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Historia Del Contrato


Enviado por   •  25 de Enero de 2014  •  2.387 Palabras (10 Páginas)  •  290 Visitas

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Historia del contrato

La palabra contrato viene del latín contractus (sacado junto, reunido acuerdo,) formada del prefijo con (convergencia, unión) y tractus (arrastrado).

El derecho romano reconoció al contrato un concurso de voluntades (consensus) que creaban un vínculo, si se actuaba de acuerdo con la formalidad prescrita a las causas civiles. Pero la importancia del contrato se fija en el pensamiento liberal, individualista cuyo triunfo hizo posible una noción del contrato que se identifica con el simple convenio o mero concurso de voluntades, concurso que genera fuerza maravillosa y que se erige absoluta en todas la ordenes, que están encima y mas allá de la ley.

La llegada del derecho a los pueblo germanos implico un retroceso respecto a la insipiente evolución hacia la categoría del contrato, por cuanto esas comunidades mesclaban un fuerte elemento formal con elemento simbólico, incluso el miedo a la venganza privada era una de las razones para que procediera al cumplimiento de los acuerdos. Una influencia mucho mas modernizadora supuso la del derecho canónico, que mantenían la obligación de veracidad y la de respetar la palabra dada. En la recepción de derecho canónico se pretendía ir “vistiendo” los nudum pactum romanos, hasta llegar a los pacta vestita. Hay que tener en cuenta que la figura actual del contrato, tal como conocemos, no deriva de los contractus romanos, si no de los pactos.

La evolución del contrato:

Como ya sabemos no todos los acuerdo de voluntades eran considerados contratos sino solamente aquellas relaciones a las que la ley atribuía el efecto de engendrar obligación civilmente exigible.

El derecho justinianeo, el contrato es el acuerdo de voluntades capaz de construir a una persona en deudora de otra, incluyendo como tales a todas clases de negocio que tuviera por fin la creación, modificación o extinción de cualquier relación jurídica.

Asumimos que la historia de los contratos como parte transcendental de la historia del derecho y por ende de la historia universal, no es un camino recto, es un constante desarrollo en el cual lo absoluto es el desequilibrio y lo ordenado es relativo, al respecto de la puente cita a JOSSERAND:

“Tal como indica JOSSERAND, la historia del contrato es la de un desarrollo contante pero no es de un desarrollo fluido, ordenado, sino lleno de obstáculos, fatigas y desconciertos.” [1]

Para el desarrollo de la sociedad el hombre requiere de intercambios de bienes y servicios sin los cuales la economía y socialmente quedarían aislados. Tal intercambio, que provoca que el ser humano se enriquezca y perfeccione, se realiza entre otros medios, a través de los contratos.

Las relaciones económicas ocasionaron que en un principio la regulación jurídica fuera espontanea sin embargo con el desarrollo cultural esta última se ha ido perfeccionando poco a poco, y de leyes rudimentarias ahora existen modernas codificaciones, mismas que han servido para establecer frenos que evitan abusos e irresponsabilidad. La reglamentación de los contratos nacen de la necesidad de buscar por un lado la autonomía y por otro la voluntad y por el otro la equidad en la transacciones, de suerte que constituya y cristalice el mínimum ético deseable.

Bajo esta concepción, quienes intervienen en un contrato han gozado siempre de la facultad de auto regularse y estipular en el diversas modalidades o clausulas penales simplemente se adaptan a los contratos “tipo” reglamentados por la ley los que contemplan un ideal dentro de las contratación.

El contrato:

Un contrato en términos generales, es definido como un acuerdo privado, oral o escrito, entre las partes que se obligan sobre materias o cosas determinadas, y al cuyo cumplimiento puede ser exigidas. Es un acuerdo de voluntades que generan derechos y obligaciones de las partes, por ellos se señala que abra un contrato cuando varias partes se ponen de acuerdo sobre una manifestación de voluntades destinadas a reglar sus derechos.

Doctrinalmente ha sido definido como un negocio jurídico bilateral o multilateral porque intervienen dos o más personas, (a diferencia de los actos jurídico que están destinados a modificar o extinguir derecho y obligaciones, como las convenciones). También se le denomina contrato el documento que recoge las condiciones de dicho acto jurídico.

En el derecho romano clásico, a su vez, el contrato se refiere a la concreta sustitución de estar ligadas las partes por un vínculo jurídico que crean derechos y obligaciones. No se refiere al actos jurídico en el cual las partes contraen dichos derechos, si no a los contratados (contractus,lo contraídos), la relación jurídica que ha quedado indisolublemente constituida mediante la convención generadora.

Elementos de los contratos:

1. El contrato es una convención: involucra el concurso de las voluntades de dos o más personas conjugadas para la realización de un determinado efecto jurídico.

2. El contrato regula las relaciones o vínculos jurídicos de carácter patrimonial, susceptibles de ser valorados desde un punto de vista económico. (carácter pecuniario).

3. El contrato produce efecto obligatorio entre las partes (es de obligatorio cumplimiento).

4. El contrato es fuente de obligación.

5. El principio de la autonomía de la voluntad es el fundamento de la obligatoriedad del contrato.

Las condiciones para la existencia de un contrato Art. 1.141 C.C.

 Consentimiento de las partes

 Objeto que pueda ser material de contrato; y

 Causa ilícita.

Elemento esencial del contrato:

1. Consentimientos: es la coincidencia de dos declaraciones de voluntad que procediendo a dos sujetos capaces, se unen concurriendo en un fin en común.

2. Objeto: el objeto de todo contrato es producir una o varias obligaciones de dar, hacer o no hacer, (cuando nos estamos obligados a hacer, a dar o a no hacer,) es la operación jurídica que se quiere realizar la cual está sometida a condiciones especiales Art. 1155 C.C., el objeto del contrato debe ser posible licito, determinado o determinable. Como puede ser anulado un contrato Art. 1142 C.C. el contrato puede ser anulado:

 por incapacidad legal de las partes o de una de ellas; y

 por vicio de consentimiento.

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