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Cuáles son los factores que se analizan para decidir la cobertura o no en las pólizas de Vida y Salud?


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2017  •  Ensayos  •  1.338 Palabras (6 Páginas)  •  143 Visitas

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  1. Cuáles son los factores que se analizan para decidir la cobertura o no en las pólizas de Vida y Salud?

Sin lugar a dudas los factores que se analizan para decidir cobertura en las pólizas de vida y salud, se soportan en la información de la Declaración de asegurabilidad donde se plasma los siguientes aspectos.

a) Edad de la persona a asegurar.

b) Sexo

c) Estado de salud

d) Ratificación del no padecimiento a la fecha de solicitud del seguro de enfermedades graves o congénitas y/o que se encuentre en tratamientos debidos a estas enfermedades.

e) En esta declaración de asegurabilidad igualmente se establece que la compañía de seguros puede consultar su historial clínico con el que puede ratificar lo declarado por el asegurado.

f) Profesión o desempeño laboral.

Adicionalmente a lo anterior, la persona a asegurar debe cumplir con los filtros de la lista OFAC, CLINTON  (no debe figurar en ella), lo anterior debido a que la compañía de seguros debe cerciorarse que no va a asumir personas con un alto  riesgo moral.

2.    Analice el siguiente caso

Doña Dolores no cree en la bondad y beneficios sociales de los sistemas de seguros, motivo por lo cual no ha tomado seguros  para sus bienes y para su vida. Ella es casada con Rubén, con quien tiene 3 hijos de 12(Tomás), 15(Omar) y 19(Lida) años de edad. Trabaja independientemente en diseño de muebles y genera ingresos mensuales de $3’200.000.

 

Por molestias de salud acudió a diferentes médicos, los cuales concluyeron que su problema consistía en un enfisema pulmonar por lo que debía usar oxígeno permanentemente, en otras palabras, cáncer en la médula ósea. Ya empieza con insuficiencia renal crónica y necesita tres diálisis semanales. Los tres infartos agudos al miocardio que sufrió fueron por obstrucción del 85 % de las arterias cardiovasculares y, finalmente, tiene un aneurisma cerebral de 3,5 milímetros de alto riesgo.  Por todas esas patologías su vida está reducida a no más de 11 meses, según se lo comunican sus médicos.

 

Doña Dolores se preocupa y piensa que no tiene seguro contratado sobre su vida, por medio del cual podría dejarle un buen dinero a su amado esposo por virtud de su intenso amor hacia él.  Además, considera que a sus hijos, por el amor materno de ella hacia ellos, quiere dejarles una buena cantidad de dinero por vía de un seguro de vida.

 

Acude a una aseguradora y diligencia la solicitud por $800’000.000 para amparos de vida, incapacidad total y permanente; y enfermedades graves capital adicional por $400’000.000.

 

Con base en las condiciones físicas de Doña Dolores, en los argumentos que ella tiene para designar como beneficiarios del seguro de vida a su esposo e hijos y, los elementos de ingresos de ella, ¿se permite  técnicamente conceder la cobertura a Doña Dolores por parte de la aseguradora o no conceder aceptación? Por favor expresen las razones detalladas si es aceptable o rechazable la solicitud del seguro, mediante argumentos adecuados.

 

Sobre este caso en particular y analizando la situación de la señora Dolores definitivamente para una compañía de seguros no es factible otorgarle el seguro requerido debido a que dentro de los principios del seguro, se encuentran es que éste, no puede ser fuente de enriquecimiento  y a su vez éste se otorga para hechos súbitos e imprevistos, más no para un hecho cierto.  Si bien es cierto la muerte es un hecho cierto, no lo es el no conocimiento de cuándo va a suceder este hecho.

Por lo tanto, en este caso específico observo que de acuerdo al estado de salud de la señora Dolores es bastante gravé, más aún, cuando los médicos le indican que a ella le quedan prácticamente 11 meses de vida.

De otra parte, se observa que la Señora Dolores como la mayoría de los Colombianos no posee la cultura del seguro y es por esta razón, que ella nunca consideró que podría sufrir en determinado momento de su vida las enfermedades que le han sido diagnosticadas

La señora Dolores, para estar asegurada por el monto de $800.000.000. Con suma adicional para enfermedades graves de $400.000.000., debió haber adquirido este seguro de vida antes de que le fuesne detectado estas enfermedades, ya que de acuerdo a la declaración de asegurabilidad, requisito para la suscripción la personas asegurar no debe padecer de ninguna enfermedad o problema de salud.

