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DEREDCHO ELECTORAL

DIEGOAS7771 de Julio de 2013

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ExpedienteRegistro patronal _____________Recurso de INCONFORMIDADArtículo 294 de la Ley del IMSS:RESOLUCION del 1_____________OFICIOS: __________H. Consejo Consultivo DelegacionalPor conducto delC. Subdelegado del Instituto Mexicano del Seguro Social en ______________________Presente ________________________________, mexicanos, mayores deedad, nombrando como representante común al primero de losseñalados y designando como domicilio convencional para oír y recibirnotificaciones el de _____________N° ___,___________, C. P. _____________ y autorizando como abogados en términos delartículo 19 del Código Fiscal de la Federación a los CC. Lic. __________________________ respetuosamente acudimos anteUsted a INTERPONER el recurso de inconformidad previsto en elartículo 294 de la Ley del Seguro Social en contra de lasdeterminaciones de fecha_________________, contenidas enlosoficios _______________ emanados del expediente __________-,resuelto por el C. Subdelegado delInstituto Mexicano del SeguroSocial en __________, Lic. __________________De conformidad con lo dispuesto por el artículo 150 fracción II delReglamento Interior del Instituto Mexicanodel Seguro Social, conrelación al Artículo 6 del reglamento del Recurso de inconformidad, laSubdelegación a su cargo es competente para RECIBIR y TURNAR ala Delegación el presente recurso, con los documentos yantecedentes del caso para su resolución por partedel Consejo Consultivo Delegacional. (se transcriben las disposicionesen cita)Artículo 150. Son atribuciones de las subdelegaciones, dentro de sucircunscripción territorial:II. Recibir los escritos de inconformidad y turnarlos a la Delegacióncon los antecedentes y documentos del caso, para su resolución porel Consejo Consultivo Delegacional;Artículo 6.- El recurso de inconformidad se interpondrá dentro de losquince días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos lanotificación del acto definitivo que se impugne.El escrito en que se interponga el recurso será dirigidoal Consejo Consultivo Delegacional y se presentará directamente enla sede delegacional o subdelegacional que corresponda a laautoridad emisora del acto impugnado.

