Demanda Alimentos
freyfahs25 de Marzo de 2015
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SECRETARIO :
EXPEDIENTE :
ESCRITO Nº :
Sumilla : DEMANDA DE ALIMENTOS.- ADJUNTA MEDIOS PROBATORIOS.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE BAÑOS DEL INCA.
JENNY MARISOL CHAVEZ CARRION, Identificado con DNI Nº 10102492, con domicilio real en Jr. Sinchi Roca N° 240 del Distrito de los Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca y para los efectos procesales en Jr. Yahuar Huaca N°114 del Distrito de los Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, ante Ud. Con el debido respeto me presento y expongo:
I. COMPARECENCIA:
En ejercicio de mi derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, normado por el Artículo I del Título Preliminar del CÓDIGO PROCESAL CIVIL, y a la capacidad para comparecer al presente proceso, prescrito en el artículo 58° del mismo cuerpo adjetivo, en concordancia con el Artículo VI del Título Preliminar del CÓDIGO CIVIL, en lo que respecta al interés para obrar, más aun teniendo en consideración los Principios constitucionales, plasmados en el artículo 139° incisos 3,6 y 14 de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ: COMPAREZCO, ante vuestro Despacho SOLICITANDO, se me tenga como tal y en consecuencia, PETICIONO, de que se cumpla con notificarme con las providencias que emanen de la presente demanda, en el domicilio procesal señalado en el exordio del presente escrito de acuerdo a ley.
II. NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDADO:
La pretensión incoada se tramitara en contra del demandado:
CARLOS GERMAN SALDAÑA RABANAL identificado con DNI N°18149996, que a la actualidad desconozco su domicilio.
III. PETITORIO:
Que, en ejercicio de mi derecho de acción, oportunamente acudo a vuestro despacho a efectos de interponer demanda de ALIMENTOS la misma que deberá ser declarada fundada en todos sus extremos en su oportunidad; pretensión que dirijo contra el demandado CARLOS GERMAN SALDAÑA RABANAL, para que se nos FIJE UNA PENSIÓN ALIMENTICIA a favor de mi persona en calidad de cónyuge del demandado y a favor de nuestro menor hijo RENZO ALESSANDRO SALDAÑA CHAVEZ de 12 años de edad, la misma que deberá ser abonada en forma MENSUAL y POR ADELANTADO, por un monto no menor S/. 1 000.00 (Mil con 00/100 Nuevos Soles).
Debiéndose de entenderse de la siguiente manera:
El S/. 500.00 (Quinientos con 00/100 Nuevos Soles) como pensión alimenticia a favor de mi menor hijo RENZO ALESSANDRO SALDAÑA CHAVEZ
El S/. 500.00 (Quinientos con 00/100 Nuevos Soles) como pensión alimenticia a mi favor en calidad de CÓNYUGE del demandado.
Obligación que deberá ser atendida en base a los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación pasó a exponer.
IV. FUNDAMENTOS FÁCTICOS DEL PETITORIO:
A. ANTECEDENTES:
PRIMERO: Por situaciones del destino, con el demandado CARLOS GERMAN SALDAÑA RABANAL nos conocimos, de la mejor manera, llegando a tener un romance de enamoramiento por un tiempo prudencial, para posteriormente plasmarlo en un Acto Jurídico, es así, que con fecha 30 de diciembre del año 2000, por ante los Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Longotea, Provincia Bolívar, Región La Libertad contrajimos matrimonio con el hoy demandado, tal y como se puede apreciar del contenido de la partida de matrimonio, con la que se acredita el entroncamiento, la cual adjunto a la presente demanda (ANEXO 1-D).
SEGUNDO: Con fecha 14 de Enero del año 2002 nació nuestra menor hijo RENZO ALESSANDRO SALDAÑA CHAVEZ el cual a la fecha tiene 12 años de edad, debidamente inscrito en el registro civil de la Municipalidad Provincial de Celendín, conforme lo acredito con el Acta de Nacimiento, la cual adjunto a la presente demanda (ANEXO 1-C).
TERCERO: Que, en un primer momento radicamos en la Provincia de Celendín, en donde establecimos nuestro hogar conyugal, pero por situaciones de la vida, mi cónyuge, se fue ausentando y descuidando el hogar, pero buscando que nuestro matrimonio siga existiendo le rogué que regrese por el bien de nuestro hijo, luego regreso, pero al poco tiempo se ausento definitivamente del hogar conyugal con rumbo desconocido, con lo cual se desentendió totalmente de su responsabilidad como padre y conyugue.
CUARTO: Que, mi persona al sufrir el abandono del ahora demandado, y en busca de mejorar mi situación económica por bienestar de mi hijo, ya que hasta el momento soy la única persona que vela por el bienestar del mismo, decidí venir a vivir a Cajamarca junto a mi menor hijo RENZO ALESSANDRO SALDAÑA CHAVEZ, exactamente en el Jr. Sinchi Roca N° 240 del Distrito de Los Baños del Inca, lugar donde vivo actualmente (Anexo 1-F).
