ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Creación del servicio de sanidad vegetal en la implementacion del vivero municipal


Enviado por   •  18 de Abril de 2024  •  Biografías  •  5.524 Palabras (23 Páginas)  •  9 Visitas

Página 1 de 23

[pic 2][pic 3][pic 4][pic 5][pic 6][pic 1]

TÉRMINOS DE REFERENCIA

CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONSULTORIA EN GENERAL DE UN (01) ARQUEOLOGO PARA

EL PLAN DE MONITOREO ARQUEOLÓGICO Y TASAS DE LA OBRA: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SANIDAD VEGETAL EN LA IMPLEMENTACION DEL VIVERO MUNICIPAL EN EL DISTRITO DE LLUMPA DE LA PROVINCIA DE MARISCAL LUZURIAGA DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH”, con código único de inversiones N°2613866.

1.        ANTECEDENTES

El proyecto denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SANIDAD VEGETAL EN LA IMPLEMENTACION DEL VIVERO MUNICIPAL EN EL DISTRITO DE LLUMPA DE LA PROVINCIA DE MARISCAL LUZURIAGA DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH”, con código único de inversiones N°2613866. Presenta como antecedente la inversión a nivel de ficha técnica para proyectos de inversión, donde se aprobó la incorporación al plan operativo y presupuesto institucional 2024 de la municipalidad distrital de Llumpa con el código único de inversiones 2613866 referido a la elaboración del expediente técnico, el cual será financiado con cargo a los ingresos del año 2024. El proyecto citado cuenta con viabilidad otorgada por la unidad formuladora de la municipalidad distrital de Llumpa.

Consideraciones generales.

Nombre                        :        Municipalidad Distrital de Llumpa

RUC N°                        :        20218480269

Domicilio Legal                :        Jr. Justiniano Roca S/N - Llumpa – Mariscal Luzuriaga -                                                                                                                                                     Ancash.                                 (En adelante LA ENTIDAD).

Área usuaria        :        Gerencia de Desarrollo Económico, Servicios Públicos y Gestión Ambiental.

Modalidad                :        Administración Directa

El Consultor                :        Responsable de la elaboración del expediente técnico

La Supervisión                :        Servicio de Consultoría de Obra de personería natural o jurídica

                                                         Contratada para la supervisión de Obra.                                                                                                              

Arqueólogo                :        Persona natural o jurídica contratada por LA ENTIDAD

                                                         

ACOP                         :        Administradores de Contratos de Obras Públicas, es el responsable de    

                                                   la verificación del cumplimiento del servicio de ejecución de obra,

                                                   supervisión de obra y Plan de Monitoreo Arqueológico.

  1. DENOMINACION DE LA CONTRATACION

Selección y contratación de profesional y/o empresa para servicio de Elaboración y Gestión de Plan de Monitoreo Arqueológico de la obra:

  1. FINALIDAD PUBLICA

El Plan de Monitoreo Arqueológico tiene como finalidad evitar la afectación de posibles sitios Arqueológicos o cualquier otro resto arqueológico identificados en el trazo de los trabajos a ejecutarse, insertándose en el Estudio de Impacto Ambiental para la Ejecución de la Obra.

  1. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El servicio de Elaboración y Gestión de Plan de Monitoreo Arqueológico por contrato, menores a 8 UIT.

  1. ANTECEDENTES

La Municipalidad Distrital de Llumpa, prevé la contratación de servicios indicados en el Asunto de acuerdo a las condiciones y requisitos mínimos establecidos en los Términos de Referencia, adjuntos por invitación para seleccionar al consultor, Persona Natural o Jurídica con el objeto de contratar los servicios de Consultaría para la ELABORACION DEL PLAN DE MONITOREO (PMAR).

  1. MARCO LEGAL

Todas las actividades diseñadas y propuestas indicadas, consideran las normas vigentes de Protección de Patrimonio Cultural de la Nación, reseñándose aquí sólo aquellas directamente relacionadas a los servicios materia de la presente propuesta:    

