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PROYECTO UNADISTA


Enviado por   •  10 de Octubre de 2012  •  1.232 Palabras (5 Páginas)  •  574 Visitas

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SITUACIONES ACADEMICAS

PRIMER CASO: La Señorita Martha Nieto realizo su primer semestre de Administración de Empresas al pasar al segundo semestre y realizar la correspondiente inscripción de sus materias se dio cuenta que dos de las materias que había realizado en un programa de educación afín a esta carrera en otra institución debía realizarlas para cumplir con su pensul.

PROCEDIMIENTO: Según el reglamento general estudiantil en todo estudiante tiene la oportunidad a una transferencia, homologación o nivelación para el cumplir con el desarrollo académico que inicio en esta la cual describo a continuación.

Capítulo VII

Articulo 45 Transferencia Es la oportunidad que se le brinda a un estudiante proveniente de otra institución de educación superior, legalmente reconocida, para que pueda continuar sus estudios en un programa igual o afín. Una vez aceptada la transferencia, esta se realiza a través de los mecanismos de homologación y/o nivelación.

Artículo 46. Homologación. Es el reconocimiento de las calificaciones obtenidas en las asignaturas, temáticas o cursos académicos realizados y aprobados en un programa igual o afín de una institución de educación superior legalmente reconocida, de acuerdo con el plan de estudios del programa que el estudiante desee cursar y las condiciones curriculares vigentes en el momento de la aceptación de la transferencia.

Artículo 47. Nivelación. Es el proceso mediante el cual se fijan las condiciones particulares de ingreso a los técnicos y/o tecnólogos de programas afines egresados de una institución de educación superior legalmente reconocida, para ingresar a los ciclos tecnológico o profesional de un programa de la UNAD, con base en la comparación de los protocolos académicos de los dos programas y de las condiciones curriculares vigentes en el momento de la aceptación de la transferencia.

Artículo 48. Requisitos para la realización de estudios de homologación y nivelación. Toda solicitud de homologación o nivelación deberá ser presentada por escrito al Director del Centro correspondiente previa revisión del cumplimiento de los respectivos soportes y pago de los derechos pecuniarios quien la validará ante el Comité Académico Seccional. Para su estudio, el interesado deberá adjuntar los siguientes documentos:

a) Presentar solicitud escrita del estudio de homologación o nivelación, en la cual el aspirante

manifiesta que conoce los criterios establecidos por la UNAD y cumple con los requisitos determinados por el presente reglamento.

b) Certificado de calificaciones, en original, que contenga número de créditos por curso académico,

calificación obtenida y fecha de realización de los estudios.

c) Protocolo académico del curso académico realizado, debidamente refrendado por la

dependencia autorizada de la institución de origen.

d) Fotocopia autenticada del diploma de tecnólogo, y del acta de grado en caso de que el aspirante

desee ingresar al segundo ciclo de un programa de formación por ciclos.

e) Certificados de experiencia profesional (opcionales).

f) Fotocopia del recibo de pago de derechos pecuniarios por concepto del estudio de

Homologación o nivelación.

g) Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía.

Artículo 49. Criterios para la homologación de curso académico. Los criterios generales para homologar son:

a) Nota aprobatoria según la escala de calificaciones de la institución de origen.

b) Objetivos y contenidos afines a las unidades didácticas establecidas para el curso académico que se quiere homologar.

Parágrafo. Todo estudio de homologación o nivelación estará sujeto a las condiciones curriculares vigentes en el momento de la matrícula.

