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Crisis de la contratacion estatal colombiana


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2015  •  Síntesis  •  5.473 Palabras (22 Páginas)  •  999 Visitas

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LA CRISIS EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL EN COLOMBIA

RAFAEL OJEDA RUIZ

EDUARDO PERTUZ

UNIVERSIDAD DEL ATLÁNTICO

FACULTAD DE ARQUITECTURA

SÉPTIMO SEMESTRE

BARRANQUILLA / ATLÁNTICO

28 DE MAYO DEL 2014

CONTENIDO

  1. INTRODUCCION………… ………………………….……………..……   3
  2. ¿QUE ES CONTRATACION ESTATAL?............................................  4
  3. HISTORIA DE LA CONTRATACION ESTATAL EN COLOMBIA.......  5
  4. CRISIS DE LA CONTRATACION ESTATAL EN COLOMBIA........….. 9
  5. ACTORES DE LA CRISIS EN COLOMBIA…………………............... 12
  6. RESPONSABLIDADES EN LA CRISIS DE LA CONTRATACION.... 13
  1. .    RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
  1. RESPONSABILIDAD DEL SERVIDOR PÚBLICO
  2. RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR
  3. RESPONSABILIDAD DEL INTERVENTOR
  1. ESTATUTO ANTICORRUCCION……………………………..….…... 17
  2. CONCLUSION……………………………………….………………….  22
  3. BIBLIOGRAFIA……………………………………………………….…  23

INTRODUCCION

La contratación estatal es una de las formas que permite el desarrollo en el país en diversos campos, además de ser una herramienta compleja, pero a su vez compuesta de preceptos orientadores que van de la mano con nuestra constitución, la cual determina que la función administrativa, que está al servicio de los intereses generales, se debe desarrollar con fundamento en los principios de equidad, eficacia, economía, celeridad y rectitud, pero está, se ha vista envuelta por escándalos de diversas índoles, en que la corrupción es el factor dominante y que sume al estado en un momento de crisis, lesionando su economía y la moral de la sociedad. Pero no solo es un efecto que se desenvuelve a nivel nacional, sino que es un fenómeno mundial, que se propicia en cualquier país del mundo así sea mínimamente, pero que tiene efectos graves en la economía y el desarrollo de cualquier colectividad.

En este trabajo se plantea desde una visión analítica, crítica y conceptual, la crisis de la contratación estatal en el país; se analiza este fenómeno desde un enfoque normativo, socioeconómico y el impacto que genera. Iniciando desde el termino general, hasta llegar a los autores y las responsabilidades de estos en la crisis de la contratación estatal en Colombia.

2. EL CONTRATO ESTATAL

Antes de procurar saber que es un contrato estatal como tal, primero debemos saber que es un contrato, por lo tanto se denomina a este como un acuerdo de dos o más voluntades con el fin de crear obligaciones entre las partes, según el código colombiano este define a un contrato como, un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer una cosa y cada parte pude ser una o muchas personas. Lo que podemos apreciar en estos conceptos es que  nombran la palabra “obligaciones” como eje regulador del contrato, ya que este es de obligatorio deber cumplirlos.

 Ahora bien, entendiendo el concepto de contrato, se le puede denominar contrato estatal, a los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades estatales, previstos en el derecho privado o en normas de derecho público, como los que a titulo enunciativo se nombran a continuación: Contrato de obra, contrato de consultoría, contrato de prestación de servicios, contrato de concesión, encargos fiduciarios y de fiducia pública, entre otros. Otras denominaciones citan al contrato estatal como, la actividad a través de la cual grandes cantidades de recursos públicos son utilizados por entidades de esa misma naturaleza para comprar y adquirir bienes y servicios del sector privado.

Según la ley 80 en el artículo 32, cita como contrato estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, así como los que, a título enunciativo, se citan a continuación:

Contrato de obra.

Contrato de Consultoría.

Contrato de prestación de servicios.

Y Contrato de concesión.

3. HISTORIA DEL CONTRATO ESTATAL

Desde que el estado se constituyó y organizo,  propendido por la reglamentación de la contratación estatal, esto con el fin de establecer y hacer cumplir los principios fundamentales, que honran hoy en día en la ley 80.

La historia del contrato estatal en Colombia comienza con la creación de la cláusula de caducidad administrativa que se consagro por primera vez en el artículo 4 de la ley 53 de 1909 para los contratos de obra, disposición que repitió el código fiscal nacional de 1912 artículo 41, para todo contrato nacional “que tenga por objeto la construcción de obras o la prestación de servicios”, señalando como causas obligatorias la muerte del contratista y la quiebra del mismo. Tales normas fueron incluidas en el código contencioso administrativo (ley 167 d 1941, artículo 245) para los contratos de obras, los servicios de prestación de servicios y los de explotación de bienes del estado. Aunque para algunos desde esta ley parte como tal la regulación del contrato estatal en Colombia.

Años más tarde, el decreto Ley 528 de 1964 traslado al conocimiento de los tribunales administrativos y del Consejo de Estado ciertos contratos administrativos.

Desde mediados del siglo se expidieron en Colombia diversas leyes que regulaban algunos contratos de la administración pública como el “estatuto nacional de compras” (decreto 351 de 1955), “estatuto de empréstito o de operaciones de crédito” (decreto 1050 de 1955), el “estatuto de los contratos interadministrativos” (decreto legislativo 550 de 1960).

Después en el D.E. 3130 de 1968 se admitieron las clausulas exorbitantes del derecho común en los contratos que celebre la administración, entre ellas la de la caducidad; como se observa, fueron los contratos de oba publica en los que se gestó la figura de contrato administrativo.

Esos contratos de obra pública merecieron la particular atención del legislador, cuando mediante la ley 4 1964 los reglamento,  estableciendo para ellos en el artículo 2 una clasificación según su objeto (para la ejecución de los planos, proyectos e interventoría, para construcción, mejoras y conservación, a precio alzado o a precios unitarios, y para los mismos fines, por administración delegada). Además, en esa ley 4 se exigió para ellos el registro único de proponentes, con su clasificación y calificación, según lo dispuesto en el decreto reglamentario 1518 de 1965. E igualmente, en tal ley se dispuso que dichos que dichos contratos admitían los reajustes o revisiones periódicas del precio alzado o de los unitarios, con empleo de fórmulas matemáticas (artículo 11); así mismo, autorizo el arbitramiento, de la ley 2 de 1938, articulo 13.

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