Evolución constitucional de Panamá
Gricelda FuentesTrabajo23 de Abril de 2017
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República de Panamá[pic 1][pic 2]
Universidad Nacional de Panamá
CRUSAM
Facultad de Derecho
Lic. En Derecho y Ciencias Políticas
Materia: Ciencias Políticas
Profesor: Ernesto Nicolau
Trabajo Final, Evolución Constitucional de Panamá de Cesar Quintero
Presentado por: Ivenshka Gálvez 8-865-1661
Introducción
El factor geográfico ha influido en el desenvolvimiento político y jurídico de todos los países. Pero en ningún caso la influencia de este factor ha sido tan decisiva y fatal como en el de Panamá.
A pesar de factores pocos favorables, el Istmo de Panamá, tan pronto fue descubierto por España mereció de ella su más especial interés, Panamá se convirtió en el paso obligado hacia las regiones meridionales u orientales de este y otros continentes. Esto ha determinado la singular economía panameña basada en la prestación de servicios, y su extraordinaria dependencia de la producción y del comercio de otros países. A ello se le une los designios políticos y militares de distintas potencias que han intervenido en la vida del Istmo por razones económicas y estratégicas.
Todos estos factores han determinado no solo la economía, sino también la vida social y política de los panameños.
Debemos advertir la inexactitud de la tendencia de pretender que la vida constitucional de Panamá comienza con la carta de 1904, promulgada a raíz de su separación de Colombia. Pues, lo cierto es que el constitucionalismo panameño se origina con la Constitución de Cádiz.
Es preciso dividir la historia constitucional panameña en tres eras: La colonial, la colombiana y la que han dado a llamar la republicana.
- LA ERA COLONIAL
El equilibrado estatuto de Bayona otorgado por Napoleón, a fin de que su hermano José reinara en España fue teóricamente la primera constitución de España, pero, no ejerció influencia alguna en el subsecuente constitucionalismo de los nacientes estados hispanoamericanos, sin embargo, ésta nunca llego a consolidarse.
En cambio la Constitución Española de Cádiz, promulgada en 1812 fue hecha democráticamente por delegatorios españoles de ambos mundos; el peninsular y el hispanoamericano y coloca a los españoles de ambos hemisferios en completo pie de igualdad y fue proclamada en varias provincias de América, entre ellas Panamá.
Dos años después de promulgada la Constitución de Cádiz, Fernando VII, la declaro nula y condenaba a muerte a quien la defendiera, sin embargo, seis años después se vio obligado a restablecerla por un corto periodo, ya que la reacción de la nobleza y el clero, unido al retraimiento de la burguesía, hicieron posible la intervención militar de la Santa Alianza que impuso el régimen absolutista y a Fernando VII no le quedo otra opción que volver a liquidar la Carta de Cádiz.
La Constitución de Cádiz, fue un modelo de compromiso entre los sectores conservadores de un país tradicionalista y atrasado, con elementos liberales que trataban de colocar a España a la altura de los tiempos
- LA ERA COLOMBIANA
Que las fuerzas militares españolas estuvieran confinadas en las provincias de Sudamérica, permitió a Panamá lograr por sí sola su independencia de España, según algunos autores los adinerados comerciantes panameños gratificaron pecuniariamente a los oficiales españoles claves.
Poco antes de ser proclamada la independencia de Panamá, llego al país una misión enviada por el general Agustín de Iturbide, para conseguir que Panamá se uniese al naciente Estado Mexicano, pero prevaleció la opinión de que el territorio istmeño hiciese parte de la flamante República de Colombia, creado por Simón Bolívar y formado por Nueva Granada, Venezuela y Ecuador.
El 28 de Noviembre de 1821, fecha de independencia de Panamá de España, la Constitución de Cúcuta llevaba dos meces y tres semanas de haber sido promulgada. De modo que ésta es la primera Constitución republicana que rigé en Panamá. Ésta era constitucional consta de tres periodos; El Unitario (1821-1852), El Federal (1853-1885) y el segundo periodo unitario (1886-1903).
- El Primer Período Unitario
Periodo en el que Panamá se independizo de España y se unió espontáneamente al Estado Bolivariano, con la Constitución de Cúcuta. Estas son las principales características de dicha Carta.
