RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR HECHOS DE FEMINICIDIO EN COLOMBIA
Melisa Hoyos CalderonTesis22 de Octubre de 2021
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UNIVERSIDAD PONTIFICIA BOLIVARIANA SECCIONAL MONTERIA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
Trabajo de Grado presentado como requisito
Parcial para optar al título de Abogada
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR HECHOS DE FEMINICIDIO EN COLOMBIA
MELISA ISABELA HOYOS CALDERÓN
MONTERÍA – COLOMBIA
2017
UNIVERSIDAD PONTIFICIA BOLIVARIANA SECCIONAL MONTERIA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
Trabajo de Grado presentado como requisito
Parcial para optar al título de Abogada
Director:
Mg. Rafael Gustavo Figueroa Altamiranda
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR HECHOS DE FEMINICIDIO EN COLOMBIA
MELISA ISABELA HOYOS CALDERÓN
MONTERÍA – COLOMBIA
2017
AGRADECIMIENTOS
A mis padres por el apoyo incondicional, por el buen ejemplo, y por enseñarme que la vida está lleno de retos y oportunidades.
A mis hermanos Lina y Luis, porque hemos crecido juntos y también hacen parte de mis proyectos.
Al profesor Figueroa por su apoyo a la luz de la metodología y por tutelar este trabajo desde sus inicios.
CONTENIDO
Pág. | |
1. Bases Teóricas Conceptuales | 8 |
1.1 Responsabilidad Estatal | 8 |
1.1.2 Daño Antijurídico. | 9 |
1.1.2.1 La imputabilidad del daño antijurídico. | 10 |
1.1.2.1.1 Títulos de la imputabilidad del daño antijurídico. | 11 |
1.1.2.1.2 Falla del servicio. | 12 |
1.1.2.1.3 Daño especial. | 13 |
1.1.2.1.4 Riesgo excepcional. | 13 |
1.2 Feminicidio | 16 |
1.2.1 Ley 1761 del 6 de julio de 2015. “Por la cual se crea el tipo Penal de Feminicidio como delito autónomo” | 17 |
2. Marco Teórico Conceptual | 19 |
2.1 Antecedentes | 19 |
2.2.1Antecedentes de fallos internacionales que condenen patrimonialmente a los Estados por hechos de feminicidio | 19 |
2.2.2 Caso “campo algodonero” México. | 21 |
2.2.3 Caso Veliz Franco Vs. Guatemala. | 22 |
2.3 Antecedentes entorno a la responsabilidad patrimonial del Estado Colombiano por hechos de feminicidio | 23 |
2.3.1 Sentencia del 28 de mayo del 2015, Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera Subsección B , encontró que la Nación (Ministerio de Defensa – Policía Nacional) | 24 |
2.4 Motivos para la producción del fallo condenatorio al Estado Colombiano en el orden patrimonial por hechos de feminicidio | 26 |
2.5. Implicaciones de la Sentencia del 28 de Mayo del 2015, del Consejo de Estado en la Ciudad de Montería –Córdoba. | 28 |
3. Metodología | 31 |
3.1 Tipo de Estudio | 31 |
4. Resultados 5. Conclusiones | 35 39 |
6. Referencia Bibliográfica | 41 |
7. Anexos. | 45 |
RESUMEN
En este estudio monográfico se describe la responsabilidad patrimonial del Estado Colombiano con relación al feminicidio, teniendo como referencia la Sentencia del 28 de mayo del año 2015 proferida por el Consejo de Estado sala de lo contenciosos administrativo que condenó al Estado Colombiano como responsable del daño antijurídico sufrido por los allegados de una mujer , afirmando que “el Feminicidio es el asesinato cometido por un hombre donde se encuentran todos los elementos de la relación inequitativa entre los sexos: la superioridad genérica del hombre frente a la subordinación genérica de la mujer, la misoginia, el control y el sexismo”. A su vez la Corte Constitucional Colombiana en Sentencia C-918 de 2002, señaló “el daño antijurídico como pilar fundamental de la responsabilidad del Estado se encuentra plenamente integrado con los principios rectores del Estado Social de Derecho, entendiéndose que la responsabilidad se configure como un mecanismo de salvaguarda de los administrados frente a la actividad estatal, que por lo tanto derive del Estado la obligación jurídica de responder por toda afectación antijurídica que por su acción u omisión origine”, traducido lo anterior en un deber de indemnización estatal, se analizan desde la hermenéutica jurídica los fallos internacionales que condene patrimonialmente a los Estados por hechos de feminicidio.
Por otra parte, se puntualizan los antecedentes en torno a la responsabilidad patrimonial del estado Colombiano, para determinar las razones que se han tenido para la producción de fallos condenatorios al Estado Colombiano en el orden patrimonial por hechos de feminicidio, para establecer con meridiana claridad, los orígenes de ésta problemática social, que sin lugar a duda atañe totalmente al mundo del derecho.
Palabras Claves: Feminicidio, daño antijurídico, mecanismo de salvaguarda, responsabilidad patrimonial del Estado Colombiano, Estado social de derecho.
ABSTRACT
The present monograph aims at describing the state liability in Colombia in relation to feminicide taking as a reference the Judgment of May 28, 2015, which was pronounced by the Council of State in the room of the administrative disputes when the Colombian State was condemned as responsible for anti-juridical damage suffered by the relatives of a woman, affirming that "Feminicide is the murder committed by a man where all the elements of the unequal relationship between the sexes are found: the generic superiority of the man in front of the generic subordination of the woman, the misogyny , Control and sexism.
At the same time, the Colombian Constitutional Court, in Sentence C-918 of 2002, stated that "anti-juridical damage as a fundamental pillar of State responsibility is fully integrated with the guiding principles of the Social State of Law, understanding that responsibility is configured as mechanism of safeguard of the administered ones against the state activity, that therefore derives from the State the legal obligation to answer for any unjustified affectation that by its action or omission originates, translated the previous one in a duty of state indemnification, they are analyzed from the Legal hermeneutics international judgments that condemn States for acts of feminicide. On the other hand, the antecedents around the liability of the Colombian state are being defined, to determine the reasons for producing condemnatory judgments to the Colombian State in the patrimonial order by feminicide cases, so that the origins of this social problem can be established with clarity, which undoubtedly concerns the whole world of law.
Key Words: Feminicide, anti-legal damage, safeguard mechanism, patrimonial responsibility of the Colombian State, social state of law
1. BASES TEORICAS CONCEPTUALES
1.1 Responsabilidad Estatal
La teoría sobre la responsabilidad estatal es reciente dentro del derecho, esta se deriva a los preceptos sobre responsabilidad civil, como señala Jiménez y Soler (2012), “la doctrina relativa a la responsabilidad estatal ha pasado por al menos tres etapas; la primera de ellas va hasta la segunda mitad del siglo XIX, en la cual se pregona la irresponsabilidad total, en virtud, principalmente, de la soberanía del Estado, el cual podía imponer sus decisiones a todos sin compensación alguna. En una segunda etapa, con el denominado Fallo Blanco proferido en 1873 por el Tribunal de Conflictos francés, se consideró que el Estado sí era responsable por sus actos, posición que se basó principalmente en la noción de falla o falta del servicio público, cuando se evidenciaba una ausencia, una deficiente o una retardada prestación de las actividades a cargo del Estado, independientemente de que existiera o no norma legal, y sin tener en cuenta que se tratara de actos de gestión o de poder. Finalmente, hay una tercera etapa, en la cual se ha venido incrementando y reconociendo que en distintos eventos el Estado debe responder a sus administrados”.
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