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Vias Ejecutivas


Enviado por   •  20 de Febrero de 2015  •  13.886 Palabras (56 Páginas)  •  247 Visitas

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Vias ejecutivas

LOS JUICIOS EJECUTIVOS Vía ejecutiva. Artículos 630 al 639. Procedimiento por intimación. 640 al 650 Ejecución de hipoteca. Artículos 660 al 665 Ejecución de prenda. Artículos 666 al 672 Juicio de cuentas. Artículos 673 al 689 Cuestiones previas Testigos JUICIOS EJECUTIVOSRecopilación y adaptación: Abg. Docente. Euyuloskia Jaspe 1

ESTRUCTURACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS JUICIOS EJECUTIVOS.En cuanto a la justificación de los juicios ejecutivos se reestructuraron por las desproporcionadas e injustificables demoras, la multiplicidad de incidentes, pero sobre todo la circunstancia evidente de que las formas legales vigentes del juicio ejecutivo en sus distintas facetas no responden a su finalidad y naturaleza. Para evitar estas situaciones se crearon nuevos mecanismos procedimentales que quedaron comprendidos en el C.P.C., bajo seis secciones que corresponden a la vía ejecutiva, al procedimiento por intimación, la ejecución de créditos fiscales, la ejecución de hipoteca, la ejecución de prenda y al juicio de cuentas. Como características comunes a todos estos procedimientos, se encuentran la sumariedad y la existencia de obligaciones documentadas en títulos dotados de autenticidad y válidos como presupuestos de coercibilidad. Los juicios ejecutivos se hallan sometidos a trámites específicos, distintos al juicio ordinario. Este juicio se basa en la celeridad del proceso. A través de estos procesos el juez realiza un tipo de tutela jurisdiccional que no se agota en la cognición que conduce a una sentencia constitutiva. No se pretende conlos juicios ejecutivos la materialización de una sentencia que declare la existencia deun derecho; sino, por el contrario, la objetivación del derecho sustantivo se obtienea través de la satisfacción de la obligación legalmente presumida con base al títuloque la soporta. Asimismo, la pretensión procesal del actor se traduce, en formainmediata, en la intimación y el embargo sobre el patrimonio del deudor por lo queel instrumento que fundamente la obligación debe contener una definición de una cantidad de dinero liquida y exigible. El efecto natural de la oposición fundada es laconversión del procedimiento especial en juicio ordinario

DIFERENCIA DE LA VÍA EJECUTIVA CON EL JUICIO ORDINARIO, EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y OTROS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.1. VÍA EJECUTIVA Y JUICIO ORDINARIO:• La vía ejecutiva requiere un título público o auténtico que no exige el juicio ordinario.• El embargo que se decreta en la vía ejecutiva es ejecutivo, no preventivo.• En la vía ejecutiva comienzan, desde el inicio del juicio, todos los trámites del embargo y actos preparatorios del remate.2. VÍA EJECUTIVA Y EJECUCIÓN DE SENTENCIA:• El procedimiento de ejecución es la etapa final del proceso.• La vía ejecutiva es el comienzo de la ejecución de un fallo por dictarse.• A diferencia de la ejecución de sentencia, en la vía ejecutiva el ejecutado puede prestar fianza para suspender la medida de embargo.3. VÍA EJECUTIVA Y LA ACCIÓN MONITORIA:• En su esencia, la acción monitoria es una acción de conocimiento, condenatoria, con procedimiento especial de cognición sumaria y de ejecución sin titulo.• La vía ejecutiva requiere de un instrumento puramente ejecutivo, ya sea instrumento público u otro documento auténtico, que pruebe clara y ciertamente la obligación del demandado.• La acción monitoria tiene como finalidad alcanzar la formación del título JUICIOS EJECUTIVOS ejecutivo judicial con mayor celeridad que la de la acción condenatoria convencional que se desarrolla siguiendo los trámites del juicio ordinario. Recopilación y adaptación: Abg. Docente. Euyuloskia Jaspe 3

•4. Estado Bolivariano de Miranda Aldea Dr. Carlos Arocha LunaCONDICIONES O REQUISITOS PARA QUE PUEDA OCURRIRSE A LA VÍA EJECUTIVAEl artículo 630 del C.P.C, regula las condiciones o requisitos de la vía ejecutiva alprever que: " cuando el demandante presente instrumenta público u otroinstrumento auténtico que pruebe clara y ciertamente la obligación del demandadode pagar alguna cantidad líquida con plazo cumplido; o cuando acompañe vale oinstrumento privado reconocido por el deudor, el juez examinará cuidadosamente elinstrumento y si fuere de los indicados, a solicitud del acreedor acordaráinmediatamente el embargo de bienes suficientes para cubrir la obligación y lascostas, prudentemente calculadas."De esta forma, se infiere como requisitos de la acción:• La existencia de una obligación de pago líquida de dinero con plazo cumplido. La liquidez de la obligación se deriva de la posibilidad de ser susceptible de determinación con un cálculo aritmético.• Que la obligación conste de instrumento público u otro documento auténtico que pruebe clara y ciertamente la obligación. Los títulos ejecutivos serían los documentos protocolizados en las oficinas sublaternas de registro o notarías, autenticados ante tribunales y los reconocidos ante las correspondientes autoridades judiciales.La norma no contiene mandato alguno a cargo del solicitante con respecto almomento en que deba impulsar procesalmente la práctica material de la medida deembargo. Por el contrario, el artículo 634 del C.P.C., dispone que decretado elembargo se procederá con relación a los bienes hasta el estado en que deba sacarse JUICIOS EJECUTIVOSa remate las cosas embargadas, y en este estado se suspenderá el procedimientoejecutivo hasta que haya una sentencia firme en el procedimiento ordinario. Recopilación y adaptación: Abg. Docente. Euyuloskia Jaspe 4

•5. Estado Bolivariano de Miranda Aldea Dr. Carlos Arocha LunaCASOS DE LA SUSPENSIÓN DEL EMBARGO • Si al momento de practicarse éste o después de practicado un tercero se presenta alegando ser el tenedor legítimo de la cosa embargada y con prueba fehaciente de la propiedad de la cosa embargada por un acto jurídico válido; • Si después de practicado el embargo, transcurre tres meses sin que el ejecutante impulse la ejecución; • Si el deudor presentase garantía suficiente que cumpla los mismos extremos exigidos a un solicitante de embargo que no llene los requisitos de la ley para que se le acuerde la medida.TITULO EJECUTIVOEl presupuesto fundamental de la vía ejecutiva es la consignación de un título quetenga aparejada la ejecución, se puede considerar éste como un instrumentopúblico u otro instrumento autentico que pruebe clara y ciertamente la obligacióndel demandado de pagar alguna cantidad líquida con plazo cumplido. Asimismo seañade la categoría de vale o instrumento privado siempre que esté reconocido porel deudor.Por eso, la admisibilidad de la vía ejecutiva está sujeta, por lo tanto, a que eldocumento que le sirva de sustento contenga, en forma autónoma los elementoscaracterísticos

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