Artículo 50. Procedimiento para homologación y nivelación. Para la realización de los estudios de homologación y nivelación se procederá de la siguiente manera:

a) Presentar solicitud escrita ante el Director del centro correspondiente.

b) Registro y Control verifica los requisitos formales establecidos en el presente Reglamento.

c) Dependiendo de la unidad académico administrativa interna en la cual se encuentre el estudiante, la Coordinación Seccional de Escuela / Coordinador Académico de Seccional /Coordinación Nacional de programa / Director de Centro: gestiona conceptos técnicos contutores de cursos análogos.

d) El tutor conceptúa técnicamente sobre condiciones y requisitos académicos establecidos Internamente en el Protocolo académico del respectivo curso.

e) La instancia contemplada en el literal c) de este artículo remite al Comité Seccional de Escuela,

para que verifique condiciones académicas del estudio con base en conceptos técnicos de tutores.

f) El Comité o instancia correspondiente, previo estudio y basado en el concepto favorable si es del caso envía la solicitud de homologación o nivelación al Consejo de Escuela correspondiente para que analice y formalice el estudio con base en conceptos sustentados y, mediante Acuerdo, apruebe el respectivo estudio de homologación o nivelación. El Consejo de Escuela se reserva el derecho de indagar si encuentra motivos para denegar el estudio previo.

g) Si el concepto es favorable, el Consejo de Escuela envía a Registro y Control el Acuerdo para que asiente oficialmente la homologación o nivelación en la hoja de vida académica del estudiante y esta dependencia comunique al aspirante el resultado del estudio.

h) Para oficializar la homologación, el estudiante debe cancelar el valor de los derechos

Pecuniarios establecidos, correspondiente al número total de los créditos académicos homologados.

SEGUNDO CASO: Andrés Felipe Parra terminado su primer semestre de ingeniería, tomo la decisión de cambiar de programa ya que el que estaba cursando en este momento no lleno sus expectativas, por lo tanto decidió cambiarse al de administración de empresas.

PROCEDIMIENTO: Para este caso el estudiante tiene su derecho a solicitar el cambio de programa el cual se cita en el siguiente artículo:

Artículo 52. Cambio de programa. Todo estudiante de la institución podrá solicitar cambio de programa, para lo cual deberá remitir su solicitud por escrito al Director o Coordinador de Programa. Una vez aprobado dicho cambio, este lo comunicará por escrito al interesado, con copia a Registro y Control. Para el estudio de cambio de programa el estudiante debe anexar la siguiente documentación:

a) Solicitud por escrito presentada al Director del Centro o instancia afín.

b) Copia del recibo de pago de derechos pecuniarios por concepto de cambio de programa.

c) Certificado de calificaciones del programa que se encontraba cursando.

Parágrafo 1. Para el ingreso al nuevo programa, se reconocerán las calificaciones de los cursos académicos comunes

a los dos programas y se reconocerán los respectivos créditos electivos a que haya lugar.

Situación TRES Darío Esteban Muñoz, es un estudiante de primer semestre de psicología y al terminar su curso académico su calificación fue inferior a 3.0.

Solución. Según el Reglamento Estudiantil, en el Capitulo VI, Articulo 39 ¨habilitación¨: Tiene derecho de habilitación el estudiante de pregrado, que obtenga en un curso académico una calificación definitiva inferior a (3.0) y mayor o igual a (2.0). Cuando la calificación definitiva sea inferior a (2.0) el curso se considera inhabilitable y deberá matricular el curso en el periodo inmediatamente siguiente.

Parágrafo 1. Para aprobar el curso académico el estudiante debe obtener por lo menos una calificación igual o superior a 3.0 en la prueba de habilitación.

SITUACION CUATRO

El alumno Tomas Pérez, cometió una falta, fue irrespetuoso con un tutor de la UNAD. Tras una amonestación, el alumno recapacito sobre sus acciones.

Un mes después el alumno Tomas vuelve a agredir verbalmente a un tutor

En el Reglamento Estudiantil según el capitulo XI, Articulo 76 Faltad de los estudiantes: Se consideran faltas de los estudiantes, entre otras: Irrespetar de cualquier modo a cualquier autoridad directiva o académica de la universidad. En el Articulo 80 Sanciones: La autoridad u órgano competente puede imponer a los estudiantes, según la gravedad de la falta, las siguientes sanciones. (Entre otras): Amonestación escrita tras la comisión de faltas leves, es llamado de atención al estudiante por escrito, con copia a la historia académica.

Como el estudiante vuelve reincidir vemos el articulo 79 , Circunstancias agravantes: Se consideran circunstancias agravantes: Reincidir en la comisión de faltas.

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