“El Derecho privado y las empresas”
ivanvalencia21Ensayo14 de Septiembre de 2015
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“El Derecho privado y las empresas.”
Introducción:
Es menester conocer cómo se interrelaciona el Derecho en cada una de las facetas de nuestra vida, es parte fundamental de las actividades que desarrollamos diariamente, es por eso que debemos conocer los aspectos que delimitan las actividades dentro del ámbito empresarial, como influye y afecta las actividades dentro de la empresa, este ensayo pretende exponer los conocimientos adquiridos durante el transcurso del curso de Derecho Privado.
Desarrollo:
Escribir en 20 páginas de contenido un ensayo sistemático sobre la importancia del derecho privado en la vida de la empresa y sobre los principales temas jurídicos que la afectan.
Se deberá dividir el ensayo en dos apartados, uno en materia de sociedades y otro en materia de títulos de crédito.
El apartado de sociedades deberá tener una discusión de las cláusulas que distinguen a la sociedad de responsabilidad limitada y a la sociedad anónima. Para hacer esto los estudiantes deberán obtener copias de un acta constitutiva de una sociedad de responsabilidad limitada y de una sociedad anónima en el Registro Público de Comercio. Entregar al final del Módulo 3 (opcional)
La segunda parte se referirá a los títulos de crédito, para los cual se deberán compilar ejemplos de una letra de cambio, de un pagaré usado en la realidad y de un cheque, así como una acción de una sociedad anónima y un certificado de depósito de un almacén general de depósito.
Haremos una breve remembranza de lo que significa el Derecho, su división de lo que comprende el Derecho Privado y como se relaciona con el aspecto empresarial:
Derecho.-
Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana dirigida a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos entre sujetos.
Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social, dentro de las diferentes ramas que se derivan del Derecho encontramos el Publico, el Social y el Derecho Privado, siendo este último el que manifiesta mayor interés para nuestro estudio por el campo que abarca.
Derecho Privado.-
El Derecho Privado es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares. Esta rama del Derecho se contrapone al Derecho Público, que es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos y de los poderes públicos entre sí.
También se rigen por Derecho Privado las relaciones entre particulares y el Estado cuando éste actúa como un particular, sin ejercer potestad pública alguna (es, por ejemplo, el caso de las sociedades o empresas con personalidad jurídica propia creadas según las normas de Derecho mercantil y en las que el Estado o sus organismos autónomos ostenten un poder decisorio).
Dentro de las ramas del Derecho Privado, encontramos el Derecho Civil, Mercantil, Privado Internacional y del Trabajo.
Dentro de las fuentes formales del derecho encontramos principalmente:
- La doctrina.- Se refiere al trabajo intelectual que realizan los académicos para desentrañar hasta el más ínfimo nudo que pudiera encontrarse en un sentido intrínseco –o endógeno– al Derecho, y para interpretar la normatividad jurídica que rige en un lugar y tiempo determinado.
- La jurisprudencia.- Es la interpretación de la ley que hacen los tribunales.
- La costumbre jurídica.- Son las prácticas reiteradas de la población, respecto a las cuales existe una expectativa tal que la misma comunidad les considera jurídicamente obligatorias.
Dentro del Derecho contemplamos dos tipos de personas, las personas físicas, que son todo aquel ser humano que tiene ciertas características jurídicas, mientras que las personas morales son una construcción en el ejercicio del derecho, de acuerdo con un establecimiento legal que delimita sus características, dada su naturaleza, es necesario que actúen por medio de sus representantes.
Para entender un poco más de como aplicamos el Derecho es conveniente comprender los hechos y los actos jurídicos, siendo los hechos los acontecimientos que se suceden a lo largo del devenir de la historia; en cierto modo, todo lo que pasa a nuestro alrededor es un hecho, también hay actividades humanas donde las personas manifiestan directamente su voluntad, con el propósito de generar consecuencias, ya sea creándolas, modificándolas, transmitiéndolas o extinguiéndolas, estas últimas los conocemos como actos jurídicos.
El Derecho privado se subdivide en:
- Derecho Civil.- es el conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas de la vida ordinaria del ser humano. El Derecho Civil abarca distintos aspectos de nuestra actividad cotidiana, como las relaciones familiares, incluidos el matrimonio y su disolución; la maternidad, la patria protestad, la emancipación, la custodia y derechos de los cónyuges e hijos, el registro civil, la propiedad, el usufructo y las distintas clases de bienes; las sucesiones y testamentos; las obligaciones y los distintos tipos de contratos.
- Derecho Mercantil.- Regula los actos de comercio, los comerciantes, las cosas mercantiles, la organización y explotación de la empresa comercial. Por comercio entendemos una actividad de carácter lucrativo, es decir, que se hace con la intención de obtener un beneficio económico mediante el intercambio directo o indirecto de bienes, servicios entre productores y consumidores, el Derecho Mercantil tal y como lo conocemos actualmente, se consolidó en la alta Edad Media europea
- Derecho Internacional Privado.- Son las reglas y trámites para los individuos en sus relaciones internacionales. También se ha definido como el Derecho cuya función es reglamentar las relaciones privadas de los individuos en el ámbito nacional. Consideremos tres los aspectos que abarca el estudio del Derecho Internacional Privado: conflicto de leyes entre dos o más países, el conflicto de la jurisdicción y la nacionalidad.
Ahora bien, ya hemos analizado lo referente al Derecho, pero como se interrelaciona con las empresas, para entender mejor debemos conocer lo que respecta a las empresas que son organizaciones o instituciones dedicadas a actividades o persecución de fines económicos o comerciales para satisfacer las necesidades de bienes o servicios, así mismo debemos conocer como se rigen los Títulos de Crédito.
1. Apartado de Sociedades.
La Sociedad, en sentido técnico jurídico, ente creado por un acto voluntario colectivo de los interesados, en aras de un interés común y con el propósito de obtener ganancias o un fin lucrativo. Los socios se comprometen a poner un patrimonio en común integrado por dinero, bienes o industria, con la intención de participar en las ganancias. Por tanto, son características fundamentales y constitutivas de la sociedad la existencia de un patrimonio común y la participación de los socios en las ganancias. Se distingue de la asociación en que ésta no persigue fines lucrativos sino de orden moral o económico-social que no se reducen a la mera obtención y distribución de ganancias.
Las sociedades se constituirán ante fedatario público y en la misma forma se harán constar con sus modificaciones.
La escritura o póliza constitutiva de una sociedad deberá contener:
• Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad;
• El objeto de la sociedad;
• Su razón social o denominación;
• Su duración, misma que podrá ser indefinida;
• El importe del capital social;
• La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización. Cuando el capital sea variable, así se expresará indicándose el mínimo que se fije;
• El domicilio de la sociedad;
• La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores.
• El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social;
• La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad;
• El importe del fondo de reserva;
• Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente, y
• Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente.
La representación de toda sociedad mercantil corresponderá a su administrador o administradores, quienes podrán realizar todas las operaciones inherentes al objeto de la sociedad, salvo lo que expresamente establezcan la Ley y el contrato social.
La Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles:
• Sociedad en nombre colectivo;
• Sociedad en comandita simple;
• Sociedad de responsabilidad limitada;
• Sociedad anónima;
• Sociedad en comandita por acciones.
En este caso presentamos dos ejemplos de Actas Constitutivas de:
- Sociedad de Responsabilidad Limitada
- Sociedad Anónima:
2. Apartado de Títulos de Crédito.
Según la ley general de títulos y operaciones de crédito nombra a los títulos de crédito como los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que
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