Procedimiento Administrativo Sancionador
ELYZABEVARATutorial17 de Agosto de 2013
6.046 Palabras (25 Páginas)484 Visitas
PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR – PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS
GINA EVELYN ESPINOZA CUADROS
INDICE
Introducción
I Antecedentes 4
II Proceso sancionador administrativo 5
III Objeto del proceso sancionador 5
IV Finalidad del proceso sancionador 5
V Concepto de proceso sancionador 5
VI Ámbito de aplicación de este capítulo 6
VII Fundamento del proceso sancionador administrativo 6
VIII Características de la sanción 7
IX Principios del proceso sancionador 7
X Estabilidad de la competencia para la potestad sancionadora 9
XI Determinación de la responsabilidad 10
XII Como se inicia el proceso sancionador 10
XIII Medidas de carácter provisional 11
XIV Atenuantes de responsabilidad por infracciones 12
XV Resolución 12
XVI Faltas administrativas 12
XVII Criterios para la aplicación de sanciones 13
XVIII El problema de las sanciones administrativas: realidad histórica y constitución 14
XIX Casos de aplicación 16
XX Diagramas 18
Conclusiones 19
Recomendaciones 20
Bibliografía 21
INTRODUCCIÓN
E
l Procedimiento Administrativo Sancionador es aquel por el cual la Administración busca imponer una sanción al administrado por haber incurrido este último en desacato a una norma administrativa. Dicha sanción puede consistir en la privación de un derecho o la imposición de una multa.
La sanción administrativa busca disuadir a las sociedades de incurrir en una infracción administrativa. En ese sentido, estamos ante un tipo de responsabilidad sistémica siendo que la función principal que cumple la sanción en este caso es la función de prevención.
La determinación de la sanción se da al interior de un procedimiento administrativo sancionador, el mismo que debe ser garantista de los derechos del administrado, siendo que deberán respetarse una serie de principios administrativos recogidos por el Artículo 230º de la Ley Nº 27444: Principio de Legalidad, Debido Procedimiento, Razonabilidad, Tipicidad, Irretroactividad, Concurso de Infracciones, Continuación de Infracciones, Causalidad, Presunción de Licitud y Non Bis in Idem.
I. ANTECEDENTES
Desde sus orígenes el Derecho Administrativo Sancionador formó parte del Derecho Penal, por lo cual no se lograba distinguir un procedimiento administrativo por sí mismo. Sin embargo, gracias al grado de desarrollo alcanzado por el Derecho Administrativo, especialmente a través de la interpretación jurisprudencial, en la actualidad resulta posible hablar de un procedimiento administrativo sancionador, el cual, tal y como se expondrá, se rige por principios y preceptos que le son propios.
Inicialmente, el proceso administrativo disciplinario se regulo en el Decreto Ley 11377 que es la primera norma que regulo todos los aspectos de la carrera administrativas no apareciendo la vigencia del contrato de trabajo con gran acentuación. Sólo consistía en aplicar a los servidores y funcionarios en que la gran mayoría eran nombrados y los funcionarios de confianza designados. La contratación como es el de servicios personales y no personales no tenía auge como ahora existen, a tal punto que con la vigencia de este decreto ley no existía una norma que protegía a los contratados.
Posteriormente, con la acentuación y definición clara del contrato de trabajo del régimen privado, se identificó también la existencia del contrato de trabajo público con diferencias marcadas con el sector privado regulándose en el Decreto Legislativo 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM y en forma definitiva en la Ley del Empleo Público, con lo que se amplió al personal que comprende la administración pública y por ende amplia sus alcances respecto del proceso disciplinario, siendo así, que comprende a los servidores, funcionarios, contratados los denominados servicios personales como también los de servicios no personales ( locación de servicios) cuya protección se encuentra en la Ley 24041
II. PROCESO SANCIONADOR ADMINISTRATIVO
Es un procedimiento administrativo interno, que se desarrolla de oficio, e implica regular el ejercicio de los poderes disciplinarios de la Administración respecto a sus agentes, con el fin de conservar el buen orden en el desarrollo de la función pública el procedimiento sancionador se contempla como un procedimiento especial. El cumplimiento de las disposiciones contenidas en las normas legales o administrativas no solamente constituye una obligación para los funcionarios y servidores públicos dentro de su actuación sino también constituye una obligación para los administrados
III. OBJETO DEL PROCESO SANCIONADOR
• Dotar de un régimen legal específico que torne uniforme el ejercicio de la potestad sancionadora.
