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La Filiación


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2014  •  3.478 Palabras (14 Páginas)  •  176 Visitas

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Origen.

En la Biblia.

En principio, la única filiación reconocida en las Sagradas Escrituras fue la matrimonial, en virtud de ser el matrimonio la única unión válida ante los ojos de Dios. No obstante, es posible encontrar sucesos en donde narra la existencia de la filiación extramatrimonial.

De igual forma, es posible ver el distinto tratamiento impuesto entre los descendientes habidos dentro de matrimonio y los engendrados fuera de la unión matrimonial.

En Grecia y Roma.

Su principio constitutivo fueron las creencias, la unidad de los miembros de la familia se basó en la religión del hogar y de los antepasados. De este modo, el descendiente consanguíneo dejaba de considerarse como tal, si había renunciado al culto o se había emancipado, sin embargo el adoptado podía incorporarse a la familia como un verdadero descendiente, aún cuando no tenía nexo de sangre, ya que poseía algo mejor, la comunidad de culto.

En cuanto a la filiación de las mujeres, cuando una de ellas se casaba debía renunciar a la religión de su padre, pues el matrimonio la desligaba completamente de su familia de origen, debiendo entrar a la potestad marital, con lo cual asumía la categoría jurídica de hija del marido, obligándose con ello a profesar al religión y rendir culto a los antepasados de su cónyuge.

La familia solo se continuaba como culto por vía de los varones. El ingreso de un hijo en la familia se consideraba un acto religioso, en el cual el nuevo integrante debía ser aceptado primeramente por el padre.

Respecto de la adopción, cabe señalar que sólo se permitía a quien no tuviera hijos, buscando prevenir la extinción del culto.

En las culturas maya y azteca.

En estas culturas la familia se fundó bajo las bases de la unión monogámica preponderantemente patriarcal, lo cual permitió la determinación de la filiación tanto en vía paterna como materna. Sin embargo, como se sabe, la poligamia fue tolerada para los varones en el caso de las clases altas o dirigentes.

En la Nueva España.

Se condena todo tipo de unión contraria al matrimonio ya que el derecho Novohispano parte del derecho indiano y fundado en la tradición romana canónica el cual fue aplicado especialmente al Virreinato de la Nueva España.

Como la Iglesia era la encargada de regular el matrimonio y la vida familiar en la sociedad Novohispana, diferencio desde aquella época y hasta la fecha, la filiación matrimonial y la extramatrimonial, al denominar a los descendientes: legítimos e ilegítimos.

El México independiente.

Durante los tres siglos de la colonia en la Nueva España y las primeras décadas del México independiente, la vida familiar era regulada por la Iglesia con el reconocimiento de la autoridades civiles, quienes intervenían en la materia familiar sólo con relación a los efectos patrimoniales entre los consortes y entre los progenitores y sus descendientes.

Es hasta julio de 1859 cuando siendo Presidente de la República Mexicana Benito Juárez, se emitieron dos Leyes de Reforma relativas a la familia: La Ley del Matrimonio Civil y La Ley del Registro Civil, con ellas se desconoce el carácter religioso que has entonces había tenido el matrimonio como sacramento para hacer de él en adelante sólo un contrato civil.

Concepto

La filiación puede ser definida desde cuatro puntos de vista:

Etimológico.

La palabra filiación deriva del vocablo latín filatio-onis, perteneciente a su vez a la raíz filius, cuyo significado es hijo. Por lo que desde el punto de vista etimológico, se destaca la posición de éste en la relación con sus progenitores,

Gramatical.

El diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define la palabra filiación, como la procedencia de los hijos respecto a los padres.

Biológico

El vínculo biológico es el elemento natural, primario e indispensable para poder hablar del concepto jurídico de la filiación.

De esta manera para la Biología la filiación es el vínculo que liga a generantes y generados. La filiación biológica es, por tanto, una ley natural, un hecho de la naturaleza y como hecho natural la filiación existe siempre en todos los individuos en cambio en la filiación legal el derecho necesita asegurarse de la paternidad o maternidad para reconocer efectos jurídicos al hecho de la procreación.

Jurídico.

La definición jurídica parte de dos fuentes:

La ley y la doctrina.

En cuantía la primera, en la actualidad el Código Civil para el Distrito Federal, la define en su artículo 338 señalando a la letra:

"La filiación es la relación que existe entre el padre o la madre y su hijo, formando el núcleo social primario de la familia; por lo tanto, no puede ser materia de convenio entre partes, ni de transacción o sujetarse a compromiso en árbitros".

Filios: hijo

En el artículo esta invertido

En la doctrina ha sido concebida como hecho jurídico, vínculo jurídico, o ambos.

Hay quienes la definen como un estado civil o de familia, mientras otros la confunden con el parentesco y finalmente otro sector la conceptúa, como un hecho fundamentalmente biológico que no es regulado por el Derecho, pues este sólo regula los efectos y las consecuencias derivadas de esta institución.

Naturaleza jurídica y características de la filiación.

Hecho jurídico en estricto sentido y acto jurídico

El hecho jurídico lato sensu

"Es toda conducta humana o ciertos fenómenos de la naturaleza, que el derecho considera para atribuirles consecuencias jurídicas."

Este se clasifica a su vez en acto jurídico y hecho jurídico en estricto sentido.

"El acto jurídico es la conducta del ser humano en que hay una manifestación de voluntad, con la intención de producir consecuencias de derecho, siempre y cuando una norma jurídica sancione esa manifestación

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