En cumplimiento del artículo 4 del Reglamento del Recurso deInconformidad manifestamos:Nombre y firma de los recurrentes, Los anotados en el proemio,cuyas firmas calzan el presente ocurso.Registro Patronal: ______________Acto que se impugna: La resolución de fecha _____________,contenidas en los oficios__________________ emanados delexpediente ___________, resuelto por el C. SubdelegadodelInstituto Mexicano del Seguro Social en ___________Lic.________________________Notificación: nos damos por notificados en la fecha de interposicióndel presente recurso, dado que no se practicaron la notificacioneslegalmente en términos de los artículos 134, 136 y 137 delCódigo Fiscal de laFederación. Lo que se expondrá en términos delartículo 12 del Reglamento del Recurso de Inconformidad, en elcapítulo respectivo de este ocurso.Importe y Crédito:RecurrenteN° de oficio-créditoImporteHECHOSMediante oficios N° C. R. ___________), N° C. R.1_______________), N° C. R. _____________________), y N° C. R. _____________) notificados por separado a cada uno de losrecurrentes, la Subdelegación delInstituto Mexicano del SeguroSocial en __________________, mediante los cuales, sin mencionarcantidad alguna, ni origen del o los créditos nos imputabaresponsabilidad solidaria con la empresa “________________________” con motivo de un supuesto cambiode domicilio de dicha persona moral con omisión de “aviso” delmencionado cambio de domicilio al Instituto Mexicano del SeguroSocial.En tiempo y forma, dimos contestación a los oficios de referencia enlos siguientes términos: “…Contrariamente a lo sostenido en sus oficios de referencia, la empresa ______________, no cambió dedomicilio, sino que,mediante el número de registro__________________ presentó anteel SAT el aviso de Suspensión de Actividades por INTERNET, lo cualse acredita con la copia de tal aviso en términos de los artículos 123y 130 del Código Fiscal de la Federación.Conforme a lo expuesto, no se surte ninguna de las hipótesisnormativas previstas para la operancia de la responsabilidad solidariaa que se refieren los artículos aplicables del Código Fiscal dela Federación, ni opera lo expuesto en sus oficios de referencia…” Después de lo anterior, la subdelegacióndel Instituto Mexicano del Seguro Social _____________ emitiólaresolución que ahora se impugnaAGRAVIOS1.Ilegalidad de las notificaciones.En términos del artículo12 del Reglamento del Recurso deInconformidad, manifestamos que la fecha cierta de conocimiento dela resolución reclamada, es la de promoción del presente recurso.La razón de lo anterior es que, aunque el Subdelegado que lo emitióordenó que la notificación se realizare en términos de los artículos134, 136 y 137 del Código Fiscal de la Federación, también estipulóque se realizaren las notificaciones en los domicilios particulares delos suscritos o “donde se encuentren”, siendo que en la promociónpresentada el __________________ mediante la cual sedesahogaron los oficios citatorios se señaló como único domicilio paraoír y recibir notificaciones el de Avenida _______________ N° ___________, _________, de manera que existe ilegalidad en laorden de notificación realizada por el subdelegadoen domicilio distinto al señalado en actuaciones por ende, se infringióel artículo 307 del Código Federal de Procedimientos Civiles, deaplicación supletoria en la materia de acuerdo a los artículos 5 delCódigoFiscal de la Federación y 9 de la Ley del Seguro Social queestablece:Artículo 307.- Mientras un litigante no hiciere nueva designación de lacasa en que han de hacérsele las notificaciones personales, seguiránhaciéndosele en la casa que para ello hubiere señalado.Atento al texto legal trascrito, la autoridad actuante tiene laOBLIGACION de hacer las notificaciones en eldomicilio señalado parahacerlo por parte del litigante, y no queda a su criterio ordenar ellugar en donde haya de practicarse la notificación personal.Pero no es esa la única ilegalidad de la notificación, ya que si bien escierto que el subdelegado ordenó notificar en contravención alartículo 307 referido antes, por lo menos estableció que lanotificación fuese personal, pero ni siquiera eso fue cumplido por elnotificador, pues las pretendidas “notificaciones” realizadas por esapersona, ni remotamente cumplen con las formalidades a que serefieren los artículos 134, 136 y 137 del Código Fiscal dela Federación ya que, contrariamente a lo ordenado por la legislación, no se realizaron PERSONALMENTE ni se levantó la diligencia queacreditase el cumplimiento de las formalidades legales, sino que ladocumentación fue descuidadamente abandonada en el exteriordel domicilio de los afectados con la cínica anotación de habersedejado “en la puerta” o “en el buzón” circunstancia totalmente ajenaa las disposiciones relativas a las notificaciones personales normadaspor el Código Fiscal de la FederaciónEn los documentos anexos como prueba, es patente la ilegalidad dela “notificación” en los términos expuestos, cuya ilicitud se desprendedirectamente de la razón anotada por el propio notificador que hacepatente la inobservancia de los testos legales aplicables y que sereproduce para pronta referenciaRecurrenteRazón de NotificaciónEn razón de la ilegalidad de las notificaciones, realizadas encontravención de los artículos 134 al 137 del Código Fiscal dela Federación y en domicilio distinto al autorizado, contraviniendo alnumeral 307 del Código Federal de Procedimientos Civiles, deaplicación en la materia de acuerdo con los artículos 5 delCódigo Fiscal de la Federación y 9 de la Ley del Seguro Social, debedeclararse como fecha de notificación la de presentación delpresente recurso en términos del artículo 12 del ReglamentodelRecurso de Inconformidad.2.Resulta ilegal el fincamiento de responsabilidad solidaria que secombate ya que contraviene lo dispuesto por los artículos 9 del al leydel Seguro Social, 5, 38 fracción III, 26 fracción X inciso B delCódigo Fiscal de laFederación en relación al artículo 16 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Los mencionados preceptos establecen la obligación de parte detodas las autoridades de fundar y motivar debidamente susresoluciones, debiendo entenderse con ello que es indispensable quese invoquen los preceptos legales y razones particularesespecíficamente aplicables al caso de que se trate y que se expresenlas circunstancias de hecho, que tuvo en cuenta la autoridad queencuadren exactamente en los supuestos normativos invocados y queesto leve a la consecuencia una adecuación exacta e inequívoca delos hechos con las figuras jurídicas invocadas como fundamentaciónlegal.Contrario a lo establecido por el régimen legal y constitucional aplicable al caso, la autoridad indicada nos finca indebidamente unapretendida responsabilidad solidaria de la persona moraldenominada . ___________. por la cantidad de ________________,misma cuyo origen nunca nos fue notificado al hacernos el citatoriorespectivo, ni nunca antes ni posteriormente y de cuya supuestaexistencia y firmeza dice la autoridad escueta y vagamente:NO ES CIERTO que se haya practicado notificación alguna a lossuscritos respecto del monto, fecha ni origen de los “créditos” de losque se nos pretende imputar responsabilidad solidaria, la realidad esque solamente fuimos notificados de un citatorio cada uno, Medianteoficios N° C. R. ___________6 (_________), N° C. R. ______________, N° C. R.__________), y N° C. R. _________________) notificados por separado a cada uno de losrecurrentes, la Subdelegación del Instituto Mexicano del SeguroSocial en _______________ mediante los cuales, sin mencionarcantidad

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