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MUNICIPIO DE VENECIA - CUNDINAMARCA

cmviggianisResumen12 de Julio de 2018

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MUNICIPIO DE VENECIA - CUNDINAMARCA

FECHA 

JUNIO

2018

INFORMACIÓN GENERAL

NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE ELABORA EL ESTUDIO PREVIO

Crystel Yohana Moreno Pérez

ALCALDÍA MUNICIPAL DE VENECIA – CUND.

CARGO DEL FUNCIONARIO SOLICITANTE

Secretario de Desarrollo Económico

OFICINA MISIONAL SOLICITANTE

Secretaría de Desarrollo Económico

TIPO DE CONTRATO

Contrato de Prestación de Servicios

ACTO ADMINISTRATIVO DE JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA

N/A

Artículo 2.2.1.2.2.1.4.1 del Decreto 1082

de 2015

BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

BPIN: 2017 62213 0010

NOMBRE: Consolidación de la producción agropecuaria limpia, sostenible y amigable con el medio ambiente durante el cuatrienio, en el Municipio de Venecia.

SECTOR: Agropecuario  

                   

DESCRIPCIÓN: asesor y apoyar en las buenas prácticas de la agricultura a las agrupaciones y pequeños productores de este sector en el municipio

  1. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD Y FORMA DE SATISFACERLA

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD Y FORMA DE SATISFACERLA

Se procede a realizar el presente estudio previo en acatamiento a lo señalado en el artículo 2.2.1.1.2.1.1, del Decreto 1082 de 2015.

Descripción

Se describe la necesidad, en la contratación para: PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMO TÉCNICO AGRÍCOLA DE LOS PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO.

Justificación

Desde tiempos antiguos la agricultura ha sido una actividad importante para el ser humano. Esta importancia continúa hasta el día hoy, ya que las economías de muchos países dependen entre otros factores del desarrollo de esta actividad.

En tal medida, como sostiene la OCDE, la agricultura es considerada como una de las actividades económicas, sociales y ambientales más esenciales para el ser humano.


En por ello, que las políticas agrícolas, en todos sus ámbitos (nacional, regional o internacional) se han convertido en herramientas imprescindibles para el desarrollo de los países en general, aunque, sobre todo, para los países menos desarrollados; pues son los medios más eficaces para la reducción de la pobreza en estas áreas, siendo una fuente primaria de alimentos y de empleo para la población de las mismas.

La actividad económica predominante en el Municipio de Venecia es la agricultura, que  a su vez la  forma de sustento de la mayoría de la población rural.

En tal sentido y por mandato constitucional,  es deber del Municipio de Venecia-Cundinamarca realizar actividades que tenga como objeto promover el bienestar social.

Así las cosas, y en aras de mejorar la calidad de vida de los venecianos dedicados a la actividad agrícola, el Municipio de Cundinamarca pretende brindar soporte y capacitación mediante un profesional agrícola para apoyar realizar seguimiento y evaluación de las parcelas demostrativas, realice visitas técnicas a los usuarios agrícolas y demás actividades de formación necesarias, con el objeto de mejorar la la capacidad productiva del campo veneciano.  

Forma de satisfacción

En consecuencia, se considera viable la presente contratación, y se requiere contratar un profesional del área agrícola para la ejecución de las actividades descritas.

  1. OBJETO A CONTRATAR Y CONDICIONES CONTRACTUALES

OBJETO DEL CONTRATO

PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMO TECNICO AGRICOLA DE LOS PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO.

CLASIFICACIÓN UNSPSC

El objeto contractual se encuentra codificado en la Clasificación Estándar de Bienes y Servicios de la Naciones Unidad – UNSPSC, así:

Descripción del Servicio a Contratar

Segmento

Familia

Clase

Producto

servicios profesionales

86000000 – Servicios Educativos y de Formación

86100000 –

Formación Profesional

86101700 Servicios de Capacitación Vocacional

86101705 –

Capacitación Administrativa

LUGAR DE EJECUCIÓN Y/O DE ENTREGA DEL CONTRATO

El lugar de ejecución del contrato será el municipio de Venecia – Cundinamarca, en la Alcaldía Municipal y demás locaciones que dentro de la jurisdicción del municipio le sean indicados por el supervisor del contrato.

PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El plazo de ejecución del contrato será de CINCO  MESES (05) MESES contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.

VALOR ASIGNADO AL CONTRATO

SIETE MILLONES CIENTO CONCUENTA MIL PESOS ($ 7´150.000) M/CTE, por concepto de honorarios, incluidos tributos nacionales, departamentales y municipales y demás costos directos e indirectos que implique la ejecución del contrato,  distribuido así:

CANT.

DESCRIPCION

VALOR POR  DIA

VALOR MENSUAL

TIEMPO

VALOR TOTAL

 

1

SERVICIOS PROFESIONALES

$ 47.666

$ 1.430.000

5 MESES

$ 7.150.000

VALOR TOTAL

$ 7’150.000

FORMA, CONDICIONES Y REQUISITOS DE PAGO

El pago del valor total del contrato se realizará de forma mensual y/o por fracción mes, según la ejecución del contrato, así:

CINCO  (5) pagos mensuales distribuidos de la siguiente manera.