QUINTO: Que, mi menor hijo RENZO ALESSANDRO SALDAÑA CHAVEZ estudia actualmente en la I.E. Andrés Avelino Cáceres ubicado en el Distrito de Los Baños del Inca, Cajamarca, cursando el Primer año de Educación Secundaria; tal y como lo acredito con la Constancia de Matricula 2014, expedida por el Director de la I.E. Andrés Avelino Cáceres (Anexo 1-E), es de saber SEÑOR JUEZ, que los estudios de mi menor hijo ameritan un gasto que hasta el momento lo estoy asumiendo de manera personal, por el simple hecho de que su padre no se preocupa por el bienestar del mismo.
SEXTO: Que, al estar dedicado íntegramente en la crianza de mi menor hijo, se me hace imposible tener un trabajo estable que me genere mayores ingresos que puedan cubrir de manera adecuada las necesidades básicas y los gastos de sus estudios; con lo cual queda evidenciado el riego que corre, no solo nuestro hijo, sino también, mi persona en calidad de cónyuge, al no tener un ingreso económico adecuado para nuestra subsistencia.
SÉTIMO: Que, el demandado venia a verme en varias ocasiones solo con el pretexto de ver a su hijo, dándome falsas esperanzas de un apoyo económico, apoyo que nunca se materializo, siendo así que la ultima vez que supe de él fue en noviembre del 2012, ya que se hizo presente en la graduación de la iglesia y promoción de la escuela de mi menor hijo; siendo así pues que desde esa fecha no se nada del ahora demandado y desconozco su paradero.
OCTAVO: Que, es necesario recalcar que mi persona y el ahora demandado estamos separados desde el año 2010, siendo a la fecha mas 4 años, tiempo en el cual ya no compartimos un domicilio conyugal, siendo así que mi hijo y yo vivimos en casa arrendada en el Jr. Sinchi Roca N°240 del Distrito de Los Baños del Inca, casa de propiedad de la Sra. Amélida Rabanal de Burga, por dicho alquiler tengo que cancelar la suma de S/. 300.00 (Trescientos con 00/100 Nuevos Soles) mensuales, tal y como lo demuestro con la Constancia Simple elaborada por la propietaria (ANEXO 1-F).
NOVENO: Que, no tengo estudios superiores, ni mucho menos técnicas, asimismo, no cuento SEÑOR JUEZ con una casa propia, tal y como establecí líneas arriba actualmente vivo en cuarto Arrendado, el cual me genera un gasto mensual, asimismo tengo que velar por el bienestar de mi menor hijo que se encuentra en edad escolar, brindándole lo necesario y lo que esta a mi alcance para poder suplir sus necesidades básicas de alimentación, vestido y salud; es por todo esto, que me veo en la imperiosa necesidad de interponer la presente demanda, a fin de que por intermedio del Juzgado disponga el pago mensual de una pensión alimenticia en favor de mi menor hijo tal y como lo establecí en el petitorio, obligación que está desconociendo el ahora demandado alegando que no tiene responsabilidad alguna.
DECIMO: Que, el demandado cuenta con ingresos económicos suficientes para atender nuestras demandas de alimentación, debido a que cuenta con Negocio Propio el cual se dedica al Área Minera y otros, tal y como se puede apreciar de la consulta RUC del Demandado, documentos que se adjunta a la presente (ANEXO 1-G).
DECIMO PRIMERO: Que, cuando compartimos el hogar conyugal, lo hicimos en la Provincia de Celendín, luego de ello, al hacer abandono el demandado del hogar conyugal, y al mudarme a vivir al Jr. Sinchi Roca N° 240 del Distrito de Los Baños del Inca en la Provincia de Cajamarca, el demandado venia a ver a su hijo en contadas ocasiones, pero mi persona jamás supo su domicilio, y al preguntarle me lo negaba, a la fecha indagué a través de su hermano Alex Saldaña Rabanal el cual vive en Cajamarca, el mismo que me indico que desconoce su paradero; es por ello que SOLICITO se notifique al demandado por EDICTOS amparando dicho pedido en lo que establece el Artículo 165° del Código Procesal Civil, todo ello con la única finalidad de poder dar trámite el presente proceso y no dilatar el mismo, caso contrario se estaría poniendo en riesgo la vida de mi menor hijo y mía en calidad de conyugue.
DECIMO SEGUNDO: Es Preciso señalar señor Juez, que el demandado NO CUENTA CON NINGUNA OTRA CARGA FAMILIAR QUE MANTENER, MÁS QUE LA PERSONAL, Y MAS AÚN QUE EN SU CONDICIÓN DE PADRE, TIENE LA MÁS AMPLIA OBLIGACIÓN DE ASISTIR A NUESTRO MENOR HIJO, POR TRATARSE DE UN DEBER INHERENTE A SU CONDICIÓN, TAL COMO LO PRESCRIBE EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 6° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, QUE ESTABLECE, QUE LOS PADRES SOMOS RESPONSABLES DE LOS HIJOS, ASIMISMO A MI PERSONA EN CALIDAD DE CÓNYUGE.
DÉCIMO TERCERO: Por lo expuesto, me veo obligada a interponer la presente demanda, acudiendo a vuestro Despacho solicitando Tutela Jurisdiccional, en representación de nuestro menor hijo, en la mía propia, solicitando se sirva declarar fundada la demanda en todos sus extremos; asimismo
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