  1. Que coberturas adicionales se pueden otorgar en un seguro de Vida Individual?

En un seguro de vida individual se pueden otorgar las siguientes coberturas adicionales:

  1. Enfermedades graves.
  2. Incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente.
  3. Amparo de indemnización por desmembración accidental.
  4. Enfermedades graves
  5. Incapacidad total temporal
  6. Auxilio de gastos funerarios.

  1. Cuales exclusiones se encuentran al amparo de Vida en las pólizas ofrecidas en el mercado Colombiano, explique?

Dentro de las principales exclusiones para estos seguros en el mercado Colombianos tenemos:

  1. La muerte derivada por un accidente ocurrido o enfermedad diagnosticada antes de la fecha de iniciación de la vigencia de la póliza, si esta no ha sido declarada y autorizada por la compañía de seguros.
  2. PARA INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE POR ACCIDENTE,

 Cuando el hecho o circunstancia que generó el siniestro se haya producido con anterioridad a la fecha de otorgar este amparo o cuando el evento generador del siniestro haya sido provocado por el asegurado.

  1. PARA ENFERMEDADES GRAVES, TENEMOS LAS SIGUIENTEX EXCLUSIONES:
  • Las  derivadas o relacionadas con el virus de inmunodeficiencia adquirida (vih) o síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida).
  • Adicción al alcohol o a drogas que no hayan sido prescritas por un médico legalmente autorizado para ejercer la profesión.
  • En lo que se refiere a accidentes cerebro-vasculares, cuando sean accidentes vasculares isquémicos transitorios o accidentes de los que el asegurado pueda recuperarse completamente dentro de las seis (6) semanas siguientes al mismo
  • Cuando la enfermedad cubierta haya sido diagnosticada o exista un historial previo relacionado con ella, o se haya recibido tratamiento por la. misma, antes de la iniciación de la vigencia del seguro.
  • La angioplastia y/o cualquier otra intervención intra arterial. así como el tratamiento láser, operaciones de válvula, operación por tumoración intracardiaca o alteración congénita.
  • La leucemia linfocítica crónica, el cáncer de piel (a menos que se trate de melanomas malignos), el cáncer de cérvix (cuello de la matriz) cáncer in situ o no invasivo, tumores con ocasión del VIH, o todo tipo de tumores que sean descritos en términos histológicos como pre malignos o que se presenten cambios malignos en su fase inicial o tumores malignos sin evidencia de invasión.

  1. PARA EL AMPARO DE INDEMNIZACIÓN POR DESMEMBRACIÓN ACCIDENTAL, tenemos:
  • Suicidio, tentativa de suicidio, o lesión intencionalmente causada a sí mismo.
  •  guerra civil o internacional (declarada o sin declarar), invasión, actos de enemigos extranjeros y hostilidades, huelga, motines, alborotos a menos que estos últimos tengan su origen en el accidente mismo, levantamiento militar, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o usurpado.
  • Homicidio y lesiones en cualquiera de sus modalidades, salvo que el beneficiario presente fallo de autoridad competente que califique el hecho como homicidio o lesiones culposas, o lesiones o muerte en accidente de tránsito u homicidio en caso de hurto simple o calificado.
  • Encontrarse voluntariamente el asegurado bajo influencia de bebidas embriagantes o drogas toxicas, heroicas o alucinógenas, a menos que el asegurado no se haya colocado voluntariamente en el mencionado estado. Se cubren los eventos por accidentes en estado de embriaguez, siempre y cuando el asegurado no infrinja las normas legales.
  • Accidentes que sufra el asegurado a consecuencia de cualquier clase de participación en aviación, salvo que vuele como pasajero de una línea comercial legalmente establecida y autorizada para transporte regular de pasajeros.
  • Carreras automovilísticas, rallies y similares.
  • Los accidentes causados por violación por parte del asegurado de cualquier norma legal de carácter penal.
  • Los accidentes sufridos por el asegurado durante intervenciones quirúrgicas o como consecuencia de ellas o los causados por tratamientos médicos de rayos x, choques eléctricos, etc., salvo que obedezcan a la curación de lesiones producidas por un accidente amparado.
  • Reacciones o radiación nuclear, independientemente como se haya generado

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