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RECURSO ASUNTO: ACLARACION


Enviado por   •  19 de Enero de 2016  •  Apuntes  •  1.067 Palabras (5 Páginas)  •  286 Visitas

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LILIA ADALIA SOTO GONZALEZ

JUAN DE LA BARRERA 101-A C.P. 83550

TEL.-638 38 8 89 65 R.F.C. SOGL 720102 4V0

PUERTO PEÑASCO SONORA.

ASUNTO: ACLARACION

 ADMINISTRATIVA 

DIRECTOR GENERAL DE ORDENAMIENTO PESQUERO Y ACUICOLA.

M. EN C. VICTOR MANUEL ARRIAGA HARO.

P R E S E N T E

C. LILIA ADALIA SOTO GONZALEZ, con clave ante el Registro Federal de Contribuyentes SOGL-720102 4V0, domicilio fiscal ubicado en Calle Juan de la Barrera 101-A, Colonia Centro, entre Simón Morua y Blvd. Benito Juárez, Código Postal 83550 correo francisco9567@hotmail.com, en el Municipio  Puerto Peñasco, Estado de Sonora, y el domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en López Mateos No.289, Colonia Deportiva C.P 83550, en Puerto Peñasco Sonora, y con Fundamento al Art.-19 de la Ley de Procedimientos Administrativos, autorizo para oír y recibir notificaciones, realizar trámites, gestiones y comparecencias que fueren necesarios para la tramitación de tal procedimiento, incluyendo la interposición de recursos administrativos al -----------------C.P. E.F. y LIC. Francisco Jaime Soto González, Respetuosamente comparezco para exponer:

Derivado del oficio de fecha 13 de Julio del 2015 y notificado el 17 de Agosto del 2015, donde se presenta un Recurso de Revisión en la oficinas de Correos de México el día 26 de Agosto del 2015, mismo que fue recibido en Mazatlán el 8 de Septiembre del 2015, la fecha que se tendrá que tomar será el día en que se presentó en las oficinas del correo para el computo de días y saber si está dentro del tiempo y forma para la presentación de dicho Recurso de Revisión que sería el 26 de Agosto del 2015.  

Que el ahora director general M. en C. VICTOR MANUEL ARRIAGA HARO, de manera arbitraria DESECHA el recurso de Revisión, en el punto 3 y 4 del oficio de fecha 15 de Septiembre del 2015, a la letra dice:

        

3.-Que con fecha 09 de Septiembre del 2015, la C. LILIA ADALIA SOTO GONZÁLEZ, el presente Recurso de Revisión contra la Resolución Administrativa contenida en el Oficio No.-DGOPA-03357/280415 de fecha 13 de Julio del 2015, ante la dirección general de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de esta comisión nacional de Acuacultura y Pesca para su seguimiento.  

4.-Que conforme a lo establecido por el Art.-149 de la Ley General de Pesca y Acuícola sustentables,  85 y 88 Fc I de la Ley Federal de Procedimientos Administrativo el  plazo para interponer el recurso de revisión es de 15 Días por lo que la recurrente incumple así de esta manera con lo requerido para su procedimiento presentando dicho recurso con fecha 09 de Septiembre del 2015, transcurriendo en exceso dicho termino toda vez que la resolución fue notificado con fecha del 17 de Agosto del mismo año.

Es de suma importancia aclarar que la fecha que hace mención del 09 de Septiembre 2015, en ninguna parte aparece, fue puesto a conveniencia de dicha dirección para poder DESECHAR dicho recurso y no entrar al estudio del recurso de Revisión.

Si bien es cierto la autoridad da la facultad, para enviar documentación podrá ser enviada por correo Certificado con Acuse de recibido, CONFORME AL ARTÍCULO 121 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, ESTÁ CONDICIONADO A QUE EL RECURRENTE RESIDA EN UN LUGAR DISTINTO AL DE LA AUTORIDAD ANTE LA CUAL DEBE PRESENTARSE, para acreditar lo dicho se transcribe una Tesis aplicable al Caso que al a letra dice:  

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