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Propiedad Y Posesion


Enviado por   •  5 de Julio de 2013  •  1.068 Palabras (5 Páginas)  •  386 Visitas

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LA PROPIEDAD Y LA POSESION

TANNIA LORENA

¿Qué es la posesión, Cómo se adquiere y como se pierde la propiedad?

La propiedad es el derecho de obtener de un objeto toda la satisfacción que este pueda proporcionar

La posesión se constituye por la reunión de dos elementos. El primero, de carácter objetivo, se llama hábeas y es precisamente el control o poder físico que la persona ejerce sobre la cosa.

El segundo elemento tiene carácter subjetivo, se denomina animus possidendi o simplemente animus, y consiste en la intención o voluntad del sujeto de poseer la cosa, reteniéndola para sí, con exclusión de los demás. Para adquirir la posesión es necesaria la reunión de ambos elementos.

La posesión se perdía por la pérdida de cualquiera de sus elementos –el hábeas o el animus-, y forzosamente por la pérdida de ambos.

Que era la usucapio, cuáles eran sus requisitos, que era la accesión.

la adquisición de la propiedad por la posesión continuada durante el tiempo señalado por la ley

Para la usucapión deben reunirse cinco requisitos: res habilis, titulus, fides, possessio y tempus.

Res habilis. Este requisito tiene que ver con la cosa que se va a usucapir, que debería estas in commercium, puesto que las cosas que estaban fuera del comercio no podían ser apropiadas por los particulares.

Titulus. El título es aquel que justifica la posesión que debe estar fundada en una justa causa de adquisición. Estas causas son: pro emptore, pro donato, pro dote, pro legato, pro soluto, pro derelicto; es decir, que se debe poseer como comprador, donatario, en virtud de la dote; como legatario, por haber recibido un pago o por haber ocupado una cosa que se pensó estaba abandonada.

En todos los casos anteriores existió un título que debió haber sido suficiente para justificar la adquisición y, en su caso, la propiedad, pero por un vicio de fondo –que el transmitente no fuera el propietario de la cosa-, o de forma- no haber realizado la mancipatio o la in iure cesio- no se adquirió la propiedad y sólo se justificó el comienzo de la posesión.

Fides. Existe la buena fe cuando el poseedor cree tener derecho a la posesión. Sólo el poseedor de buena fe puede convertirse en propietario por usucapión; en el Derecho romano, el ladrón no podía usucapir.

Possessio. La posesión debería ser continuada, pues una interrupción hacía necesario el comienzo de una nueva usucapión con todos los requisitos.

Tempus. La Ley de las XII Tablas fijó el plazo necesario para la usucapión, que debía ser un año para cosas muebles y dos años para inmuebles.

La accesión

Hay accesión cuando una cosa se adhiere a otra de forma inseparable, en cuyo caso será dueño del conjunto el dueño de la cosa principal. La adquisición es definitiva, aunque indemnizando al propietario de la cosa accesoria.

Que eran los derechos reales de goce, enunciarlos.

Los derechos reales sobre la cosa ajena, que implican que una persona tenga un derecho real sobre una cosa que pertenece a otro, se clasifican en derechos reales de goce y derechos reales de garantía.

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• Protección de las servidumbres

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