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Deber En base al Código Orgánico Monetario y Financiero


Enviado por   •  22 de Julio de 2019  •  Resúmenes  •  2.095 Palabras (9 Páginas)  •  160 Visitas

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Deber En base al Código Orgánico Monetario y Financiero

Desarrollar lo siguiente:

  1. Cuantos libros contiene le Código Orgánico Financiero
  1. LIBRO I CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
  2. LIBRO II LEY DE MERCADO DE VALORES
  3. LIBRO III LEY GENERAL DE SEGUROS
  1. ¿Cuál libro es el concerniente a Mercado de valores?
  1. LIBRO II LEY DE MERCADO DE VALORES
  1. En que título y capitulo se habla de las Bolsas de Valores

Titulo X

Capítulo I

De las Bolsas de Valores

  1. En que título y capitulo se habla de las Casas de Valores

Título XII

De las Casas de Valores

Capítulo I

  1. En base al COMF cuáles son los principios rectores del mercado de valores

Principios rectores del mercado de valores. - Los principios rectores del mercado de valores que orientan la actuación de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, de la Superintendencia de Compañías y Valores y de los participantes son:

  • La fe pública;
  • Protección del inversionista;
  • Transparencia y publicidad;
  • Información simétrica, clara, veraz, completa y oportuna;
  • La libre competencia;
  • Tratamiento igualitario a los participantes del mercado de valores;
  • La aplicación de buenas prácticas corporativas.

  1. ¿El COFM será interpretado siempre a favor del …?

Sistema monetario y financiero, así como los regímenes de valores y seguros del Ecuador.

  1. Cuáles son las atribuciones de la JPRMF

Créase la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, parte de laFunción Ejecutiva, responsable de laformulación de las políticas públicas y la regulación y supervisión monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores.

La Junta estará conformada con plenos derechos por los titulares de los ministerios de Estado responsables de la política económica, de la producción, de las finanzas públicas, el titular de la planificación del Estado y un delegado del Presidente de la República. Participarán en las deliberaciones de la Junta, con voz, pero sin voto, el Superintendente de Bancos, el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, el Superintendente de Economía Popular y Solidaria, el Gerente General del Banco Central del Ecuador y el presidente del Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados.

La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera podrá invitar a participar en sus sesiones a cualquier otra autoridad, entidad privada o popular y solidaria que considere necesaria para sus deliberaciones.

8. Según el COMF la SCVS tiene las funciones de…?

 

De las atribuciones y funciones de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Además De las funciones señaladas en la Ley De Compañías, La Superintendencia De Compañías, Valores y Seguros para efectos de esta Ley, ejercerá las funciones de vigilancia, auditoría, intervención y control del mercado de valores con el propósito de que las actividades de este mercado se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.

9. Según el COMF la SCVS tiene las siguientes atribuciones?

Art. 10.- De las atribuciones y funciones de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Además de las funciones señaladas en la Ley de Compañías, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros para efectos de esta Ley, ejercerá las funciones de vigilancia, auditoría, intervención y control del mercado de valores con el propósito de que las actividades de este mercado se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general, y tendrá las siguientes atribuciones:

1. Ejecutar la política general del mercado de valores dictada por el C.N.V.;

2. Inspeccionar, en cualquier tiempo a las compañías, entidades y demás personas que intervengan en el mercado de valores, con amplias facultades de verificación de sus operaciones, libros contables, información y cuanto documento o instrumento sea necesario examinar, sin que se le pueda oponer el sigilo bancario o bursátil, de acuerdo con las normas que expida la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, exigiendo que las instituciones controladas cumplan con las medidas correctivas y de saneamiento en los casos que se dispongan;

3. Investigar de oficio o a petición de parte las infracciones a la presente Ley, a sus reglamentos, a los reglamentos internos y regulaciones de las instituciones que se rigen por esta Ley, así como las cometidas por cualquier persona, que directa o indirectamente, participe en el mercado de valores imponiendo las sanciones pertinentes, así como poner en conocimiento de la autoridad competente para que se inicien las acciones penales correspondientes, y presentarse como acusador particular u ofendido, de ser el caso;

4. Velar por la observancia y cumplimiento de las normas que rigen el mercado de valores;

5. Requerir o suministrar directa o indirectamente información pública en los términos previstos en esta Ley, referente a la actividad de personas naturales o jurídicas sujetas a su control;

6. Conocer y sancionar las infracciones a la presente Ley, a sus reglamentos, resoluciones y demás normas secundarias;

7. Autorizar, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos, la realización de una oferta pública de valores; así como suspender o cancelar una oferta pública cuando se presentaren indicios de que la información proporcionada no refleja adecuadamente la situación financiera, patrimonial o económica de la empresa sujeta a su control;

8. Autorizar el funcionamiento en el mercado de valores de: bolsas de valores, de la sociedad proveedora y administradora del Sistema Único Bursátil, casas de valores, compañías calificadoras de riesgo, depósitos centralizados de compensación y liquidación de valores, sociedades administradoras de fondos y fideicomisos, auditoras externas y demás personas o entidades que actúen o intervengan en dicho mercado, de acuerdo con las regulaciones de carácter general que se dicten para el efecto;

9. Organizar y mantener el Catastro Público del Mercado de Valores;

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