• Otorgar al administrado garantías para el ejercicio de su defensa
IV. FINALIDAD DEL PROCESO SANCIONADOR
• Orientar la facultad de las entidades para establecer infracciones y sanciones.
• Advertir que su aplicación es supletoria, a procedimientos establecidos en leyes especiales
• Delimitar la Potestad Sancionadora Disciplinaria a las normas sobre la materia.
V. CONCEPTO DE PROCESO SANCIONADOR
Conjunto de actos concatenados que deben seguirse para imponer una sanción administrativa e imponer sanciones a los administrados.
VI. ÁMBITO DE APLICACIÓN DE ESTE CAPÍTULO
1. Las disposiciones del presente Capítulo disciplinan la facultad que se atribuye a cualquiera de las entidades para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados.
2. Las disposiciones contenidas en el presente Capítulo se aplican con carácter supletorio a los procedimientos establecidos en leyes especiales, las que deberán observar necesariamente los principios de la potestad sancionadora administrativa a que se refiere el articulo 230°, así como la estructura y garantías previstas para el procedimiento administrativo sancionador.
3. Los procedimientos especiales no podrán imponer condiciones menos favorables a los administrados, que las previstas en este Capítulo.
4. La potestad sancionadora disciplinaria sobre el personal de las entidades se rige por la normativa sobre la materia
VII. FUNDAMENTO DEL PROCESO SANCIONADOR ADMINISTRATIVO
A través del Derecho penal, el Estado pretende el amparo de aquellos bienes jurídicos fundamentales para la convivencia social, mediante la amenaza y el castigo de las conductas que los lesionan. Frente al Derecho penal, sin embargo, existe también otra herramienta sancionadora a disposición del Estado que, con el modesto propósito de procurar el correcto funcionamiento de la gestión administrativa, asegura el respeto a las normas jurídicas administrativas con la imposición de sanciones de orden administrativo, típicamente multas.
La doctrina tradicional considera que los principios que configuran y limitan la potestad sancionadora de la administración son los mismos que la Constitución ha previsto para el ejercicio de la potestad penal del Estado, por cuanto participarían de una misma naturaleza.
Así, el ejercicio de la potestad sancionadora de la administración está configurada y limitada por los principios de legalidad, tipicidad, culpabilidad o responsabilidad, proporcionalidad, non bis in idem y prescripción.
VIII. CARACTERÍSTICAS DE LA SANCIÓN
• Es un acto de gravamen - principal.
• Es un acto reaccional - accesorio.
• Es un acto represivo o disuasivo - objetiva
• Es un proceso que se encuentra sujeto a un determinado tiempo que no excederá de treinta (30) días hábiles improrrogables.
• Está comisión hará las investigaciones del caso solicitara cualquier tipo de investigación, examinará las pruebas que se presenten.
• Terminado este período probatorio o recolección de cualquier prueba elevará un informe al titular de la entidad, concluyendo por la existencia de la falta grave investigada, la responsabilidad del procesado recomendando las sanciones que sean de aplicación.
• Es prerrogativa
IX. PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA ADMINISTRATIVA
1. Legalidad.- El Principio de Legalidad se encuentra regulado en la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 en su Artículo IV. Principios del Procedimiento Administrativo. Inciso 1.1) "Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas".
El principio de Legalidad o Primacía de la Ley, nos hace referencia que la Administración Pública no puede actuar de manera autoritaria sin respetar los instrumentos legales, no obstante, su actuación debe encontrarse en el marco legal establecido por la Constitución y las Leyes comprendidas en un Estado de Derecho.
El principio de Legalidad, no es sino, el principio más importante en todas las ramas del derecho, debido a la seguridad jurídica que proporciona
...