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Justicia Restaurativa

ivantagle11 de Junio de 2014

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JUSTICIA RESTAURATIVA

La Justicia Restaurativa es un nuevo enfoque en el proceso de subsanación para las personas afectadas por un delito, el agresor y la comunidad, para hablar de los daños causados y la forma en que estos pueden repararse.

La Justicia Restaurativa surgió en la década de los años setenta como una forma de mediación entre las victimas y delincuentes y en la década de los años 90 amplió su alcance para incluir también a las comunidades de apoyo, con la participación de familiares y amigos de las victimas y los delincuentes en procedimientos de colaboración denominados “reuniones de restauración y círculos”.

Los programas de Justicia Restaurativa, por consiguiente, habilitan a la victima, al infractor y a los miembros afectados de la comunidad para que estén directamente involucrados en dar una respuesta al crimen. Ellos llegan a ser el centro del proceso de justicia penal, con profesionales del Gobierno y del derecho que sirven como facilitadores de un sistema que apunta a la responsabilidad del infractor, la reparación a la victima, y la total participación de esta, el infractor y la comunidad.

Dentro de los cambios radicales de la manera de hacer justicia en nuestro Estado se contemplo lo relativo a la Justicia Restaurativa y quedo plasmado en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chihuahua, en el artículo 23, que textualmente dice:

“Para la solución de las controversias materia del presente Código se adopta el Principio de Justicia Restaurativa, entendido como todo proceso en el que la víctima u ofendido y el imputado, o condenado, participan conjuntamente, de forma activa, en la resolución de las cuestiones derivadas del delito, en busca de un resultado restaurativo.

Se entiende por resultado restaurativo, el acuerdo encaminado a atender las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas de las partes y a lograr la integración de la víctima u ofendido y del infractor en la comunidad en busca de la reparación, la restitución y el servicio a la comunidad.

El Ministerio Público utilizará como medios para lograr la justicia restaurativa, la negociación, la mediación y la conciliación, entre otras”.

Actualmente, dentro de la estructura de la Procuraduría General del Estado existe el “Centro de Justicia Alternativa”.

Cuya finalidad es garantizar la asistencia, protección y restauración a las víctimas y ofendidos por el delito.

Anteriormente existía un sistema de justicia penal que solamente impartía castigos a los delincuentes y excluía a las victimas a no encarar las necesidades emocionales y relacionales de aquellas personas que se vieron afectadas por el delito. En un mundo donde las personas se sienten cada vez mas alineadas, la justicia restaurativa restablece y desarrolla sentimientos y relaciones positivas.

Un sistema restaurativo de justicia penal apunta no sólo a reducir la cantidad de delitos, sino también a disminuir el impacto de los mismos. La capacidad de tratar las necesidades emocionales y de comprometer a los ciudadanos en el proceso es la clave para lograr y mantener una sociedad civil sana.

Actualmente en nuestro Estado las prácticas restaurativas que han probado fehacienteme su eficacia, mostrando programas de desjudicialización y participación activa de la victima, el agresor y la comunidad, y como resultado de estas prácticas tenemos un alto grado de satisfacción en las victimas, al recibir el reconocimiento y reparación; de los agresores al recibir la oportunidad de ser tratados como seres humanos, reconocer su falta y repararla, así como de hacer las cosas en forma distinta en el futuro. La Justicia Restaurativa pretende un cambio en nuestra manera de ver y responder a los actos criminales.

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