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Derecho Internacional Privado. Poderes del Estado


Enviado por   •  20 de Octubre de 2019  •  Apuntes  •  2.337 Palabras (10 Páginas)  •  112 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Poderes del Estado:

  • Legislativo 
  • Ejecutivo: Gobierno
  • Judicial

*El único que es gobierno es el poder ejecutivo

DIPr = Derecho Internacional Privado

DIPr*Rama del derecho que regula las relaciones privadas entre los individuos a nivel internacional*

Es la rama del derecho cuya función es reglamentar las relaciones privadas entre las relaciones privadas entre los individuos a nivel internacional.  Conjunto de reglas aplicables a los individuos en sus relaciones internacionales.

"Conjunto de normas jurídicas de derecho público*, nacionales y supranacionales, que tienen por objeto solucionar controversias de carácter internacional, mediante la elección del jue competente, la ley aplicable al fondo, así com regular aspectos relativos a la cooperación judicial internacional”  -F.J Contreras Vaca

*Rama del derecho que regula las relaciones privadas entre los individuos a nivel internacional*


Derecho Interno:

  • Ley Suprema: Constitución 
  • Org. Legislativo (crea leyes)
  • Ley Suprema: es la faculta al legislativo 
  • Sistema normativo secundario: debajo de la norma suprema (Constitución)
  • Normas coactivas; aplican en el territorio del Estado

*coactivo: te obliga a 


Derecho Internacional:

  • No hay ley suprema 
  • Tratados, costumbre, principios, jurisprudencia, etc.
  • Gobierno: faculta a sus representantes
  • Disposiciones aisladas 
  • A veces no hay coacción. Se aplica 2 o más países (sobrepasa fronteras). e.g: ONU prohibe a USA atacar a Irak y USA ataca, no hay coacción ya que la ONU no puede obligar a USA

*DIPr: Derecho Internacional Privado

DIP: Derecho Internacional Público

Diferencia entre el DIP y DIPr

DIP: 

    Sujetos: Estados soberanos y organismos internacionales (individuos por internacionales)

    Origen de las normas: Fundamentalmente internacionales (tratados, convenciones).

DIPr:

    Sujetos: Individuos, gobernados (Estados y organismos internacionales por excepción)

    Origen de las normas: Principalmente interno (pero también hay tratados)

Convención Internacional: acuerdo entre países

Fuentes del DIPr.

  1. Fuentes nacionales
  1. Ley – (no hay ley única; diseminación de normas)
  2. Jurisprudencia – importancia de los precedentes
  3. Costumbre – civil, mercantil/comercial, contractual
  4. Doctrina – 2 sentidos: interpreta/auxilia
  1. Fuentes internacionales:
  1. Tratados y otras convenciones internacionales.
  2. Costumbre internacional (formada por principios generales)
  • Locus legit acute (ley del lugar rige al acto)
  • Lex rei siate (ley de la ubicación de la cosa)
  • Mobilia sequntur personam (b. muebles siguen a las personas)
  • Lex fori (aplica la ley del foro)
  1. Jurisprudencia internacional (limitada, CIJ: DIP)
  2. Doctrina Internacional (tratadistas de la mateira)
  3. Conferencias y congresos internacionales 

*tratado: conjuntos de acuerdos entre varios estados


Derecho de nacionalidad

  • Nación: Conjuntos de individuos que comparten el idioma, historia, raza, tradición, religión y generalmente comparten el mismo territorio.
  • Hay naciones que pueden formar varios estados.(Corea)
  • Estados integrados por 2 o más naciones (EUA, CANADÁ)

*¿Por qué los kurdos no tienen pasaporte? Porque no es un estado soberano, solo los estados  soberanos otorgan nacionalidad.*

        - J.J Rousseau (francés) – objetivos comunes

        - Manuer Garcia Morente (Español) – Unidad homogénea

        - Pasquale Mancini (italiano) – sociedad natural-factores: naturales (territorio, raza,lengua, idioma), históricos (cultura, derecho, tradición), psicológicos (conciencia social).

