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EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

grekrine8 de Octubre de 2013

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INTRODUCCIÓN

La siguiente investigación abordara la Unidad I del los Fundamentos del Derecho Internacional Privado; El derecho como ciencia a través del tiempo se ha nutrido de diversas corrientes, que no solo se han encargado de atribuirle importancia sino un gran contenido para regular hasta el más intrascendente detalle de la conducta humana en sociedad.

Cabe citar, o destacar que el Derecho internacional privado analiza las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado, Y se ocupa de las actividades y relaciones entre personas de derecho privado que producen efectos en el ámbito internacional, sin tratarse de un derecho comparado y sin que medie consideración ni distingo de ninguna naturaleza en cuanto a su nacionalidad, domicilio, lengua, etnia, religión, costumbres, etc.

Es de suma importancia que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia, en donde dentro del Derecho Internacional Privado se incluyen Normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no como Norma indirecta o de conflicto sino en las relaciones Jurídicas Privadas Internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.

EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

El derecho internacional privado se ocupa de las actividades y relaciones entre personas de derecho privado que producen efectos en el ámbito internacional, sin tratarse de un derecho comparado y sin que medie consideración ni distingo de ninguna naturaleza en cuanto a su nacionalidad, domicilio, lengua, etnia, religión, costumbres, etc.

DEFINICIÓN

El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho que se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.

BONNEMMAISON (VENEZOLANO) DEFINICIÓN POR EXCELENCIA

Es una disciplina de ordenación jurídica que tiene por objeto determinar cual es la ley que debe regular o la jurisdicción a que debe someterse un supuesto de hecho vinculado a diversos ordenamientos jurídicos simultáneamente vigentes, así como fijar la eficacia extraterritorial de los actos y sentencias extranjeras.

SUJETOS DE DERECHO

Los sujetos de Derecho internacional son los Estados, las organizaciones internacionales, la comunidad beligerante, los movimientos de liberación nacional y el individuo persona física como sujeto pasivo del Derecho internacional, es decir que recibe de él derechos y obligaciones.

CAUSA DE SU EXISTENCIA

El derecho internacional surgió de la necesidad de poder conocer como se llevaría a cabo la relación entre países, ya que cada quien tiene sus propias leyes y tenia que existir una manera de regular el comportamiento en cualquier

ámbito internacional, para evitar problemas que pudieran perjudicar a todos. Además de las necesidades de los países han cambiado en comparación de hace 20 años debido a la inter-independencia cada vez mas fuerte entre los mismos, por tal motivo los países han creado alianzas entre si para proteger sus intereses y los de sus habitantes. Para lograr tal objetivo se ha hecho uso de instrumentos conocidos como convenios y tratados internacionales los cuales son objeto central en el presente trabajo

Es consenso que las causas de existencia del Derecho Internacional Privado son esencialmente dos:

a) La variedad legislativa: La variedad legislativa existe entre los países que conforman la situación y existencia geopolítica del mundo. Para las mismas situaciones los Estados han legislados diferentemente.

b) La naturaleza cosmopolita del ser humano: El ser humano es un ser sociable, que se relaciona con sus semejantes. Por otra parte, es inteligente y esencialmente inventivo. Su naturaleza lo inclina a tratar de mejorar, y este deseo de mejorar lo ejercita por medio de sus relaciones en todos los planos, en todos los territorios.

FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Fuentes del derecho internacional, se refiere de donde nace este derecho y las fuentes principales del derecho internacional privado son:

a) La Ley Nacional

b) Los Tratados Internacionales

c) Convención particular

d) La Costumbre

e) La Jurisprudencia Nacional e Internacional

f) La doctrina

g) Los Principios generales del derecho internacional privado.

OBJETO

El objeto del Derecho Internacional Privado lo constituyen, por lo tanto, las relaciones jurídicas internacionales entre particulares. La relación jurídica será internacional cuando exista un elemento de extranjería (o más de uno), y su fin es armonizar la diversidad de leyes, garantizar su aplicación sobre la base del respeto y el ejercicio pleno de la soberanía de cada uno de los Estados.

El objeto de estudio del Derecho Internacional Privado son las normas internas de los estados en materia civil, los tratados internacionales, los convenios y acuerdos entre las naciones, así como el papel que desempeñan los organismos internacionales en materia de regulación del derecho de las personas y por mencionar algunos tenemos:

a) La regulación del estado y la capacidad de los extranjeros en el país o viceversa.

b) Las previsiones normativas respecto a entorpecimiento de las obligaciones y contratos internacionales a las leyes de tal o de cual país.

c) La normativa que rige el régimen de las cosas y bienes situados en el extranjero.

d) La determinación de la jurisdicción competente para entender en caso de derecho privado con elementos extranjeros.

e) El sistema jurídico aplicable a los actos lícitos (excluidos los contratos) o ilícitos cuando producen efectos jurídicos en dos o varios países.

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NATURALEZA JURÍDICA DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

La naturaleza del Derecho Internacional privado se ubica en el Derecho Privado y sus normas son de naturaleza nacional e internacional.

Nacionales porque es de jurídico interno, donde se regulan las reglas de la materia. En Venezuela por ejemplo determina las normas del derecho internacional privado en la Ley de derecho internacional privado.

Son Internacionales cuando son creadas en foros como por ejemplo la Conferencia especializada interamericana de derecho internacional privado, porque se consigna en tratados o convenciones internacionales, pero sólo adquieren fuerza en el territorio de un estado, cuando éste las incorpora en su orden jurídico interno.

La cualidad de extranjería es siempre relativa a un Estado. Es decir, una relación será nacional considerada desde el punto de vista de un Estado, pero será extranjera para los demás países. Lo que hace al Derecho Internacional privado más que el origen de sus normas son sus destinatarios.

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

El derecho internacional está integrado por acuerdos entre los Estados tales como tratados internacionales (denominados tratados, pactos, convenios, cartas, memorándum o memoranda (según el caso), intercambio de notas diplomáticas, enmiendas, anexos y protocolos de tratados, entre otros como también por la costumbre internacional, que se compone a su vez de la práctica de los Estados, que éstos reconocen como obligatoria, y por los principios generales del derecho.

Además, en el ámbito multilateral, el derecho internacional se nutre de los acuerdos a los que lleguen los Estados en el marco de los organismos internacionales a que pertenezcan y, dentro de éstos, de aquellos acuerdos que se comprometen a aplicar.

En ambos casos, bilateral o multilateral, el nivel adquirido al comprometerse un Estado es el de poner en vigor la norma acordada en su propio territorio y aplicarla por encima de las normas nacionales.

Tradicionalmente, se diferencia entre derecho internacional público y derecho internacional privado. Este artículo se basa fundamentalmente en el derecho internacional público.

RAMAS DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Las diversas ramas jurídicas son las siguientes:

Derecho Constitucional: trata de la constitución del ordenamiento internacional mismo.

El Derecho Administrativo, es el conjunto de normas que regulan el funcionamiento del estado como poder administrador, entre los distintos órganos administrativos, y su relación con los particulares.

El Derecho Penal, comprende las normas que regulan las conductas punibles de los habitantes, aquellos que se consideran delictivas, para las cuales las normas jurídicas tienen prevista una sanción.

El Derecho Procesal, contiene las normas a las que deben ajustarse los procedimientos a seguirse en el ejercicio de una acción ante los tribunales judiciales,

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