RELACIÓN LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO
leonardobuarreTarea11 de Diciembre de 2022
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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MÉXICO
MAESTRIA EN ADMINISTRACION PUBLICA
MATERIA: UNI_231_40_29_M2A_MO_PL3L_PAL107 M2. DERECHO BUROCRATICO Y CAPITAL HUMANO
TRABAJO: RELACIÓN LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO
ALUMNO: BUSTAMANTE ARREDONDO LEONARDO YOVARI
NÚMERO DE CUENTA: 17724815
DOCENTE: DR. JOAQUÍN ESPINOSA AVILA
CIUDAD DE MÉXICO A 23 DE NOVIEMBRE DE 2022.
Índice
Introducción --------------------------------------------------------------------------------- página 2
Carta Nombramiento --------------------------------------------------------------------- página 3
Contrato ------------------------------------------------------------------------------------- página 4
Conclusiones ------------------------------------------------------------------------------- página 9
Referencias ------------------------------------------------------------------------------- página 10
Introducción
El nombramiento es el instrumento jurídico que formaliza la relación de trabajo entre la entidad pública y la o el trabajador.
Las y los trabajadores prestarán sus servicios en virtud de nombramiento expedido por la o el funcionario competente, excepto cuando se trate de trabajadoras o trabajadores temporales, para obra o tiempo determinados, en cuyo caso el nombramiento podrá ser sustituido por la lista de raya correspondiente
Por otro lado, Un contrato protege a las partes involucradas al establecer adecuadamente las expectativas de cada uno, la naturaleza del trabajo contratado, los tiempos estipulados y las obligaciones de cada parte.
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Asunto: SE EXPIDE NOMBRAMIENTO
Nombre: Bustamante Arredondo Leonardo Yovari
Nacionalidad: mexicana
Edad: 42
Sexo: Masculino
Estado Civil: Soltero
Domicilio: Arturo Romo Gutierrez, Luis Donaldo Colosio Murrieta, 08046 Zacatecas, Zacatecas
PRESENTE. En términos de lo dispuesto en los artículos 3,17,18,19 y 20 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, ha sido nombrado trabajador de confianza para ocupar el puesto de: Subsecretario de Control de Tránsito, a efecto de que desempeñe las actividades de Vigilancia de la red vial, su infraestructura, servicios y elementos inherente; desarrollar planes y programas de tránsito que contemplen la atención y las necesidades de la ciudadanía en materia de vialidad, así como tener un control del tránsito y la viabilidad en la cuidad, con una jornada laboral de ocho horas que abarcan de las 09:00 horas a las 18:00 horas, con una hora de comida, y de acuerdo a las necesidades del cargo y por tiempo DEFINITIVO, que se otorgue para ocupar plazas de base; con un salario mensual de $20,000 MN con la categoría de Secretario, prestando sus servicios en Calzada Héroes de Chapultepec 1110, Frente Popular, 98040 Zacatecas, Zacatecas.
Fecha en que surte efectos: a partir del 01 de diciembre de 2022 con las percepciones y emolumentos que asigna el Presupuesto de Egresos y el Tabulador de sueldos del Estado de Zacatecas, a este empleo en el ejercicio fiscal que corresponda. Lo anterior con fundamento legal en los artículos municipal 80, fracción IV, 96, 135, fracción II de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, Reglamento De La Administración Pública Municipal
Estado de Zacatecas, a los veintitrés días de noviembre de expedición, del año dos mil veintidós.
Atentamente: DR. Joaquín Espinosa Ávila
C.C.P. para expediente laboral del Trabajador.
