido común y la prudencia indispensable para el mejor desempeño de sus funcionarios en la actividad que desarrollan, pero obviamente sus disposiciones son de obligatorio cumplimiento.

Todos los negocios, operaciones y actividades que realicen los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores del banco en su nombre, deberán estar regidos por los principios éticos establecidos en el presente código.

En la medida en que todos los destinatarios del código sean conscientes de sus responsabilidades y de sus obligaciones morales, legales y laborales, y las practiquen, se puede afirmar que se estará cumpliendo con los deberes frente a la comunidad, la empresa y el país, y la única forma de hacerlo será guiándose por el camino de un negocio honesto y transparente.

Los directivos, empleados, funcionarios y colaboradores del banco estarán obligados en todas sus actuaciones a:

a. Obrar con buena fe, con lealtad y con diligencia y cuidado, velando permanentemente por el respeto de las personas y el cumplimiento de la ley, y dando prioridad en sus decisiones a los principios y valores del banco.

b. No intervenir en situaciones que permitan o faciliten actos incorrectos, incluyendo aquellos que puedan utilizarse para confundir o sorprender la buena fe de terceros o usarse en forma contraria a los intereses del banco, tales como publicidad tendenciosa, espionaje industrial, incumplimiento de obligaciones laborales, comerciales, sociales y demás (no ser cómplice de un acto incorrecto)

c. Comunicar inmediatamente a sus superiores todo el hecho, falta o irregularidad cometida por parte de otra persona, que afecte incorrectamente los intereses del banco, de sus clientes y sus clientes. Si el empleado prefiere conservar el anonimato para comunicar dicho hecho, puede hacerlo a través de una línea especial creada por el banco.

• Cuando se presenten conflictos de interés u opiniones, se debe evitar:

a. Participar en actividades que vayan en contra de la ley, los intereses del Banco o que puedan perjudicar el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades o afectar la reputación de la institución.

b. Aprovecharse de su puesto de directivo, empleado, funcionario o colaborador del banco para obtener beneficios, para el mismo o para otros, relacionados con los productos o servicios que presta el banco, ni para obtener beneficios personales de proveedores, contratistas, clientes o usuarios.

d. Participar en actividades externas que interfieran con el horario de trabajo, con su rendimiento o con el cumplimiento de sus labores (solo si es autorizado por el banco).

• Prevenir y Controlar el Lavado de Activos

Deberán asegurar el cumplimiento de las normas encaminadas a prevenir y controlar el lavado de activos, por lo que tienen que tener claro que deben:

a. Cuidar que todos los clientes vinculados al banco reúnan requisitos de calidad y carácter tales que haya siempre una integridad moral reconocida y una actividad transparente (que la capacidad de dinero que tengan los clientes en el banco tiene que ser concordante con su actividad y con los movimientos u operaciones que realicen en la institución).

b. Cuando se conozca información sobre la actividad sospechosa de un cliente o usuario, la persona que se dio cuenta de esto debe avisar inmediatamente a supervisores o funcionarios de mayor nivel con el fin de unificar el criterio, prevenir consecuencias perjudiciales y enviar los reportes del caso a la autoridad que se debe.

c. Anteponer la observancia de los principios éticos al logro de las metas comerciales, considerando que es primordial generar una cultura orientada a cumplir y hacer cumplir las normas establecidas para la prevención y detección del lavado de activos.

(Los empleados, funcionarios y colaboradores del Banco que intervengan en la autorización, ejecución y revisión de las operaciones deberán utilizar los mecanismos e instrumentos establecidos por el banco para esos casos, por lo que no podrán juzgar la situación de forma personal)

• Confidencialidad

a) Deberán mantener la debida reserva sobre los documentos de trabajo y la información confidencial que esté a su cuidado. Por lo tanto, se debe controlar y evitar que en cualquiera de las peticiones del banco se haga uso indebido de la información o que la misma sea conocida por personas que no tengan autorización para ello.

b) No revelarán ni transferirán a personas que no se deben las tecnologías, metodologías, y secretos de la institución, comerciales o estratégicos del banco, sus clientes o proveedores, a los que haya tenido acceso con ocasión de su cargo.

• Uso Adecuado de Recursos

Deben de dar el uso adecuado y racional el tiempo (ya que el tiempo es dinero), los muebles, las herramientas, los equipos y demás elementos de trabajo propiedad del banco.

• Divulgación de la Información

Toda la divulgación de información a clientes y usuarios, autoridades y accionistas, incluidos los resultados, la situación financiera, la composición accionaria, así como la información de cuentas y operaciones de clientes, deberá realizarse de manera oportuna, completa, precisa y clara.

RELACIONES CON TERCEROS

• Relación con las Autoridades

Las relaciones del banco con el gobierno y con las demás autoridades públicas deberán conducirse dentro del marco de la ley y bajo los principios descritos en el presente código de ética.

• Relación con los Clientes

Los

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