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Las nuevas tecnologías en primera infancia desde la perspectiva de derechos humnos INTRODUCCIÓN


Enviado por   •  21 de Mayo de 2018  •  Documentos de Investigación  •  3.258 Palabras (14 Páginas)  •  124 Visitas

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PARCIAL SEMINARIO DE EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS

Instituto Formación Docente                        “José Pedro Varela”

31/10/2017

     Romina Etchevarrén – Mónica Soto – Valentina Wasilewsky

                                      Profesora: Carolina Clavero


  1. INTRODUCCIÓN

El presente trabajo tiene la pretensión  de realizar el estudio y análisis de un caso práctico relacionado a la vulneración de Derechos en la primera infancia. Para tal motivo se tomará como marco teórico el desarrollo a través de la historia de los Derechos Humanos y la Concepción de infancia. Tomando como referencia la Convención de Derechos del Niño, la Declaración de los Derechos Humanos y Legislación Nacional relacionada a la temática. Con la finalidad de poder diagramar posibles líneas de acción para dar visibilidad y generar alternativas al problema desde una educación con enfoque en Derechos Humanos.

  1. DESARROLLO

El concepto de Derecho surge en las sociedades primitivas con la finalidad de establecer orden y evitar violencia entre los individuos de los pueblos.

 Los Derechos antes proclamados por la “ley del más fuerte”, han ido evolucionando hasta nuestros días en donde el Derecho lo decide un órgano parlamentario que es elegido por todos los ciudadanos a través del voto.

La actividad humana desde sus manifestaciones más cotidianas está regida por el Derecho. Siendo este entendido desde dos acepciones, como derecho objetivo, el que refiere al conjunto de normas que nos rigen; y a su vez desde la perspectiva de las facultades que nos conceden esas normas. Sin olvidar que estos Derechos también generan obligaciones que se deben cumplir.

En relación a la concepción de los Derechos Humanos, esta ha ido evolucionando a lo largo de la historia. Pudiéndose identificar, como lo plantea Fernando Sorondo (1988), cuatro grandes etapas.

Comenzando con una pre-etapa hasta el siglo XVIII en donde se formulan los principios y reivindicaciones que constituyen los orígenes del concepto.

No existen rasgos comunes a todo el período puesto que las leyes e implosiones variaban de un período a otro y entre los diferentes pueblos. Pudiéndose rescatar la definición del rol del gobernante y los límites de su poder, así como la preocupación por establecer el ideal de dignidad del hombre.

Por su parte la primera generación de Derechos, denominada derechos de “libertad”,  promulgan las libertades civiles y los Derechos políticos.

Las grandes declaraciones de los Derechos, viene a causa de los grandes cambios políticos, económicos y sociales que impone el surgimiento de la burguesía en los finales de la Edad Media. Generándose por parte de los “iluminados” del siglo de la razón, los postulados teóricos en relación a los Derechos Humanos teniendo como centro la dignidad humana, que será conquistada en la práctica a fines de siglo XVIII. Impulsadas por la declaración de “Habeas Corpus Act” (1679), que abre paso a la declaración de Derechos de 1689 de Inglaterra, las declaraciones de Virginia (1776), y la francesa (1789), que incorporan los Derecho Civiles y Políticos al orden jurídico.

La segunda generación de derechos,  o derechos de “igualdad”, son la conquista de los derechos sociales, económicos y culturales. La revolución industrial trajo como consecuencia el surgimiento de la clase obrera, sometidas a inhumanas condiciones de explotación. Lo que genera la lucha por la reivindicación de los Derechos de todos los ciudadanos por parte de los socialistas del S XIX.

Los derechos sociales, económicos y culturales son proclamados en el siglo XX por “Pacto internacional de Derechos” convenidos por la ONU en 1966. Incluyendo leyes laborales, derechos a la propiedad privada, a la educación, a la seguridad, entre otros.

Tercera generación incluye la etapa de formulación de derechos de los pueblos. En 1945, luego de la segunda Guerra Mundial, se crea la Organización de las Naciones Unidas, que tiene como finalidad proclamar el valor de la dignidad y de la persona humana. Lo que lleva a la proclamación de la Declaración Universal de los DDHH, en 1948. Encontrándose Uruguay entre los cuarenta y ocho países firmantes. Dicha declaración ratificada en 1966 obliga a los Estados firmantes a promover los derechos políticos, económicos, sociales y culturales. Convirtiendo al Estado en un garante político de los Derechos Humanos.

Es a través de esta declaración universal de los Derechos Humanos que se marca la lucha de los pueblos e individuos en post de alcanzar la igualdad social, en defensa de la dignidad humana.

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Dicha declaración supone  que los Derechos Humanos son un sistema universal de valores común para todos los individuos. Incluyendo Derechos civiles, políticos y económicos, sociales y culturales inherentes a toda persona, que representan una guía para el orden jurídico de cada nación.

Estableciendo al Estado como el principal responsable de efectivizar el cumplimiento de tales Derechos, sin discriminación alguna. Brindando las condiciones básicas e indispensables para la consecución de tal fin.  

En contrapunto de lo antes mencionado, debemos agregar que la construcción de los Derechos Humanos podemos entenderla solo como las conquistas logradas por la persona humana frente al poder del Estado. Por lo que debemos referirnos a la función crítica sobre el orden existente y al proyecto utópico de cambiar la realidad en función de la restitución y preservación de la dignidad humana, unida a los valores de  libertad e igualdad, implícitas en la concepción misma de los Derechos Humanos.

Encontrándose, como la sociedad misma, en constante evolución y construcción; la concepción del término encierra también un carácter universal y axiológico, porque le es propio a toda persona, en todo tiempo y lugar, independientemente de la conducta ética que adopten los individuos.

De igual forma, como lo plantea Martínez M. (2008), más allá de tener la posibilidad de  forjarnos o entender una definición de DDHH, debemos ser capaces de entender y vivir las condiciones elementales para que toda persona pueda desarrollarse de manera plena, atendiendo a la satisfacción de las necesidades básicas que le permitan acceder a una plena calidad de vida.

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