  • CINCO PAGOS mensuales por valor DE UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS ($1´430.000,00) M/CTE.

 

Para efectos de cada pago se requiere de los siguientes requisitos y documentos:

  • Informe de actividades.
  • Cuenta cobro dirigida a la Alcaldía Municipal de Venecia – Cundinamarca.
  • Comprobante de pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social y Régimen Parafiscal (Según aplique), liquidados sobre un IBC no inferior al 40% del valor mensual del contrato. En caso de que la liquidación del IBC resulte por debajo del valor del SMMLV, dicho IBC se fijará en un (1) SMMLV.
  • Certificación de cumplimiento de las obligaciones contractuales expedida por el supervisor del contrato.

Para efectos de cada pago también se requiere: I) Formato debidamente diligenciado de certificación de ingresos mensuales para trabajador independiente, conforme con el Decreto 3590 de 2011. II) Exclusivamente para el primer pago, se deberá informar a la Secretaría de Hacienda Municipal, mediante un documento, un número y tipo de cuenta y nombre de la entidad financiera a donde se le pueda efectuar los pagos.

NOTAS:

  • Para efectos de pago, la Alcaldía Municipal de Venecia – Cundinamarca, dispondrá de hasta cinco (5) días hábiles contados a partir de la presentación completa de los requisitos y documentos de pago, y en defecto de cualquiera de estos, dicho término contará a partir de la corrección de los mismos, sin generarse compensación alguna por parte de la entidad.
  • Los pagos se someterán al Derecho de Turno contemplado en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 019 de 2012.

INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN

En cumplimiento de los artículos 4 y 16 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, el seguimiento y control del Contrato a celebrarse se realizará por medio de un SUPERVISOR DE CONTRATO, quien en este caso será el SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE VENENCIA-CUNDINAMARCA; quien efectuará su Supervisoría en los aspectos definidos en el Inciso 2 del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 de conformidad con el Manual de Contratación y de Interventoría y Supervisión de la Entidad.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL BIEN, SERVICIO U OBRA

N/A

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

OBLIGACIONES GENERALES:

1) Responder por sus actuaciones y omisiones derivadas del presente contrato, y de la ejecución del mismo, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993.

2) Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

3) Responder por la administración y entrega de los documentos producidos en cumplimiento de las obligaciones contractuales.

4) Mantener informado al supervisor del contrato sobre el desarrollo de las actividades puestas bajo su responsabilidad.

5) Responder por la calidad y cumplimiento de las actividades asignados.

6) No retirar, ni borrar de los equipos de la entidad los documentos producto de la ejecución del contrato, los cuales pasan a ser de propiedad de la entidad.

7) Participar en reuniones y eventos a los cuales sea asignado por la Alcaldía en el tema objeto del contrato y presentar los informes que le sean requeridos.

8) Responder por la custodia y buen manejo de los equipos y elementos suministrados por la Alcaldía, devolviéndolos en buen estado una vez terminado el contrato.

9) Mantener confidencialidad en el manejo de la información de aquellos eventos que por su delicadeza lo estima la Alcaldía.

10) En caso de incurrir el contratista en extravió, perdida, destrucción o daño proveniente del uso normal, de materiales, equipos, elementos y en general de cualquier bien que la Alcaldía le haya prestado para el desarrollo del objeto contractual, deberá reportar dicho siniestro al Supervisor del contrato.

11) Ejecutar el contrato dentro del marco de las políticas públicas del nivel nacional, departamental y municipal, y en especial, dar aplicación a las acciones e instrumentos que se generen dentro del Sistema Gestión de Calidad, Control Interno y Plan Institucional de Gestión, entre otros.

12) Desarrollar el Contrato acorde con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:

  1. Realizar visitas técnicas a los usuarios agrícolas en el Registro Único de Asistencia Técnica- RUAT, que requieran el servicio, soportadas en los respectivos memorandos.
  2. Apoyar el establecimiento, seguimiento y evaluación de las parcelas demostrativas establecidas en el POA 2018, para el sector agrícola  
  3. Asistir a las capacitaciones relacionadas con el objeto del contrato que brinden las entidades del orden nacional y departamental comisionado por la Secretaria de Desarrollo Económico, relativos a temas agrícolas realizando la correspondiente socialización y aplicación en el municipio.
  4. Recopilar y consolidar datos de los usuarios en RUAT agrícola diligenciando el respectivo formato.
  5. Disponer de su propio medio de transporte para el desarrollo delas actividades, por su nombre, cuenta y riesgo
  6. Apoyar otras actividades de gestión administrativa y fortalecimiento general de la Secretaria de Desarrollo Económico, de conformidad con las funciones de la misma.
  7. Presentar un informe mensual de actividades con los respectivos soportes.
  8. Presentar informe final que deberá contener la síntesis de todos los informes parciales.

