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Cuestionario Derecho Agrario

iltrovatore2631 de Mayo de 2013

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1.-Defina Tribunal Agrario.

Los tribunales agrarios son los órganos federales dotados de plena jurisdicción y autonomía para dictar sus fallos, a los que corresponde, en los términos de la fracción XIX del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la administración de justicia agraria en todo el territorio nacional.

2.-Cuantos Tribunales Agrarios Existen en Jalisco.

Existen 4 tribunales unitarios agrarios en el Estado de Jalisco, que son los números, 13, 15, 16 y 38

3.-Que sucede si el día de la audiencia está presente la parte actora con asesor y la parte demandada sin asesor.

4.-Que sucede si el día de la audiencia está presente la parte demandada con su asesor, pero no la actora ni su representante legal.

Si al iniciarse la audiencia no estuviere presente el actor y sí el demandado, se impondrá a aquél una multa equivalente al monto de uno a diez días de salario mínimo de la zona de que se trate. Si no se ha pagado la multa no se emplazará de nuevo para el juicio.

5.- Explique 3 causas que dan motivo al diferimiento de la audiencia jurisdiccional.

Si el demandado opusiere reconvención,

6.- Explique brevemente el desarrollo de la audiencia jurisdiccional.

Expondrán oralmente sus pretensiones por su orden, el actor su demanda y el demandado su contestación y ofrecerán las pruebas. Todas las acciones y excepciones o defensas se harán valer en el acto mismo de la audiencia, Si de lo que expongan las partes resultare demostrada la procedencia de una excepción dilatoria, el tribunal lo declarará así desde luego y dará por terminada la audiencia, El magistrado podrá hacer libremente las preguntas que juzgue oportunas a cuantas personas estuvieren en la audiencia, carear a las personas entre sí o con los testigos y a éstos, los unos con los otros, examinar documentos, objetos o lugares y hacerlos reconocer por peritos; Si el demandado no compareciere o se rehusara a contestar las preguntas que se le hagan, el tribunal podrá tener por ciertas las afirmaciones de la otra parte, y En cualquier estado de la audiencia y en todo caso antes de pronunciar el fallo, el tribunal exhortará a las partes a una composición amigable. Si se lograra la avenencia, se dará por terminado el juicio y se suscribirá el convenio respectivo, el que una vez calificado y, en su caso, aprobado por el tribunal, tendrá el carácter de sentencia. En caso contrario, el tribunal oirá los alegatos de las partes,

7.- Diga el término máximo que tiene la parte actora para ampliar su demanda.

La Ley no prevé ninguna disposición en cuanto a la ampliación de la demanda. Sin embargo, los Tribunales Agrarios han admitido la misma, en cuanto a los hechos, antes de que haya existido contestación del demanda¬do. En caso de que el demandado haya sido notificado, el Despacho que acoja la ampliación debe conceder un nuevo término de emplazamiento. Diferente es el caso de los hechos nuevos, o desconocidos por las partes a la fecha de la contestación de la demanda o de la reconvención.

8.- Termino máximo que tiene la parte demandada para contestar demanda, hacer valer excepciones, y reconvenir.

En el momento de la audiencia jurisdiccional.

9.- Que significa fijar la litis en el procedimiento.

Es cuando quedan bien establecidas y claras cuáles son las pretensiones de cada una de las partes, el actor con su escrito de demanda y el demandado con su escrito de contestación de demanda.

10.- Explicar 3 Tipos de resoluciones que en su contra proceda el recurso de revisión.

I.- Cuestiones relacionadas con los límites de tierras suscitadas entre dos o más núcleos de población ejidales o comunales, o concernientes a límites de las tierras de uno o varios núcleos de población con uno o varios pequeños propietarios, sociedades o asociaciones;

II.- La tramitación de un juicio agrario que reclame la restitución de tierras ejidales; o

III.- La nulidad de resoluciones emitidas por las autoridades en materia agraria.

11.- Termino que tienen las partes para interponer recurso de revisión en contra de resolución del tribunal agrario.

La revisión debe presentarse ante el tribunal que haya pronunciado la resolución recurrida dentro del término de diez días posteriores a la notificación de la resolución.

12.- Que debe contener el recurso de revisión.

Para su interposición, bastará un simple escrito que exprese los agravios.

13.- Diga 3 Tipos de resoluciones en contra de las cuales proceda el amparo directo.