- La Constitución Colombiana de 1821
La llamada Constitución de Cúcuta estableció la separación de los tres órganos superiores del poder Estatal, es Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
El Congreso venía a ser el legislativo, formado por dos cámaras; el Senado y la Cámara de Representantes.
El periodo del Presidente y Vicepresidente era de 4 años y no podía ser reelegido más de una vez sin intermisión y eran elegidos de manera indirecta mediante electores escogidos por el voto popular directo.
La suprema autoridad judicial estaba confiada a una alta corte de Justicia de Colombia compuesta por cinco Ministros.
El territorio del Estado estaba dividido en departamentos, estos en Provincias divididas en Cantones, los cuales se subdividían en Parroquias.
En Síntesis la Carta de Cúcuta puede definirse como una constitución moderada y equilibrada que constituyó un genuino régimen republicano y autentico Estado de Derecho.
- La Constitución Boliviana
Bolívar adverso la unitaria Constitución de Cúcuta porque establecía un congreso poderoso y un presidente de limitados poderes y removible cada cuatro años. El libertador previó que tan sutiles esquemas fracasarían a aplicarlos a países como el nuestro ya que éramos políticamente inexpertos. A este obsesionado anhelo obedeció al proyecto de la Constitución para Bolivia y Perú, y que luego quiso imponerle a Colombia.
Esta Constitución establecía cuatro poderes de Estado: el electoral, el legislativo el ejecutivo y el judicial.
No se puede decir que esta constitución era genuinamente republicana y democrática, pero, repugnaba las ideas demo liberales, por eso los países que constituían el Estado Colombiano la rechazaron. En 1826 se produjo la primera tentativa de separación de Colombia, surgió un movimiento separatista, pero el movimiento fue reprimido por los militares colombianos.
- La Constitución Colombiana de 1830
En 1830 Bolívar creó el Congreso Admirable y de allí sale la segunda Constitución Gran Colombiana, esta carta pretendía reorganizar el Estado bolivariano cuando ya Venezuela y Ecuador se habían erigido en Estados Independiente.
- Primera Separación del Istmo (1830)
Su gestor fue el General, José Domingo Espinar, no compartía las referencias de oligarquía panameña, era partidario de Bolívar, se reveló contra el gobierno imperante para propiciar la vuelta de Bolívar al poder y que reconstruyera el desmembrado Estado Gran Colombia, pero Bolívar rehusó tan noble como ingenuo ofrecimiento y le aconsejo que incorporará el Istmo a la Nueva Granada y así procedió a hacerlo Espinar.
- Segunda separación del Istmo (1831)
El jefe del segundo movimiento separatista fue el Coronel Venezolano Juan Eligio Alzuru que a diferencia de Espinar, si contaba con el apoyo de la oligarquía. Sus métodos crueles, pusieron en peligro a la clase dominante, por tanto, ésta, logró derrotar y fusilar al tiranuelo en ciernes, luego los dirigentes panameños, incorporaron al Istmo a la naciente República de Nueva Granada.
- La Constitución de Nueva Granada de 1832
Primera constitución nacional que tuvo realmente la república de Colombia, era unitaria. La constitución asignaba a las Cámaras Provinciales atribuciones, por ejemplo: decretar contribuciones necesarias. Al frente de cada Provincia había un Gobernador nombrado por cuatro años por el Presidente.
Por lo demás, la carta de 1832, seguía los lineamientos republicanos de la Constitución de 1821.
En 1840 se produjo la tercera separación de Panamá, por una guerra civil provocada por elementos que adversaban la constitución existente y propagaban un régimen centralizado y autoritario.
- La Constitución Istmeña de 1841
El 18 de Noviembre se declaró la separación, siete meses después, el 7 de junio de 1841, se promulgo la carta constitucional y se eligió como presidente del Estado al General Tomas Herrera.
Fue la primera Constitución Panameña que rigió en nuestro suelo, aunque de vigencia breve, ya que el 13 de diciembre de 1841, el presidente y los dirigentes de Estados, reincorporan el Istmo a la República de Nueva Granada.
- La Constitución Granadina de 1843
La Constitución de 1832n y 1843 no indican notorias diferencias, ambas son republicanas; ambas cuentan con un congreso formado por dos cámaras cono los mismos nombre, elegidos de la misma forma; en ambas el poder Ejecutivo está confiado a un Presidente y a un Vicepresidente, elegidos indirectamente por cuatro años.
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