CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
andreaa1Ensayo25 de Abril de 2018
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
QUE CELEBRAN DE UNA PARTE EL CONSULTOR AB , A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “AB”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR , _ Y DE OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA PIRMA URUAPAN, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ COMO “PIRMA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR
_ . “AB” Y A “PIRMA” CONJUNTAMENTE PODRÁNSER DENOMINADOS COMO “LAS PARTES”, CONTRATO QUE SUJETAN AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
UNICO. El día 4 de FEBRERO de 2018 las partes celebraron un convenio de confidencialidad, mismo que en este acto ambas partes ratifican en todos y cada uno de sus puntos, por lo que aplica al presente en todos sus términos y se tiene por reproducido como si a la letra se insertare.
D E C L A R A C I O N E S
- DECLARA “AB”:
- Que es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía de decisión técnica, operativa y administrativa; creado por decreto presidencial del 12 de noviembre de 1971, restructurado y reconocido como Centro Público de Investigación mediante decreto presidencial del día 30 de agosto de 2000 y restructurado nuevamente, mediante Decreto Presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 2006.
- Que dentro de su objeto se contempla desarrollar e impulsar la investigación científica básica y aplicada, el desarrollo experimental y la innovación tecnológica en los campos de astrofísica, óptica, electrónica, telecomunicaciones, computación, instrumentación y disciplinas afines; realizar estudios en las áreas de su especialización, promover la innovación y procurar la mejor articulación social y contribuir a la solución de los problemas nacionales, regionales y locales de nuestro país, así como vvincularse con las organizaciones publicas y privadas de su entorno, de tal manera que los resultados de las investigaciones respondan de manera eficiente a las demandas de la sociedad y promover el establecimiento de centros de investigación con otros sectores; prestar los demás servicios y realizar las funciones necesarias para el cumplimiento de su objeto conforme al decreto de restructuración publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 2006 y otras disposiciones jurídicas aplicables.
- Que a través de su Oficina de Transferencia procurará informar y poner a disposición de la industria, sector público y público en general los servicios de consultoría, asesoría, servicios tecnológicos y atención de problemas dentro de las áreas de interés de AB, para el efecto de establecer vínculos con los sectores industriales y
productivos y coordinar las acciones necesarias alrededor de desarrollos potenciales y de transferencia tecnológica.
- Que está representada en este acto por CONSULTORIA, en su carácter de , según documento de fecha 4 DE FEBRERO 2018, por lo que cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar este Contrato, mismas que no le han sido modificadas o revocadas en forma alguna.
- Que cuenta con la infraestructura necesaria y suficiente para otorgar y prestar los servicios de consultoría, asesorías profesional y técnica en materia de transferencia de tecnología, patentes, marcas, secretos industriales, licencias, dirección y administración de empresas, relaciones industriales, estudios de mercado así como asistencia técnica y jurídica en las materias referidas, entre otros. Por lo anterior, declara que se encuentra en aptitud de prestar sus servicios en los términos y condiciones de este contrato,
- Que en su actividad es independiente a la desarrollada por PIRMA, por lo que manifiesta que no hay relación de dependencia ni de representación, toda vez que la actividad que desarrollará de acuerdo a éste contrato, será única y exclusivamente dirigida al cumplimiento de las obligaciones (asesoría, y servicios) derivadas de éste contrato, realizando los actos materiales, intelectuales, indispensables y necesarios para su cumplimiento leal y eficaz, y
- Que tiene su domicilio en ORIENTE 50 CASA DEL NIÑO, URUAPAN, Estado de MICHOACAN, el que señala desde ahora para todos los efectos legales a que haya lugar, y que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la siguiente clave INA-711112-IN7.
DECLARA EL CLIENTE:
- Que es una _ constituida y existente conforme a las leyes _ .
- Que está representada en este acto por _ , en su carácter de _ , cuya personalidad se acredita con _ , quien cuenta con facultades para obligarse en los términos de este Contrato, las cuales a la fecha del presente instrumento no le han sido modificadas, restringidas o revocadas.
- Que tiene su domicilio en _ , mismo que señala para todos los fines y efectos legales de este Contrato y que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la siguiente clave _ .
- Que cuenta con capacidad jurídica para contratar y obligarse en los términos de este Convenio y dispone de la organización, infraestructura y elementos suficientes para ello.
