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REGÍMENES DE ADUANAS EN EL PERÚ

davireyDocumentos de Investigación11 de Junio de 2018

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REGÍMENES DE ADUANAS EN EL PERÚ

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PROFESOR:

  • BOHME GONZALES, HEINZ ALEXANDER

INTEGRANTES:

  • DAVIRAN REYES, MIGUEL
  • MALDONADO CORONADO, GABRIELA
  • HUALLAS MAMANI, ROSA
  • CHUMPITAZ DIAZ,LUIS

Índice

  1. Nociones Básicas- Regímenes Aduaneros en el Perú        

         Potestad Aduanera          

         Destinación Aduanera        

  1.  Clasificación de Regímenes        ☐

         1.- De importación        ☐

     1.1  Importación para el consumo        ……………………………………….☐

 1.2 Reimportación en el mismo Estado        

      1.3 Admisión temporal para reexportación en el mismo estado        

2.- De exportación

2.1 Exportación definitiva        

2.2 Exportación temporal para reimportación en el mismo estado        

3.- De perfeccionamiento

3.1 Admisión temporal para perfeccionamiento activo        

3.2 Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo        

3.3 Drawback        

3.3 Reposición de mercancías con  franquicia arancelaria        

4.- De Depósito

4.1 Deposito        

5.- De Depósito

5.1 Transito aduanero        

5.2 Transbordo        

5.2 Reembarque        

6.- Otros regímenes aduanero o de excepción

6.1 Los señalados en el artículo 98º de la Ley        

REGÍMENES ADUANEROS EN EL PERU

  1. NOCIONES BÁSICA:

  • POTESTAD ADUANERA:

Facultad  que permite ejercer  atribuciones a través de la Sunat como:

 

  • Controlar el Ingreso, permanencia, traslado y salida de personas, mercancías y medios de transporte hacia y desde el territorio aduanero.

  • Aplicar y hacer cumplir los diversos fuente de legalidad  a través de las disposiciones legales y los reglamentos que permiten regular el ordenamiento jurídico

Facultad que permite d adoptar el ejercicio de Potesta Aduanera a través de las Sunat como:

  • Los Administradores y los concesionarios de los puertos, aeropuertos y terminales terrestres se rigen a través de proporcionar a la autoridad las instalaciones que sean en el ejercicios de su potestad dada.

  • La autoridad aduanera presenta acciones de control de las mercancías antes y durante el despacho, con prosperidad al levante o antes de su salida del territorio aduanero.

  • DESTINACION ADUANERO
  • Es la Manifestación de voluntad del declarante expresada a través de la declaración aduanera de mercancías 
  • Es el despacho aduanero de mercancías que rige cumplimientos de las formalidades aduaneras necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a otros regímenes, operaciones o destinos aduaneros. Entre ellos tenemos los el normal, anticipado y el urgente
  1. CLASIFICACION DE REGÍMENES:

1) De importación:

  • Importación para el consumo
  • Reimportación en el mismo estado
  • Admisión temporal para reexportación en el mismo estado

2) De exportación:

  • Exportación definitiva
  • Exportación temporal para reimportación en el mismo estado

3) De perfeccionamiento:

  • Admisión temporal para perfeccionamiento activo
  • Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
  • Drawback
  • Reposición de mercancías con  franquicia arancelaria

4) De depósito:

  • Depósito aduanero

5) De tránsito:

  •  Tránsito aduanero
  • Transbordo
  • Reembarque

F) Otros regímenes aduaneros o de excepción:

  • Los señalados en el artículo 98º de la Ley.

  1. REGIMEN DE IMPORTACION:

Las operaciones de Importación se destacan por:

  • No están referidas a la Transformación de las mercancías

  • Ingreso Legal de mercancías desde el exterior para ser destinado a su uso o consumo

Según, el artículo 49° presenta los principales documento para la importación:

  • Declaración Aduanero de la mercancía
  •  Conocimiento de embarque, Guía de área , carta porte o conocimiento de embarque
  •  Factura Comercial
  • Certificado de origen, otros

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    1.1.- INPORTACION PARA EL CONSUMO

Definición:

  • Es el régimen aduanero que permite recibir determinadas mercancías en el territorio aduanero. Presenta una  suspensión de los derechos arancelarios y demás impuestos que graven su importación.

  • Las mercancías de importación prohibida no pueden ser destinadas al régimen de Importación para el Consumo.

  • Para acceder al levante se rige los canales de control :

- CANAL VERDE: No requiere de revisión documentaria ni de reconocimiento físico.

- CANAL NARANJA: Sometida a revisión documentaria.

- CANAL ROJO: Está sujeta a reconocimiento físico de acuerdo a lo previsto en el procedimiento específico “Reconocimiento Físico - Extracción y Análisis de Muestras” INTA-PE.00.03.

  • La posibilidad de acceder al levante se puede dar a solo 48 horas.

  • También el levante se puede dar  antes de la determinación final del monto de su obligación tributaria aduanera, esto se debe por contar con una garantía previa a la numeración.

  Modalidades y plazos para destinar las mercancías 

  • En el despacho anticipado, presenta un plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte.

  • El despacho excepcional presenta un plazo de treinta (30) días calendario computados a partir del día siguiente del término de la descarga

Requisitos de las mercancías para su destinación aduanera

  • Corresponder a un solo consignatario

  • Estar consignadas en un solo manifiesto de carga.

  • Despachos parciales mercancías amparadas en un solo documento de transporte que no constituyan una unidad, salvo que se presenten en pallets o contenedores

IMPORTACION PARA EL CONSUMO (grafica)

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1.2.- REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO:

Definición:

  • Definida en el artículo 51 de la Ley a que dicho Régimen permite el ingreso al territorio aduanero de mercancías exportadas con carácter definitivo.

  • Este régimen no está referido al pago de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicable a la importación.

  • No se permiten reimportación de mercancía transformado

  Modalidades y plazos para destinar las mercancías 

  • Tiene un plazo de 12 meses contando desde el término del embarque de las mercancías
  • El régimen de Reimportación en el Mismo Estado solo puede tramitarse en la modalidad de despacho excepcional y se encuentra sujeto a reconocimiento físico obligatorio, con el fin de comprobar que la mercancía a ingresar es la misma que fue exportada.

Abandono Legal 

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