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Principios De La Seguridad Social

2305754 de Abril de 2013

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SINTESIS HISTORICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El Prócer de la Independencia y la integración latinoamericana Simón Bolívar, en el discurso de Angostura (15 de febrero de 1819) dijo:

"El sistema de gobierno más perfecto, es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política".

Las Ideas de Simón Bolívar fueron expresadas 62 años antes que la Seguridad Social como tal hiciera su aparición en el mundo.

No le había llegado su tiempo a las ideas del Libertador, pero fructificaron y fueron denominadas según él lo había adelantado.

En 2003 se cumplieron 110 años del inicio del seguro social en Alemania, fundamento de la moderna seguridad social, a través de la trilogía legal impulsada por el Canciller Otto von Bismarck entre 1883 y 1889 que estableció la protección de los trabajadores contra los riesgos sociales de vejez, invalidez y enfermedad. El modelo bismarckiano se desarrolló gradualmente en Europa y otros países industrializados. En 1919, al concluir la Primera Guerra Mundial, se fundó la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y ésta estableció el seguro social como instrumento fundamental de protección de los trabajadores y sus familias contra ciertos riesgos sociales. En ese año la OIT tomó su primer acuerdo en este campo protegiendo a la maternidad; la “primera generación” de estos acuerdos se basaba en el concepto de seguro social y se aplicaba a ciertas categorías de trabajadores. En 1935 los Estados Unidos promulgó la ley de “seguridad social”, la primera en usar dicho vocablo, el cual también se utilizó en la ley de Nueva Zelanda de 1938 (OIT-AISS 2001a; Humblet y Silva 2002).

Impulsadas por el Canciller Alemán Otto Von Bismarck (el Canciller de Hierro) son refrendadas tres leyes sociales, que representan hasta hoy, la base del Sistema de Seguridad Social Universal:

• Seguro contra Enfermedad. 1883

• Seguro contra Accidentes de Trabajo. 1884

• Seguro contra la Invalidez y la Vejez.1889

Los resultados de la aplicación de este Modelo fueron tan eficaces que muy pronto es extendido a Europa y un poco más tarde a otras partes del mundo.

Pero el concepto moderno del término seguridad social fue desarrollado por Sir William Beveridge en su famoso informe El Seguro Social y sus Servicios Conexos publicado en 1942, que proponía un plan de “seguridad social” que integrase los seguros sociales, la asistencia social y los seguros voluntarios complementarios. En el informe se identificaban seis “principios”, incluyendo el servicio público único o unificación de la responsabilidad administrativa, la comprensividad, y la uniformidad en la cotización y la prestación (Beveridge 1946).

En 1944, cuando la Segunda Guerra Mundial estaba próxima a concluir, la OIT en su Declaración de Filadelfia elevó la seguridad social a instrumento internacional y proclamó la necesidad de extender su cobertura. La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 estableció que toda persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la seguridad social. Esta es definida por la OIT como “la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que de no ser así ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente del trabajo o enfermedad profesional, desempleo, invalidez, vejez y muerte, y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos” (OIT-AISS 2001: 9).

En el estado actual de la sociedad, donde los procesos de globalización van borrando poco a poco las fronteras territoriales, es más que necesaria la vigencia de este principio. Los hombres ya son ciudadanos del mundo y merecen la protección independientemente de su pertenencia a determinado Estado, simplemente como seres humanos e integrantes de la aldea global. Dentro de este punto debemos mencionar:

• La Carta del Atlántico de agosto de 1941.

• La Declaración de Santiago de Chile, formulada por la Primera Conferencia Interamericana de Seguridad Social, en Septiembre de 1942.

• XXVI Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo realizada en Filadelfia, en Mayo de 1944.

• Abril de 1948, en la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada por la IX Conferencia Internacional Americana, celebrada en Bogotá, se afirma que toda persona tiene derecho a la Seguridad social. Similar declaración contiene el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, aprobado por las Naciones Unidas en su XXI Asamblea General en Diciembre de 1966- y la Declaración Iberoamericana de Seguridad Social de Buenos Aires, adoptada en el Congreso Iberoamericano de Seguridad Social en Abril de 1972.