OBLIGACIONES DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL

OBLIGACIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS:

  1. Cancelar AL CONTRATISTA oportunamente el valor del contrato en la forma, plazos y condiciones que se indican en el mismo.
  2. Suministrar AL CONTRATISTA, en caso que este lo requiera, los elementos necesarios para la ejecución del objeto contratado.
  3. Dar respuesta oportuna a través del supervisor del contrato a las peticiones del CONTRATISTA en sus actividades.
  4. Asumir el concepto tributario de IVA, si es del caso, sin afectar el valor del contrato por concepto de honorarios, así como los demás tributos a su cargo.
  5. Asignar un supervisor a través del cual LA ENTIDAD CONTRATANTE mantendrá comunicación permanente y directa con EL CONTRATISTA.
  6. Las inherentes a la naturaleza del contrato y las contempladas en el artículo 4 de la Ley 80 de 1993.  

FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

Modalidad de contratación:

CONTRATACIÓN DIRECTA 

Fundamento jurídicos:

De acuerdo a lo enunciado en el literal h) del numeral 4 del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, que establece como causal de Contratación Directa: “h) Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales.”; a su vez el Artículo 2.2.1.2.1.4.9.del Decreto 1082 de 2015, dispone que (…) “Artículo 2.2.1.2.1.4.9. Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales. Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita. Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la Entidad Estatal, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o asistenciales. La Entidad Estatal, para la contratación de trabajos artísticos que solamente puedan encomendarse a determinadas personas naturales, debe justificar esta situación en los estudios y documentos previos.” (…).

  1. INFORMACIÓN FINANCIERA

ANÁLISIS DEL SECTOR

Ver anexo N° 1

SOPORTE PRESUPUESTAL DE LA CONTRATACIÓN

La contratación a adelantar, según el artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el Decreto 111 de 1996, se respalda presupuestalmente así:

CDP N°

Expedición

Rubro N°

230806

Denominación Rubro

Pago de personal técnico vinculado a la prestación del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural

Fuente

21 – Sgp libre inversión

Valor

$ 7.150.000

  1. CRITERIOS HABILITANTES Y FACTOR DE SELECCIÓN

IDONEIDAD

Perfil

Bachiller técnico agropecuario, con estudios continuados en el área dela agricultura y afines.

Acreditación

Para la demostración del perfil deberá aportarse:

Mediante el diploma y/o acta de grado de bachiller académico agropecuario. Diplomas y/o certificaciones de sus estudios continuados en las área dela agricultura y afines. Estos documentos académicos deberán haber sido expedidos por una Institución de Educación reconocida por el Ministerio de Educación Nacional.

Nota: de conformidad con el artículo 9 del Decreto 019 de 2012, la entidad no exigirá dentro del presente trámite contractual la presentación de los documentos que soportan la información académica, ya que, como se trata de la persona natural anteriormente contratada, dichos soportes ya reposan en los archivos contractuales de la Alcaldía Municipal.

EXPERIENCIA

Experiencia relacionado en asistencia técnica en entidades público  y/o privados que desempeñan actividades agropecuarias, por un término superior a seis (6) años.

Acreditación

La demostración de la experiencia deberá aportarse:

Certificaciones y/o copia de contratos como asistente técnico en entidades público y/o privado que desempeñan actividades agropecuarias, por un término superior a  seis (6) años.

.

Nota: de conformidad con el artículo 9 del Decreto 019 de 2012, la entidad no exigirá dentro del presente trámite contractual la presentación de los documentos que soportan la experiencia, ya que, como se trata de la persona natural anteriormente contratada, dichos soportes ya reposan en los archivos contractuales de la Alcaldía Municipal.

  1. GARANTÍAS

CONTRACTUALES

De conformidad con el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, para las contrataciones directas no será obligatoria la constitución de garantías.

  1. MATRIZ DE RIESGOS

Ver anexo N° 2

  1. APLICACIÓN DE ACUERDOS Y TRATADOS INTERNACIONALES

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, y el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en procesos de contratación” – versión M-MACPC-12, expedido por la Agencia Nacional de Contratación, los Acuerdos o Tratados Internacional de tipo comercial con capítulo de compra pública, no son aplicables a procesos de selección que se adelanten bajo la modalidad de Contratación Directa.

  1. DOCUMENTOS PREVIOS

       

  • PROPUESTA TÉCNICO – ECONÓMICA
  • FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
  • DECLARACIÓN JURAMENTADA DE BIENES Y RENTAS
  • CÉDULA DE CIUDADANÍA
  • ANTECEDENTES FISCALES
  • ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
  • ANTECEDENTES JUDICIALES
  • ANTECEDENTES MEDIDAS CORRECTIVAS
  • COMPROBANTE DE AFILIACIÓN Y PAGO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y RÉGIMEN PARAFISCAL
  • REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO

_______________________________

EDGAR ENRIQUE MEDINA

Secretario de Desarrollo Economico

Elaboró: Crystel Yohana Moreno Pérez – Auxiliar Administrativo

Revisó:  Julián romero Fonseca – Secretario General Y De Gobierno

             

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