Sistemas De Procesos Desconcentrados De La Defensoria Del Pueblo
fefcm7 de Julio de 2012
2.603 Palabras (11 Páginas)1.083 Visitas
Sistemas de procesos desconcentrados de la Defensoria del Pueblo
Contexto
CONTEXTO INSTITUICIONAL
De conformidad con el articulo 49 del Reglamento Organico Funcional de la Defensoria del Pueblo, a las Comisiones Regionales son las encargadas de ejecutar los programas y proyectos de promoción y educación en derechos humanos y de la naturaleza en Coordinación con la Dirección Nacional de Promoción, asi como de supervisar, monitorear y evaluar las operaciones de protección de los derechos humanos en el Ecuador, en el marco de las potestades establecidas en el articulo 50 del mismo Reglamento, asi como en la base legal que rige las actividades de la Defensoria del Pueblo del Ecuador, esto es, la Constitucion de la Republica del Ecuador y tratados e instrumentos internacionales suscritos por el Ecuador, los principios de Paris, la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, la Ley Organica de Defensa del Consumidor y Reglamento, Ley Organica de Servicio Publico y Reglamento, Ley Organica de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Reglamento Organico Funcional de la DPE.
Al respecto, la Constitucion de la Republica del Ecuador en el articulo 214 expresa que la Defensoria del Pueblo sera un organo de derecho publico con jurisdiccion nacional, personalidad juridical y autonomia administrative y financier. Su estructura desconcentrada y tendra delegados en cada provincial y en exterior. En el articulo 315 expresa las funciones de la DPE, que son las siguientes:
1. El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, incumplimiento, acción ciudadana y los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.
2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos.
3. Investigar y resolver, en el marco de sus atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.
4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel, inhumano y degradante en todas sus formas.
Por su parte, los principios de Paris sobre el estatuto y funcionamiento de las instituciones nacionales de derechos humanos, establecen para la DPE las siguientes atribuciones:
a) Presentar, a título consultivo, al gobierno, al Parlamento y a cualquier otro órgano pertinente, a instancia de las autoridades interesadas o en ejercicio de su facultad de autosumisión, dictámenes, recomendaciones, propuestas e informes sobre todas las cuestiones relativas a la protección y promoción de los derechos humanos; la institución nacional podrá decidir hacerlos públicos; los dictámenes, las recomendaciones, las proposiciones y los informes, así como cualquier prerrogativa de la institución nacional, abarcarán las siguientes esferas:
i) Todas las disposiciones de carácter legislativo y administrativo, así como las relativas a la organización judicial, destinadas a preservar y ampliar la protección de los derechos humanos; a este respecto, la institución nacional examinará la legislación y los textos administrativos en vigor, así como los proyectos y proposiciones de ley y hará las recomendaciones que considere apropiadas para garantizar que esos textos respeten los principios fundamentales en materia de derechos humanos; en caso necesario, la institución nacional recomendará la aprobación de una nueva legislación, la modificación de la legislación en vigor y la adopción de medidas administrativas o su modificación;
ii) Toda situación de violación de los derechos humanos de la cual decida ocuparse;
iii) la elaboración de informes sobre la situación nacional en materia de derechos humanos en general o sobre cuestiones más específicas;
iv) Señalar a la atención del Gobierno las situaciones de violación de los derechos humanos en cualquier parte del país, proponer medidas encaminadas a poner término a esas situaciones y, en su caso, emitir un dictamen sobre la posición y reacción del gobierno;
b) promover y asegurar que la legislación, los reglamentos y las prácticas nacionales se armonicen con los instrumentos internacionales de derechos humanos en los que el Estado sea parte, y que su aplicación sea efectiva;
c) Alentar la ratificación de esos instrumentos o la adhesión a esos textos y asegurar su aplicación;
d) Contribuir a la elaboración de los informes que los Estados deban presentar a los órganos y comités de las Naciones Unidas, así como a las instituciones regionales, en cumplimiento de sus obligaciones contraídas en virtud de tratados y, en su caso, emitir un dictamen a ese respecto, en el marco del respeto de su independencia;
e) Cooperar con las Naciones Unidas y los demás organismos del sistema de las Naciones Unidas, las instituciones regionales y las instituciones de otros países que sean competentes en las esferas de la promoción y protección de los derechos humanos;
f) Colaborar a la elaboración de programas relativos a la enseñanza y la investigación en la esfera de los derechos humanos y participar en su aplicación en el ámbito escolar, universitario y profesional;
g) Dar a conocer los derechos humanos y la lucha contra todas las formas de discriminación, en particular la discriminación racial, sensibilizando a la opinión pública, en particular mediante la información y la enseñanza, recurriendo para ello a todos los medios de comunicación.