• La Asamblea General de las Naciones Unidas reunida en París, en Diciembre de 1948, proclama la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y en ella manifiesta, en su artículo 22, que toda persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la Seguridad social y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de promover el bienestar común.

• La Asamblea General de las Naciones Unidas reunida en París, en Diciembre de 1948, proclama la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.

• La concepción de la Organización Internacional de Trabajadores, incorporada al texto del convenio Nº 102, sobre la norma mínima de Seguridad social, aprobado el 28 de junio de 1952.

Estos instrumentos contienen los principios básicos convencionales de la OIT que rigieron en el mundo sin ningún reto importante hasta fines de los años ochenta.

Los cambios económicos, sociales y demográficos ocurridos en los últimos dos decenios del siglo XX, así como la acción influyente en la seguridad social de los organismos financieros internacionales y regionales (Banco Mundial, FMI, BID) y el proceso de globalización, han gestado un nuevo paradigma de la seguridad social, auspiciado en reformas estructurales que se desvían de varios de sus principios convencionales e introducido nuevos principios.

PRINCIPIOS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL VENEZOLANA

1. Universalidad

Todas las personas deben participar de los beneficios del sistema de seguridad social.

“Este principio está orientado a garantizar que todas las personas sin distinción alguna, tengan derecho a la cobertura de las prestaciones, con independencia de que desarrollen o no una actividad económica y que su actividad laboral sea dependiente o autónoma”.

Beveridge (1946: 155) introdujo este principio como “comprensividad en la cobertura de las personas” y lo consideró un instrumento para abolir la pobreza. La Declaración de Filadelfia de 1944 proclamó que todos los miembros de la comunidad deberían ser cubiertos, de ahí la necesidad de extender las medidas de seguridad social para garantizar ingresos básicos a quienes lo necesiten y prestar asistencia médica completa.

Una recomendación de 1944 estableció que el seguro social debería proteger a “todos los asalariados y trabajadores independientes y a las personas a su cargo”.

La cobertura comenzó por los grupos organizados, grandes empresas, empleadores formales y asalariados urbanos, los más fáciles y rápidos para identificar, afiliar, recaudar, llevar el registro y la cuenta individual. Se propuso que la cobertura se iría extendiendo progresivamente, pero no pudo hacerse en muchos países por el predominio de las pequeñas empresas, el trabajo doméstico, por cuenta propia, a domicilio, ocasional y agrícola de subsistencia. La cobertura depende del grado de industrialización, el tamaño del sector formal y la antigüedad del sistema, de manera que es muchísimo mayor en los países desarrollados que en los países menos desarrollados. Las crisis económicas, los programas de ajuste estructural, la globalización y otros factores han generado un mayor desempleo, así como empleo parcial, por cuenta propia, ocasional, en microempresas y el sector informal, provocando una caída en la protección social y creando nuevos retos al ideal de universalidad (OIT 2000b; OIT-AISS 2001a).

En 2000 la OIT declaró que la extensión de la cobertura es el mayor reto que confrontan los sistemas de seguridad social. Para hacer frente a este reto y los problemas antes explicados, en 2001 la Conferencia acordó renovar la campaña para mejorar y extender la cobertura a quienes la necesiten, si bien cada país debe determinar una estrategia nacional que logre la seguridad social para todos. “La función prioritaria del Estado es facilitar, promover y extender la cobertura de la seguridad social”; “hay que dar máxima prioridad a las políticas e iniciativas que aporten seguridad social a aquellas personas que no estén cubiertas por los sistemas vigentes”, por ejemplo, empleados de microempresas, trabajadores por cuenta propia o independientes, trabajadores a domicilio o temporales, participantes en el sector informal—muchos de ellos mujeres. Para ello hay que tener en cuenta las diversas necesidades y capacidades contributivas de los grupos. Cuando no se pueda cubrir de manera inmediata y obligatoria a estos grupos, habría que introducir seguros voluntarios, micro seguros u otras medidas como la asistencia social (OIT 2002b).

El principio de Universalidad establece que toda persona tiene derecho a vivir con salud aún con medios económicos mínimos y exenta del temor de que, produciéndose un infortunio, no pueda disponer

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