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Derechos de autor


Enviado por   •  10 de Abril de 2014  •  5.176 Palabras (21 Páginas)  •  225 Visitas

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1. DERECHOS DE AUTOR

2. CONCEPTO DE AUTOR

El autor es la persona que crea la obra, pero en nuestra legislacion, el autor es la persona

Fisica que realmente realiza la obra, ya que las persona juridicas solamente son titulares de los derechos de autor.

3. TIPOS DE AUTOR

Según el Convenio de Berna, existen dos tipos de derechos de autor:

1) Derechos económicos – los autores tienen derecho exclusivo a:

a) reproducir la obra. Esto incluye cualquier forma de reproducción, tal como fotocopiar, descargar, cargar, imprimir, grabar, fotografiar, escanear, etc.

b) traducir la obra a otros idiomas.

c) adaptar la obra. Esta alteración o transformación normalmente modifica el tipo de obra. Por ejemplo, convertir una novela en película, o animar un dibujo. El merchandising de personajes (usar el nombre o imagen de un personaje ficticio para vender productos tales como juguetes, camisetas etc.) también puede implicar una forma de adaptación. d) exhibir / representar la obra en público. Por ejemplo, exponer fotografías en una galería de arte, representar una obra delante de un público, o hacer escuchar un CD en una tienda o en un restaurante. 2) Derechos morales – Son los derechos que mantienen un vínculo personal entre los autores y sus obras. Incluyen el derecho a: a) ser reconocido como autor de una obra (derecho de paternidad). Esto significa que los autores pueden decidir poner sus nombres o no (permanecer anónimos) o poner un nombre ficticio (un seudónimo) en sus obras. b) oponerse a cualquier modificación de la obra que pueda perjudicar al honor o reputación del autor (derecho de integridad).

4. REGLAS GENERALES DE DERECHO DE AUTOR

Según el REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 1o.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor. Su aplicación, para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría de Educación Pública a través del Instituto Nacional del Derecho de Autor y, en los casos previstos por la Ley, al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Lo dispuesto en la Ley y en el presente Reglamento se aplicará sin perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales celebrados y ratificados por México.

Párrafo adicionado DOF 14-09-2005

Artículo 2o.- Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

I. Ley: La Ley Federal del Derecho de Autor;

II. Secretaría: La Secretaría de Educación Pública;

III. Secretario: El Secretario de Educación Pública;

IV. Instituto: El Instituto Nacional del Derecho de Autor;

V. Director General: El Director General del Instituto Nacional del Derecho de Autor;

VI. Registro: El Registro Público del Derecho de Autor;

VII. Diario Oficial: El Diario Oficial de la Federación;

VIII. Código Penal: El Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal;

IX. Código Civil: El Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal;

X. Reserva: La Reserva de Derechos al Uso Exclusivo;

XI. Sociedades: Las Sociedades de Gestión Colectiva.

Artículo 3o.- Los trámites y procedimientos que se realicen ante el Instituto, serán objeto de pago de derechos conforme a las cuotas que para cada caso se señale en la Ley Federal de Derechos.

Artículo 4o.- Salvo disposición legal o reglamentaria en contrario, todo trámite contemplado en la Ley o en este Reglamento tendrá un plazo de respuesta oficial de diez días hábiles.

Transcurrido sin respuesta el plazo aplicable, se entenderá la resolución en sentido negativo al promovente.

5. PROTECCION Y EXCLUSION DE OBRAS

I) ¿POR QUÉ DEBE PROTEGERSE EL DERECHO DE AUTOR?

El derecho de autor y sus derechos conexos son esenciales para la creatividad humana ya que ofrecen a los creadores incentivos bajo forma de reconocimiento y recompensas económicas equitativas. En virtud de este sistema de derechos, los creadores cuentan con la garantía de que sus obras serán divulgadas sin tener que preocuparse por la copia no autorizada o la piratería. Esto contribuye, a su vez, a facilitar el acceso y a intensificar el disfrute de la cultura, el conocimiento y el entretenimiento en todo el mundo.

II) OBRAS PROTEGIDAS POR EL DERECHO DE AUTOR

Desde el punto de ista de la proteccion del derecho de aurot, se entiende por “obras literarrias y artisticas” toda obra original. Las ideas plasmadas en la obra no necesariamente tienen que ser originales, lo que debe ser creacion original del autor es la formas de expresion de las mismas. En el articulo 2 del Convenio de Berna para la Proteccion de Obras Literarias y Artistica se estipula lo siguiente: “los terminos ‘obras literarias y artisticas’ comprenden todas las producciones en el campo literario, cientifico y artistico, cualquiera que sea la forma de expresion, el en convenio se enumeran los ejemplos de obras de esa índole:

- Libros, folletos y otros escritos

- Conferencias, alocuaciones, sermones

- Obras dramaticas o dramatico-musicales

- Obras coreograficas y pantiminas

- Composiciones musicales con o sin letra

- Obras cinematograficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por procedimiento análogo a la cinematografia

- Obras

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