Evolución del concepto de nacionalidad:

  • Atributo que señala a los individuos como integrantes de la población del estado. (Eduardo Trigueros)
  • Condición establecida entre el individuo y el estado, que fija derechos y obligaciones recíprocos. (Hans Kelsen)
  • Pertenencia jurídica de una persona a la población constitutiva del estado. (Henry Batiffol)
  • Calidad de una persona en razón de sus nexos jurídico-políticos que la une al estado. (Paul Lerebours)

Enfoques de la nacionalidad:

  • Desde el punto de vista del estado que la otorga.
  • Edo. Soberano: regula unilateralmente la nacionalidad.
  • Adquisición, perdida, transmisión, multiplicidad
  • Orden internacional debe respetarse.
  • Desde el punto de vista de la persona que la recibe:
  • Es un derecho esencial, todos deben tener al menos una nacionalidad (Declaración Universal de Derechos Humanos 1948, art. 15; Soc. de naciones, 1930)
  • Apátrida: individuo que carece de nacionalidad, porque ningún estado se la contribuye o por haberla perdido sin adquirir una nueva.
  • Puede existir múltiple nacionalidad o falta de nacionalidad (apatridia)
  • Marco Jco. En México: Art. 30,32,37 A y B de la CPEUM y ley de nacionalidad (1998) y su reglamento.

*Marco Jco. De Nacionalidad en México : Constitución 🡪 tratados 🡪 leyes 🡪 reglamento*

- Nociones relativas y afines a la nacionalidad:

  • Derecho de la nacionalidad: Conjunto de normas que regulan la calidad de una persona con relación al vínculo que tiene con un estado determinado.
  • Adquisición de la nacionalidad mexicana:
  • Por nacimiento
  • Jus soli 🡪 derecho del suelo
  • Naciendo en el territorio mexicano
  • A bordo de aeronaves o embarcaciones mexicanas

Jus sanguinis 🡪 por el derecho de la sangre

  • Naciendo en el extranjero, hijo de padre y/o madre mexicano (a).
  • Por naturalización
  1. Vía ordinaria extranjeros a los que la SER les otorgue carta de naturalización, incluye los siguientes casos especiales 5 años de residencia
  2. Matrimonio  (primero uno se naturaliza) 2 años de residencia
  3. Vía < Automática > (patria potestad) niños extranjeros menores de edad, sujetas a patria potestad de mexicanos. 1 año de residencia
  4. Vía < privilegiada > (diversos casos privilegiados) que sea descendiente en línea recta hasta el segundo grado(nieto o nieta de mexicano), teniendo hijo mexicano, que a juicio del ejecutivo la persona haya prestado su servicio en cuestión, deportiva, científica, cultural etc; que sea originario de la península ibérica. 2 años de residencia
  5. Vía matrimonial hombre o mujer extranjero, que contraiga matrimonio con hombre o mujer mexicano y establezcan su domicilio en el territorio nacional. 2 años de residencia

Solo los supuestos 1 y 5 están contemplados en la constitución (los demás son legales/doctrinales)

Derecho de opción (desuso)

Vía ordinaria (caso común). Requisitos:

  1. Presentar solicitud a la SER, manifestando su voluntad de naturalizarse
  2. Renuncia expresa a la nacionalidad extrajera y protestar obediencia y sumisión a las autoridades y leyes mexicanas.
  1. La renuncia y protesta se realiza hasta que la SER aprueba la solicitud.
  1. Probar que: sabe hablar español, conoce la historia del país y esta integrado a la cultura mexicana (presentar exámenes ante la SER) y
  2. Acreditar residencia en el territorio nacional los 5 años anteriores a la solicitud

Casos especiales:

  • Matrimonio < entre extranjeros> :
  • La naturalización de uno de los cónyuges (con posterioridad al matrimonio) permite al otro obtener la nacionalidad más fácilmente.

(Deben haber residido y establecido el domicilio conyugal en territorio nacional dos años antes de la solicitud)

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