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA PRODUCTORA NACIONAL DE BIOLÓGICOS VETERINARIOS ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO REPRESENTADA POR EL DR. JOAQUÍN ESPINOSA ÁVILA, EN SU CARACTER DE DIRECTOR GENERALY POR LA OTRA, EL C. BUSTAMANTE ARREDONDO LEONARDO YOVARI, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LES DENOMINARA “LA ENTIDAD” Y "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS", RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. DE LA “ENTIDAD”:
I.1 Que es la Productora Nacional de Biológicos Veterinarios un Organismo Público descentralizado de la Administración Pública Federal de conformidad con lo establecido en el Decreto de Creación de este Organismo publicado en el Diario Oficial el día 14 de diciembre de 2022, y que su representante, tiene facultades para suscribir el presente contrato, con fundamento en la cláusula primera inciso B) de la escritura pública ciento veinticuatro mil ciento doce libro un mil seiscientos sesenta y dos, Notario Público número setenta y nueve del estado de México Raúl Juarez Balderas manifestando que a la fecha de firma del presente instrumento, sus facultades no le han sido revocadas ni modificadas de forma alguna.
I.2 Que de acuerdo con sus necesidades y para el cumplimiento de sus programas requiere temporalmente contar con los servicios de una persona física con conocimientos en contabilidad general por lo que ha determinado llevar a cabo la contratación de "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS".
I.3 Que cuenta con los recursos suficientes para cubrir el importe de los honorarios de "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS “conforme a la partida 12101 del Capítulo 1000 en el cual indica que el presupuesto ha sido autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito público. Cabe mencionar que son recursos propios.
I.4 Que este contrato se celebra de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2606 al 2615 del Código Civil Federal, 69 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 23 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 así como por el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio 2022,última reforma publicada en el DOF el26 de marzo de 2020.
I.5 Que, para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en Ignacio Zaragoza número 75 Col. Lomas Altas, C. P.11950, Miguel Hidalgo, CDMX.
I.6 Que manifiesta su conformidad de que el pago del Impuesto Sobre la Renta que le corresponda como persona física, se efectúe en los términos del Capítulo I, del Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
II. DE "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS":
II.1 Que es de nacionalidad mexicana, en pleno uso y goce de las facultades que le otorga la ley, y que cuenta con los conocimientos y, en su caso, con la experiencia necesaria para prestar el servicio requerido por “LA ENTIDAD”.
II.2 Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes No. otorgado por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II.3 Que cuenta con estudios y conocimientos como auxiliar contable y de operaciones de crédito y cobranzas y conoce plenamente las características y necesidades de los servicios materia del presente contrato, así como que ha considerado todos los factores que intervienen para desarrollar eficazmente las actividades que desempeñará.
II.4 Que manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público ni se encuentra inhabilitado para el desempeño de éstos, así como que a la suscripción del presente documento no está prestando servicios profesionales por honorarios en la misma y/o en distinta dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, en la Procuraduría General de la República, en un tribunal administrativo o en la Presidencia de la República. Asimismo, que no es parte en un juicio del orden civil, mercantil o laboral en contra de alguna de las referidas instituciones públicas; y que no se encuentra en algún otro supuesto o situación que pudiera generar conflicto de intereses para prestar los servicios profesionales objeto del presente contrato.
II.5 Que, para efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en
DECLARAN LAS PARTES QUE ES SU VOLUNTAD CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, PARALO CUAL CONVIENEN EN SUJETARSE A LAS SIGUIENTES:
CLAUSULAS
PRIMERA. - “LA ENTIDAD “encomienda a "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS “y éste se obliga a prestar los servicios profesionales consistentes en:
- Registrar y analizar la facturación en sistemas contables y papel de trabajo
- Registrar y dar seguimiento a la cobranza de la cartera de clientes que pagan a crédito.
- Seguimiento de anticipo de clientes.
- Conciliar la facturación contable entre los datos registrados en el SAT y los del área de ventas.
- Elaboración de archivos de cierre de mes, cobranza, facturación, antigüedad clientes.
- Enviar por correo estados de cuenta de clientes.
- Elaboración de complemento de pago en sistema SAE.
- Elaboración del comparativo de clientes e integración de los reportes periódicos de información que la entidad debe presentar a las autoridades correspondientes.
- Arqueo de facturas, físico contra información contable.
SEGUNDA. - “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” se obliga a aplicar su capacidad y sus conocimientos para cumplir satisfactoriamente con las actividades que le encomiende “LA ENTIDAD”, así como a responder de la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se causaren a “LA ENTIDAD”.
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