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LA EJECUCION PENAL Y LAS POLITICAS CARCELARIAS


Enviado por   •  15 de Agosto de 2022  •  Trabajos  •  2.138 Palabras (9 Páginas)  •  48 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES

MATERIA: LA EJECUCION PENAL      Y LAS POLITICAS CARCELARIAS.

TRABAJO INTEGRADOR

ALUMNA: MARIANA FLORENCIA MAMANI (LIC. PSICOLOGIA)

DNI: 271465465

Introducción

El presente trabajo es elaborado en el marco de la culminación del curso Ejecución de la pena y Políticas Penitenciarias, correspondiente a la especialización en criminología.

En el mismo trataré de dar cuenta de los conocimientos adquiridos en el recorrido de la materia. Como tema central no intentaré innovar, pero sí insistir en la importancia de hacer visible la situación de las cárceles bonaerense, (siendo éste el lugar donde resido). Mas aun en un momento social en el cual parte de la sociedad reclama medidas mas duras para quienes son acusados de cometer delitos, en respuesta a ello en los últimos años, se vio reflejado un sostenido endurecimiento del sistema penal en el que se incrementó enormemente la tasa de encarcelamiento en la nuestro País, sobre todo en la provincia de Buenos Aires.

En este contexto es preciso mencionar el alarmante crecimiento poblacional de los lugares de encierro que se ven colapsados en todos los aspectos. Dando lugar a situaciones altamente conflictivas en las que se vulneran todo tipo de derechos constitucionales e incluso se juega la vida de los detenidos.

En este marco la vulneración de derechos fundamentales como el trabajo y la educación inciden significativamente en el avance progresivo dentro del sistema penal, obstaculizando el acceso a beneficios como salidas transitorias entre otras, y agravando la situación de sobrepoblación.  

Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias,

para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas,

y toda medida que a pretexto de precaución

conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija,

hará responsable al juez que la autorice”

6(art. 18 de la Const. Nac.)

Lejos de cumplir con los preceptos de nuestra Constitución Nacional, las cárceles de la provincia de Buenos Aires desde hace mucho tiempo se encuentran en un estado Emergencia humanitaria que puede verse reflejado en los informes que elabora el SNEEP[1] (Sistema Nacional de Estadísticas sobe ejecución de la Pena).  Allí podemos ver cómo fue aumentando la población penitenciaria. Pese a que la información depende de la misma administración penitenciaria, siendo que no existe en nuestro País una ley que establezca criterios objetivos para la definición del cupo carcelario, según estándares internacionales de Derechos Humanos. Los datos publicados no dejan de ser alarmantes.  

Según las estadísticas penitenciarias disponibles relevadas por el SNEEP, al 31 de diciembre del 2020, había en la República Argentina 94.944 personas privadas de libertad en unidades de detención, lo que implica una tasa de 209 cada 100.000 habitantes. Si a esta población le sumamos las 11.615 personas privadas de libertad en dependencias policiales o de fuerzas de seguridad informado por dichas instituciones, la cifra alcanza a los 106.559 es decir una tasa de 235 personas detenidas cada 100.000 habitantes. En este marco la provincia de Buenos Aires es la que más personas tiene en sus unidades de detención, alcanzando el 45% del total.

En la provincia de Buenos Aires hay 57 cárceles, 4 alcaidías penitenciarias, 8 alcaidías departamentales y 1 unidad de tránsito. A pesar de que hubo un descenso en la cantidad en comparación con el año anterior 2019(45.392), actualmente la población total asciende a 42.791 personas privadas de su libertad distribuidas en las 33.129 plaza, lo cual muestra que aún existe una sobrepoblación de 9.662, es decir un 29, 2%.

[pic 1]

        Podemos observar en el cuadro, el pico máximo alcanzado durante el 2019, como resultado de políticas de seguridad y de persecución basada en el encarcelamiento selectivo. La captación de sectores pobres que conforman la cadena más débil del delito.  Según las características de la población que se desprenden de los registros arroja que: el 96, 4 % son varones, mientras que las mujeres representan un 3,4% y la población trans un 0, 2%.  Del total el 65 % son menores de 44 años, siendo el de 25 a 35 años un 40% del total. Desmitificando versiones racistas el 95,1 % de los detenidos son argentinos. 4,9% extranjeros. Otro dato a tener en cuenta es el nivel educativo alcanzado es de un 70% no termino la secundaria y por ultimo el 45% al momento de ingreso no contaba con trabajo, y un porcentaje similar 46% no con contaba con un oficio ni profesión.

Lo lamentable de esta situación es que, una vez que ingresan al sistema penal, estos datos no varían significativamente. Ya que el 67% no cuenta con trabajo remunerado, el 89% no participó de ninguna capacidad laboral, y el 64% no participo en ningún programa educativo.

Otra cuestión a tener en cuanta es que el 49 % del total de los detenidos/as están sin condena, es decir con prisión preventiva. Quedando lejos la posibilidad de avanzar y gozar de las etapas del sistema progresivo.

El Régimen penitenciario[2], (también llamado de Progresividad) es el proceso que una persona deberá atravesar en cumplimiento de la pena privativa de libertad que la autoridad judicial le ha impuesto. Este régimen o sistema está dividido en cuatro fases o periodos (Observación, Tratamiento, Periodo de prueba, y Libertad condicional y Libertad asistida) por los que se debe progresar o avanzar. Dicho avance dependerá del cumplimiento de los objetivos que la autoridad penitenciaria fije para cada una de las fases. Este cumplimiento implicará beneficios consistentes en la atenuación de su régimen de detención y la posibilidad de acelerar el acceso a salidas transitorias y semilibertad. La incorporación al régimen se produce una vez que la condena es comunicada al establecimiento penitenciario.

Si la persona no esta Condenada, puede optar el régimen de ejecución anticipada Voluntaria. Siempre que cumpla los requisitos prefijados. Para ser incorporado a este régimen es necesario tener, al menos, bueno en Conducta (como mínimo calificación 5) trabajar o haber solicitado hacerlo y asistir a los cursos de educación obligatorios.

Sin embargo, si volvemos sobre los datos recabados por el en SNEEP, acerca de la inclusión educativa y laboral, de las personas privadas de libertad, donde el 67% no cuenta con trabajo remunerado, el 89% no participó de ninguna capacidad laboral, y el 64% no participo en ningún programa educativo. Con lo cual el acceso al régimen penitenciario y consecuentemente a la posibilidad su incorporación al instituto tales como salidas transitorias, libertad asistida o condicional se ve obstaculizado, siendo el trabajo y la educación, uno de los criterios para su concesión.  

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