  • Constitución Política del Perú de 1993.
  • Ley N° 28296. “Ley General de Patrimonio Cultural”.
  • Decreto Legislativo N° 635. “Código Penal del Perú”.
  • Ley de Creación del Ministerio de Cultura – Ley N° 29565 del 22.07.2010. Ley de creación de Ministerio de Cultura como organismo encargado de todo lo referido al Patrimonio Cultural de la Nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales, así como la pluralidad étnica y cultural de la Nación
  • Ley del Procedimiento Administrativo General- ley 27444 del 21.03.2001
  • Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación -ley 28296 del 21.0l.2004
  • Ley de Creación del Ministerio de Cultura -ley N" 29565 del 22.0l.2010
  • Aprueban disposiciones especiales para ejecución de procedimientos Administrativos,
  • Decreto Supremo N" 054-2013-PCM del 16.06.2013
  • Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, Decreto Supremo N" 0052013-MC del 20.06.2013
  • Aprueban alcances del concepto infraestructura preexistente, para efecto de Los dispuesto en el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto Supremo N" 054-2013-PCM, Resolución Ministerial N" 253-2014-MC del 06.08.2014.
  • Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, Decreto Supremo N" 003-2014-MC del 03.10.2014.

  1. OBJETIVOS DE LA CONTRATACION

  1. OBJETIVO GENERAL
  • Evitar la afectación de posibles Sitios Arqueológicos o cualquier otro resto arqueológico identificados en el trazo de los trabajos a ejecutarse, insertándose en el Estudio de Impacto Ambiental para la Ejecución de la Obra.
  1. OBJETIVOS ESPECIFICOS
  • De producirse un hallazgo fortuito durante la ejecución del Plan de Monitoreo Arqueológico, realizar la recolección sistemática de materiales arqueológicos; para la datación y fechado.
  • Establecer las medidas de mitigación ante la presencia de evidencia cultural dentro del área de ejecución de la obra y el Consultor deberá especificar las ocurrencias y labores del Plan de Monitoreo Arqueológico desarrollados en el Cuaderno de Obra.
  • Suspender las labores de ingeniería de manera temporal en aquellas áreas en la que se registre restos arqueológica de manera fortuita, para identificar su carácter cultural y medidas de mitigación.
  • Establecerá una descripción arqueológica del área del proyecto de evaluacion Arqueológico (PEA) y aprobación de la Resolución de Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA) por lo que se gestionará de la siguiente manera:
  • Visita a los terrenos para descartar o confirmar presencia de evidencias arqueológicas, para el caso de los terrenos será necesario lo siguiente:
  • Terreno propuesto para el: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SANIDAD VEGETAL EN LA IMPLEMENTACION DEL VIVERO MUNICIPAL EN EL DISTRITO DE LLUMPA DE LA PROVINCIA DE MARISCAL LUZURIAGA DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH”, con código único de inversiones N°2613866, de disposición final – Aprobación de la  Resolución de Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA)
  • Acompañamiento a los representantes del Ministerio de Cultura durante la inspección in situ durante la evaluacion del proyecto de evaluacion arqueológica para su aprobación y obtención de la aprobación de la Resolución de Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA).
  • El servicio incluye los pagos TUPA ante el Ministerio de Cultura, según corresponda de los terrenos de intervención a realizar para la autorización del proyecto de evaluacion arqueológico y la aprobación de la Resolución de Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA).
  • Subsanar las observaciones que pudieran presentarse durante el trámite hasta la aprobación de la Resolución de Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA)
  • Participación en reuniones de trabajo y coordinación con los equipos técnicos de la Municipalidad Distrital de Llumpa, la oficina del área de Ejecución de Obras y Supervisión, EL CONTRATISTA y el SUPERVISOR.
  1. ALCANCE Y DESCRIPCION DEL SERVICIO
  1. ACTIVIDADES

El profesional y/o empresa debe encargarse de:

  • Elaboración de Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA) del proyecto de referencia, el cual debe contener los siguientes lineamientos establecidos en la noma correspondiente:

Capitulo I.  Generalidades

  1. Ubicación                                                                
  2. Condiciones Ambientales                                        
  3. Vías De Acceso                                                                
  4. Descripción y características de la Obra Civil Ejecutada        

        

Capitulo II. Objetivos Del Plan de Monitoreo Arqueológico De Obras

  1. Objetivos                                                                        

Capitulo III. Antecedentes Históricos

  1. Antecedentes                                                                        

Capitulo IV. Plan de Trabajo

  1. Personal Profesional y Técnico                                                
  2. Fases del Monitoreo Arqueológico                                        
  3. Cronograma de Trabajo                                                
  4. Sustentación Profesional y técnica de la viabilidad de los trabajos de

           Monitoreo Arqueológico                                                                        

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (27.6 Kb)   pdf (1.4 Mb)   docx (932 Kb)  
Leer 22 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com