- Que en su actividad es independiente a la desarrollada por AB, por lo que manifiesta que no hay relación de dependencia ni de representación, toda vez que la actividad que solicita de acuerdo a éste contrato, será única y exclusivamente para el cumplimiento de las obligaciones (asesoría, y servicios) derivadas de éste contrato,
realizando los actos materiales, intelectuales, indispensables y necesarios para su cumplimiento leal y eficaz, y
- Que desea celebrar el presente instrumento para el objeto de recibir los servicios técnicos y tecnológicos materia del presente instrumento.
Hechas las declaraciones anteriores, “las partes” manifiestan su voluntad de celebrar este instrumento y convienen en sujetarse al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.-
De conformidad con los términos del presente Contrato,“AB” se compromete a prestar en los tiempos, formas y con las características establecidas en el mismo, a favor de “PIRMA”,según se describe en la Orden de Servicios que se Adjunta a la presente como Anexo 1 (en adelante referidos como LOS SERVICIOS).
Los servicios antes descritos serán impartidos de manera independiente por parte de “AB” quien los prestará de manera eficaz y lealmente a “PIRMA”, con recursos humanos y materiales propios y relevando a PIRMA de toda responsabilidad directa o indirecta derivada del desarrollo de su actividad y de las relaciones que ésta sostiene con sus trabajadores.
SEGUNDA.- SOBRE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Los “SERVICIOS” serán prestados en la forma, tiempos y términos convenidos en la Cláusula 1, o como se haya descrito en la Orden de Servicios. Las actividades, materiales, tiempos, vistas a instalaciones, traslados o servicios no incluidos en dicha Orden de Servicios se entenderá como adicionales y con costo extra a la misma.
Toda actividad, servicio o línea de investigación de “AB” que se encuentre fuera de LOS SERVICIOS de conformidad con la Orden de Servicios, aun cuando se trate de la mismas materia o industria, o involucre los mismos profesionales o materiales, se entenderá como independiente y diferente a LOS SERVICIOS, sus resultados y derechos relacionados con los mismos y PIRMA no tendrá derecho alguno sobre éstos últimos, aun y cuando deseare pagar por los mismos; en cuyo caso, se podrá proceder a ceder o licenciar los derechos por convenio independiente cuando sea el caso.
TERCERA.- EL PAGO DE SERVICIOS A “EL INSTITUTO”.-
- “LAS PARTES” acuerdan que la contraprestación por LOS SERVICIOS encomendados a “AB”, de acuerdo con éste contrato, será de $ ( PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) más el Impuesto al Valor Agregado.
- “LAS PARTES” acuerdan que la contraprestación pactada en el párrafo anterior será pagada de la siguiente manera:
- Un primer pago por la cantidad de $ ( PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) más el Impuesto al Valor Agregado, al momento de _ , a la firma del presente instrumento.
- Un segundo pago por la cantidad de $ ( PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) más el Impuesto al Valor Agregado, al concluir LOS SERVICIOS, a los cinco días hábiles después de haber entregado el reporte final o de que se haya levantado el acta de entrega recepción, según sea el caso.
- Dichas cantidades serán pagadas en el domicilio de “AB”, previa entrega a “PIRMA” de la factura que reúna los requisitos legales y fiscales correspondientes; cada pago se realizará dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha de elaboración de la factura.
CUARTA.- VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.- Este contrato tendrá una duración de [*] [*MESES/AÑOS*], iniciando su vigencia a partir de su fecha de firma.
QUINTA.- PROPIEDAD Y TITULARIDAD DE LOS RESULTADOS.- “LAS PARTES” acuerdan
quela propiedad o titularidad de los resultados de LOS SERVICIOS será propiedad de“EL CLIENTE”, excepto en los siguientes casos:
- Cuando el resultado de LOS SERVICIOS sea una tecnología que se encuentre fuera del ámbito u objeto social de“PIRMA”, y éste no lo pueda licenciar o signifique un bloqueo para la tecnología; y/o
- Cuando exista un resultado paralelo que no afecte o compita con la industria de “PIRMA”, que no sea parte del objeto del contrato y/o que no forme parte de la industria en la que PIRMA esté desarrollando sus actividades económicas. En este caso se podrá entender que LOS SERVICIOS por los que contrató a “AB” no estarían concluidos o que el resultado de los mismos no se dio por causas no imputables a “AB”.
Así mismo acuerdan “LAS PARTES” en los casos en los que el resultado pueda ser utilizado dentro o fuera del objeto social de PIRMA, o tenga un doble uso en industrias o actividades fuera del objeto social de éste, “AB” se reservará el derecho de tener una licencia no exclusiva con facultades de sublicenciar, onerosa de conformidad con el plan de negocios realizado y fuera de la industria de “PIRMA” para la explotación de la misma.
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