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JUICIO SUCESORIO


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2012  •  Trabajos  •  611 Palabras (3 Páginas)  •  921 Visitas

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JUICIO SUCESORIO

TESTAMENTARIO

C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA

TEQUILA, JALISCO

P R E S E N T E

JOSE MANUEL DIAZ DURAN, mexicano, mayor de edad, soltero, de ocupación empleado, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase notificaciones el despacho ubicado en la calle Mazatlán número 6 en Tequila, Jalisco, y autorizando para oírlas en mi nombre y para recoger toda clase de documentos bajo términos del numeral 42 a la C. LIC., ENEIDA MARIA ROMERO CORDERO, y como autorizado en términos del artículo 119 al Estudiante de derecho C. Noé Oswaldo Velázquez Aguilera, ante Usted, con el debido respeto comparezco para;

E X P O N E R

Que por mi propio derecho y en el carácter de apoderado legal del Sr. BENANCIO SANDOVAL MIRAMONTES, vengo a denunciar la sucesión testamentaria a bienes de la señorita MARIA TRINIDAD MIRAMONTES BENAVIDEZ, basándome en los siguientes hechos y preceptos legales:

H E C H O S

1. Con fecha 25 veinticinco de diciembre de 2010 dos mil diez, falleció la señorita MARIA TRINIDAD MIRAMONTES BENAVIDEZ, tal como se acredita con la respectiva copia certificada de su acta de defunción que se acompaña al presente escrito como anexo 1.

2. Al momento de su fallecimiento, la autora de la sucesión había dispuesto de sus bienes en un instrumento de última voluntad, otorgando con fecha 7 siete de septiembre de 2004 dos mil cuatro, ante el Notario Público número 1 LIC. JUAN PEÑA RAZO, de Magdalena, Jalisco, un testamento público abierto en el cual nombró como único y universal heredero de sus bienes a el señor BENANCIO SANDOVAL MIRAMONTES, y como albacea y ejecutor de la disposición testamentaria al señor BENANCIO SANDOVAL MIRAMONTES, tal como lo acreditamos con el respectivo testamento que acompañamos como anexo 2.

3. La autora de la testamentaría no otorgó alguna otra disposición testamentaria y tuvo su último domicilio en la finca marcada con el número 70 de la calle Tomas E. Orendain Magdalena, Jalisco, razón por la cual promuevo la presente en la forma indicada.

D E R E C H O

I. AL fondo es aplicable lo dispuesto por los artículos 2652, 2653, 2655, 2656, 2666, y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Estado de Jalisco, así como los numerales 837, 838, 841, del Código de Procedimientos Para el Estado de Jalisco.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO. Tenerme por

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