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Ocupación de Bienes, Derecho Civil, Honduras


Enviado por   •  5 de Febrero de 2019  •  Informes  •  3.159 Palabras (13 Páginas)  •  1.074 Visitas

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[pic 1]       UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE HONDURAS      [pic 2][pic 3]

                                Campus Tegucigalpa  

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         Abogada: Xiomara Osorio

         Fecha: 3 diciembre 2018.

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2018

Contenido

Introducción        3

Objetivo General        3

Objetivo específicos        3

La ocupación su orígenes        4

En Roma habían cosa que no se podían poseer a través de la Ocupación como ser:        5

Res Comunes:        5

Res Publicae:        5

Res Universitatis:        5

Concepto de Ocupación        5

Concepto de ocupación en derecho civil        6

Requisitos para la ocupación        6

Clases de Ocupación        7

Cosas animadas.        7

Caza        8

Dominio del animal bravío        8

Pérdida del dominio del animal bravío        8

Pesca        10

Dominio en  la pesca        10

Pérdida del dominio en la pesca        10

Facilidades consagradas a los pescadores marítimos        10

Ocupación de las cosas Inanimadas        11

Invención o hallazgo        11

Requisitos        11

Cosas abandonadas al primer ocupante        12

Tesoro        12

Propiedades en guerra de Nación a Nación        12

Procedimiento para declarar el dominio de propiedad de invención o hallazgo.        12

El tesoro        12

Especie de mueble al parecer perdida.        13

Cosas perdida en naufragio.        14

Conclusiones        14

Bibliografía        15

Introducción

El presente informe detalla  la Ocupación de Bienes como un modo de adquirir el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie, y cuya adquisición no es prohibida por las leyes hondureñas o por el derecho internacional. Abordaremos el origen de la Ocupación, requisitos y procedimiento.

A continuación se presenta un trabajo de investigación documental al analizar lo tipificado en el Código Civil Decreto N° 76 1906, vigente en el derecho hondureño, una exploración por páginas web de reconocida credibilidad marcadas por las consultas consuetudinarias por usuarios  a nivel internacional. Dicho trabajo culminará en una exposición de comprobación a nivel de aula por el equipo de estudiantes de la Clase de Civil I.

Esperamos Que el presente trabajo reúna los criterios previamente socializados por la catedrática que imparte dicha cátedra,  y que además pueda servir como fuente de conocimiento para nuestros compañeros pupilos, o estudiantes de futuras generaciones.

Objetivo General

  1. Conocer la figura de la Ocupación de Bienes, requisitos y procedimientos.

Objetivo específicos

  1. Estudiar la Ocupación de Bienes como una Figuera de adquirir u obtener un bien.
  2. Conocer los requisitos y procedimientos que nuestra ley impone para la figura  de ocupación de bienes.  

La ocupación su orígenes

Ocupación es un término que proviene del latín occupatio y que está vinculado al verbo ocupar (apropiarse de algo, residir en una vivienda, despertar el interés de alguien).

La ocupación (occupatio) en derecho romano podría definirse como la aprehensión de una cosa no pertenece a nadie (res Nullius) con la intención de tener para si como propia.

Los modos originarios de adquirir la propiedad en el Derecho romano eran básicamente: la usucapión, la confusión, la ocupación, la accesión, la conmixtión, la especificación y la adjudicación. Veamos brevemente de que se trataba la Ocupación.

La ocupación tenía lugar cuando la persona ejercía la posesión sobre una cosa que aparentemente no pertenecía a nadie (res nullius), convirtiéndose de esta manera en propietaria por ocupación (occupatio). 

Res nullius es una expresión latina, que significa "cosa de nadie", utilizada para designar las cosas que no han pertenecido a persona alguna, o sea, lo que no ha sido propiedad de ninguna persona.

La ocupación adopta distintas formas, que pueden clasificarse de la siguiente manera:

  • Ocupación de cosas animadas, esto es, la pesca y la caza.
  • Ocupación de cosas inanimadas, que recibe distintos nombres como invención o hallazgo.

En el Derecho Romano aquel que ocupaba una cosa sin dueño, siempre que tuviera el ánimo de retenerla como suya, adquiría mediante este acto la propiedad.

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