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Juicio Laboral


Enviado por   •  10 de Junio de 2012  •  3.711 Palabras (15 Páginas)  •  896 Visitas

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1. ANTECEDENTES

1.1 JUICIO ORDINARIO LABORAL GUATEMALTECO

Al referirnos al término laboral, éste nos indica lo concerniente a la labor, lo que es lo mismo al trabajo, como tecnicismo moderno, éste término, califica en lo jurídico, en lo económico y en lo social, al conjunto de relaciones surgidas del contrato de trabajo o relación de trabajo, como actividad profesional subordinada.

El juicio laboral de trabajo se entiende como aquel en que se ventilan cuestiones generalmente entre empleados y empleadores o patronos, sobre la aplicación de las leyes laborales, es decir, los llamados conflictos de derechos o conflictos de trabajo, conceptos que nos refieren a los enfrentamientos, discrepancias y pugnas laborales que constantemente se promueven entre patronos y trabajadores. Pueden ser individuales y colectivos, de derechos o de intereses.

Este juicio está regulado en la legislación laboral guatemalteca, para que por medio del mismo se puedan dilucidar todas las diferencias existentes que pudieran surgir entre empleadores, trabajadores y las organizaciones sindicales.

A través de este procedimiento, especialmente se plantean reclamaciones de prestaciones laborales en contra de los empleadores, en la que incluyen indemnización por tiempo de servicio, vacaciones, aguinaldo, bonificación incentivo, bonificación anual (bono 14), ventajas económicas y otras.

Por lo general la mayoría de trabajadores se ven obligados a acudir a este juicio por incumplimiento por parte del empleador en el pago de sus prestaciones laborales, en especial la indemnización por tiempo de servicio (prestación laboral por despido injustificado).

La demanda deberá contener los requisitos establecidos en el Código de trabajo, si la misma fuere por escrito, pero también existe la posibilidad legal de que se inicie de forma oral a través de un acta levantada ante el propio tribunal.

Una vez presentada la demanda ante el Juzgado de Trabajo correspondiente, éste señala día y hora para llevar a cabo una audiencia entre las partes del proceso.

En dicha audiencia puede la parte demandada asumir diferentes actitudes; a) interposición de excepciones dilatorias, mismas que tienen como propósito depurar el proceso; b) contestación de la demanda en sentido negativo; c) oposición de excepciones perentorias; y d) reconvención.

1.2 NATURALEZA JURÍDICA

El juicio ordinario de trabajo es un típico proceso de cognición, ya que tiende a declarar el derecho previa fase de conocimiento; en él se dan preferentemente los procesos de condena y los meramente declarativos. Se diferencia del civil, en las modalidades que le imprimen los principios informativos y su propia normatividad.

2. CARACTERÍSTICAS

 Es un proceso atenuado. Pues el Juez tiene amplias facultades en la dirección y marcha del mismo, impulsándolo de oficio, produciendo pruebas por sí o bien completando las aportadas por los litigantes, teniendo contacto directo con las partes y las pruebas, y apreciando a las mismas con flexibilidad y realismo.

 Es un juicio predominantemente oral. Concentrado en sus actos que lo componen, rápido, sencillo, barato y anti formalista, aunque no por ello carente de técnica.

 Es limitado. En el número y clases de medios de impugnación y poco en la concesión de incidentes que dispersan y complican los trámites, más celoso que cualquier otro juicio en mantener la buena fe y lealtad de los litigantes y todo ello, saturado de una tutela preferente a la parte económica y culturalmente débil.

3. PRINCIPIOS

3.1 Principio de Oralidad

Es un proceso oral pero no son 100% orales. Se aprecia esta oralidad en el juicio o vista oral, todo se hace hablado.

Constituye uno de los principios fundamentales del procedimiento y en los laborales en particular, es conveniente la oralidad del juicio, ya que así los Jueces pueden obtener una impresión más viva del conflicto, sortear obstáculos con mayor facilidad y percibir con rapidez las falsedades.

El Proceso por Audiencias, que comprende las audiencias preliminar y de juicio dentro del proceso.

En la Ley están previstas las siguientes actuaciones orales: La presentación de la demanda; la audiencia preliminar; la audiencia de juicio; el interrogatorio de los testigos; el interrogatorio de las partes; las observaciones a las pruebas de la contraparte y la sentencia.

3.2 Principio de Publicidad

Supone una garantía que asegura la transparencia del funcionamiento de la justicia y proporciona seguridad y confianza en la tarea de los Tribunales.

3.3 Principio de Gratuidad

Se entiende como acceso y impartición de justicia son gratuita y sin costo alguno para las partes inmersas en un proceso.

3.4 Principio de Tutelaridad

Este principio, según la doctrina, lo encontramos inmerso dentro del principio protector, porque: "El principio protector se refiere al criterio fundamental que orienta el derecho del trabajo, ya que éste en lugar de inspirarse en un propósito de igualdad, responde al objetivo de establecer un amparo preferente a una de las partes: el trabajador.”

3.5 Principio de Sencillez

El Quinto considerando del Código de Trabajo guatemalteco establece "Que para la eficaz aplicación del Código de Trabajo es igualmente necesario introducir radicales reformas a la parte adjetiva de dicho cuerpo de leyes, a fin de expeditar la tramitación de los diversos juicios de trabajo, estableciendo un conjunto de normas procesales claras, sencillas y desprovistas de mayores formalismos, que permitan administrar justicia pronta y cumplida; y que igualmente es necesario regular la organización de las autoridades administrativas de trabajo para que éstas puedan resolver con celeridad y acierto los problemas que surjan con motivo de la aplicación de la Legislación Laboral."

3.6 Principio de Congruencia

El principio de congruencia procesal es aquél principio rector de la actividad procesal por el cual en toda resolución judicial debe existir conformidad o concordancia entre el pedido formulado por cualquiera de las partes y la decisión que el Juez tome sobre él.

“Este principio

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