Esta responsabilidad ha sido ejecutada por la Defensoria del Pueblo del Ecuador, “mediante una improvisada toma de decisiones, con esfuerzos aislados, poca alineación y mucha informalidad, lo cual sería obstáculo para afrontar los retos y competencias de la institución de una manera eficiente (…)Por lo cual es necesario empezar a construir un proceso de planificación estratégica que establezca los lineamientos a través de un proceso estructurado y perfectamente alineado, para que las áreas de la organización se enfoquen en su misión. (…) Esta generará mayor eficiencia por parte de los servidores públicos lo que se verá reflejado en la calidad servicio que preste la entidad.” (Perez)
En esta propuesta institucional se expresa entonces, la necesidad de desarrollar estrategias que permitan cumplir efectivamente los mandates constitucionales y legales anteriormente expresados en tres espacios determinados que son 1) Proteccion del derecho a la vida y a la integridad fisica y personal: 2) Control de servicios publicos domiciliarios 3) Lucha contra la violencia y la discriminacion, en un periodo de 5 anos.
Para cumplir los objetivos institucionales, las areas de promocion y proteccion de derechos humanos se erigen como agregadoras de valor desde lo politico y lo resolutivo respectivamente.
En lo politico, el area de promocion de derechos humanos, liderada por la Defensora Adjunta Segunda, Dra. Alexandra Banchon, con el trabajo conjunto de la Direccion Nacional de Proteccion y las Comisiones Regionales, tienen a su haber las siguientes responsabilidades:
- Elaboracion de informes sobre la situacion nacional o regional en material de derechos humanos en general o sobre cuestiones mas especificas.
- Promover y asegurar que la legislacion, los reglamentos y las practicas nacionales se armonicen con los instrumentos internacionales de derechos humanos en los que el Estado sea parte, y que su aplicacion sea efectiva.
- Dar a conocer los derechos humanos y la lucha contra todas las formas de discriminacion, en particular la discriminacion racial, sensibilizando a la opinion publica, en particular mediante la informacion y la ense;anza, recurriendo para ello a todos los medios de comunicacion.
En este marco, las Comisiones Regionales tienen las siguientes atribuciones:
a) Dirigir, coordinar y supervisar la política institucional de protección y promoción
en derechos humanos en el ámbito de su jurisdicción;
b) Asesorar y coordinar, en los temas de su competencia, con las oficinas
provinciales bajo su dependencia para la atención de casos y/o situaciones
violatorias de los derechos humanos;
c) Supervisar y evaluar los procesos de acogida y verificación activa, así como las
de investigaciones defensoriales en el ámbito de su jurisdicción;
d) Proponer a las instancias superiores la creación de proyectos de protección y
promoción de derechos humanos y de la naturaleza en el marco del Plan
Estratégico Institucional;
e) Coordinar, con el nivel nacional y el provincial que integra la región, la ejecución
y el cumplimiento de los objetivos, metas y programas del Plan Estratégico de la
Defensoría del Pueblo;
f) Elaborar y presentar a las instancias superiores informes periódicos de
seguimiento y evaluación en las áreas de protección y/o promoción, con
indicadores de las metas establecidas en el Plan Estratégico de la Defensoría del
Pueblo;
g) Remitir mensualmente la información relacionada con la actualización de la
página Web de la Institución, y particularmente lo relativo a la Ley Orgánica de
Transparencia y Acceso a la Información Pública
...