I.- Aquéllos en que se reclamen actos que tengan o puedan tener como consecuencia privar de la propiedad o de la posesión y disfrute de sus tierras, aguas, pastos y montes a los ejidos, o a los núcleos de población que de hecho y por derecho guarden el estado comunal, o a los ejidatarios o comuneros, lo mismo si las entidades o individuos mencionados figuran como quejosos que como terceros perjudicados.

II.- Cuando los actos reclamados afecten o puedan afectar otros derechos agrarios de las entidades o individuos a que se refiere la fracción anterior, sea que figuren como quejosos o como terceros perjudicados.

III.- Aquéllos en que la consecuencia sea no reconocerles o afectarles en cualquier forma derechos que hayan demandado ante las autoridades, quienes los hayan hecho valer como aspirantes a ejidatarios o comuneros.

14.- Explique la forma de interponer un amparo directo y ante quien se interpone.

De manera escrita ante el tribunal unitario agrario que tenga competencia para ejercer su jurisdicción.

15.- Diga 3 Tipos de actos del tribunal agrario en contra de los cuales proceda el juicio de amparo indirecto.

I.- Aquéllos en que se reclamen actos que tengan o puedan tener como consecuencia privar de la propiedad o de la posesión y disfrute de sus tierras, aguas, pastos y montes a los ejidos, o a los núcleos de población que de hecho y por derecho guarden el estado comunal, o a los ejidatarios o comuneros, lo mismo si las entidades o individuos mencionados figuran como quejosos que como terceros perjudicados.

II.- Cuando los actos reclamados afecten o puedan afectar otros derechos agrarios de las entidades o individuos a que se refiere la fracción anterior, sea que figuren como quejosos o como terceros perjudicados.

III.- Aquéllos en que la consecuencia sea no reconocerles o afectarles en cualquier forma derechos que hayan demandado ante las autoridades, quienes los hayan hecho valer como aspirantes a ejidatarios o comuneros.

16.- Diga, ante quien se promueve un amparo indirecto y explique el contenido del escrito de demanda.

Ante el juez de distrito de la materia correspondiente, y el escrito inicial de demanda según el artículo 116 de la ley de amparo dice que debe de contener:

I.- El nombre y domicilio del quejoso y de quien promueve en su nombre;

II.- El nombre y domicilio del tercero perjudicado;

III.- La autoridad o autoridades responsables; el quejoso deberá señalar a los titulares de los órganos de Estado a los que la ley encomiende su promulgación, cuando se trate de amparos contra leyes;

IV.- La ley o acto que de cada autoridad se reclame; el quejoso manifestará, bajo protesta de decir verdad, cuáles son los hechos o abstenciones que le constan y que constituyen antecedentes del acto reclamado o fundamentos de los conceptos de violación;

V.- Los preceptos constitucionales que contengan las garantías individuales que el quejoso estime violadas, así como el concepto o conceptos de las violaciones.

17.- Mencione un ejemplo en que el tribunal agrario puede conceder una medida precautoria a favor de la parte actora.

18.- Un ejemplo en que el tribunal agrario puede conceder una medida suspensional a favor de la parte actora.

En contra de una orden de autoridad agraria que pretenda despojarlo de parte o la totalidad de su parcela o de un solar que sigue bajo el régimen ejidal.

19.- Diga la diferencia que existe entre la concesión de una medida precautoria y una medida suspensional concedidas por un tribunal agrario.

20.- Definición del registro agrario nacional.

Para el control de la tenencia de la tierra y la seguridad documental derivados de la aplicación de esta ley funcionará el Registro Agrario Nacional, como órgano desconcentrado de la Secretaría de la Reforma Agraria, en el que se inscribirán los documentos en que consten las operaciones originales y las modificaciones que sufra la propiedad de las tierras y los derechos legalmente constituidos sobre la propiedad ejidal y comunal. El registro tendrá además una sección especial para las inscripciones correspondientes a la propiedad de sociedades.

21.- Diga 3 tipos de actos susceptibles de ser inscritos en el registro agrario nacional.

I. Todas las resoluciones judiciales o administrativas que reconozcan, creen, modifiquen o extingan derechos ejidales o comunales;

II. Los certificados o títulos que amparen derechos sobre solares, tierras de uso común y parcelas de ejidatarios o comuneros;

III. Los títulos primordiales de las comunidades, y en su caso, los títulos que las reconozcan como comunidades tradicionales;

IV. Los planos y delimitación de las tierras a que se refiere el artículo 56 de esta ley;

V. Los planos y documentos relativos al catastro y censo rurales;

VI. Los documentos relativos a las sociedades mercantiles, en los términos

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